Resolución del presidente de la Agencia Tributaria de las Illes Balears por la que se nombra funcionarios de carrera a las personas que han superado el concurso extraordinario de méritos del proceso excepcional de estabilización del cuerpo administrativo tributario de la Agencia Tributaria de las Illes Balears , y se les adjudica un puesto de trabajo

  • Resolución del presidente de la Agencia Tributaria de las Illes Balears por la que se nombra funcionarios de carrera a las personas que han superado el concurso extraordinario de méritos del proceso excepcional de estabilización del cuerpo administrativo tributario de la Agencia Tributaria de las Illes Balears , y se les adjudica un puesto de trabajo

  • Número de registro 11043 - Páginas 59134-59136

Antecedentes

1. En fecha 27 de diciembre de 2022 se publicó en el BOIB nº. 168 la Resolución de la consejera Presidencia, Función Pública e Igualdad por la que se aprueba la convocatoria del proceso excepcional de estabilización por concurso extraordinario de méritos para cubrir las plazas de personal funcionario de la Agencia Tributaria de las Illes Balears.

2. Por Resolución de la consejera de Presidencia y Administraciones Públicas de 21 de septiembre de 2023 se corrigieron los errores de la Resolución mencionada en el apartado anterior (BOIB núm. 131 de 23 de septiembre de 2023).

3. En fecha 6 de octubre de 2023 se publicó la Resolución del presidente de la Agencia Tributaria de las Illes Balears por la que se ofrecen los puestos de trabajo y se requiere a los aspirantes para que presenten escrito de elección de los puestos de trabajo ofertados y la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos del proceso excepcional de estabilización por concurso extraordinario de méritos para cubrir las plazas de personal funcionario de la Agencia Tributaria de las Illes Balears.

4. En fecha 27 de octubre de 2023 se han publicado las listas definitivas de valoración de méritos del cuerpo administrativo tributario del proceso excepcional de estabilización por concurso extraordinario de méritos para cubrir las plazas de personal funcionario de la Agencia Tributaria de las Illes Balears.

5. Por Resolución de la consejera de Presidencia y Administraciones Públicas de fecha 14 de noviembre de 2023, se han aprobado las listas de personas aspirantes que han superado el concurso extraordinario de méritos del cuerpo administrativo tributario de la Agencia Tributaria de las Illes Balears.

6. Una vez comprobado el cumplimiento de los requisitos para ser nombrados funcionarios de carrera, siguiendo el orden obtenido en las puntuaciones de la lista definitiva de valoración de méritos y aplicados los desempates, el tribunal ha acordado elevar al presidente de la Agencia Tributaria de las Illes Balears la propuesta de aspirantes que han superado el proceso selectivo del concurso y que han presentado la documentación pertinente deben ser nombradas personal funcionario de carrera del cuerpo administrativo tributario de la Agencia Tributaria de las Illes Balears.

Fundamentos de derecho

1. El Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

2. La Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la función pública de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

3. El Decreto ley 6/2022, de 13 de junio, de nuevas medidas urgentes para reducir la temporalidad en la ocupación pública de las Illes Balears.

4. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

5. La Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

6. El Decreto 27/1994, de 11 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso del personal al servicio de la comunidad autónoma.

7. La base 17 del anexo 2 de la Resolución de la consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad, por la que se aprueba la convocatoria del proceso excepcional de estabilización por concurso extraordinario de méritos para cubrir las plazas de personal funcionario de la Agencia Tributaria de las Islas Baleares (BOIB núm. 168, de 27 de diciembre de 2022, y corrección de errores BOIB núm. 131 de 23 de septiembre de 2023).

8. El Convenio de colaboración entre la Consejería de Presidencia, Función Pública e Igualdad, la Escuela Balear de Administración Pública y la Agencia Tributaria de las Illes Balears de delegación de la competencia para la convocatoria y la gestión del proceso de estabilización de este ente público (BOIB núm. 116, de 3 de septiembre de 2022).

9. El Decreto 8/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se determina la composición del Gobierno y se establece la estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

10. El Decreto 9/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se dispone el nombramiento de los miembros del Gobierno de las Illes Balears.

11. El Decreto 12/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

12. El Decreto 16/2023, de 20 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se modifica el Decreto 12/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

13. La Ley 3/2008, de 14 de abril, de creación y regulación de la Agencia Tributaria de las Illes Balears.

14. El Decreto 31/2012, de 13 de abril, por el que se aprueban los Estatutos de la Escuela Balear de Administración Pública.

Por todo ello, dicto la siguiente

RESOLUCIÓN

1. Nombrar personal funcionario de carrera del cuerpo administrativo tributario del proceso excepcional de estabilización por concurso extraordinario de méritos para cubrir las plazas de personal funcionario de la Agencia Tributaria de las Illes Balears, a las siguientes personas:

2. Adjudicar los puestos de trabajo, de acuerdo con lo que se indica en el anexo de esta Resolución, a las personas aspirantes que han superado el concurso extraordinario de méritos del cuerpo administrativo tributario de la Agencia Tributaria de les Illes Baleares, después de haber presentado la documentación pertinente, de acuerdo con su petición efectuada y la puntuación obtenida en el proceso selectivo.

3. La toma de posesión debe efectuarse en la Agencia Tributaria de las Illes Balears, en el plazo de tres días hábiles a contar a partir del día siguiente de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears Baleares.

Antes de tomar posesión del puesto adjudicado, la persona interesada debe hacer constar que no ocupa ningún puesto de trabajo ni que realiza ninguna actividad en el sector público de las que se comprenden en el artículo 1 de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las administraciones públicas. Si lleva a cabo alguna actividad privada, incluidas las de carácter profesional, debe declararlo en el plazo de diez días hábiles a contar a partir del día siguiente de la toma de posesión, para que el órgano competente acuerde la declaración de compatibilidad o incompatibilidad .

4. Una vez publicado el nombramiento, para adquirir la condición de funcionario de carrera debe efectuarse el juramento o la promesa de acatar la Constitución, el Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y el ordenamiento vigente y tomar posesión en el plazo reglamentario.

5. Declarar desistidas de su solicitud por caducidad y excluidas del procedimiento, a las personas que no hayan presentado el escrito de elección de los puestos de trabajo ofrecidos, por orden de preferencia, y la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos, de acuerdo a la base 12 de la convocatoria.

6. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears y en el tablón de anuncios de la EBAP.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante la consejera de Presidencia y Administraciones Públicas en el plazo de un mes, a contar a partir del siguiente a su publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También se puede interponer un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears, en el plazo de dos meses a contar a partir del siguiente a la publicación de la resolución, de acuerdo con los artículos 8.2 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

 

(Firmado electrónicamente: 16 de noviembre de 2023)

El presidente de la Agencia Tributaria de las Illes Balears Antoni Costa Costa

 

ANEXO Adjudicación de los puestos de trabajo a las personas aspirantes que han superado el concurso extraordinario de méritos del cuerpo administrativo tributario de la Agencia Tributaria de las Illes Balears

Cuerpo administrativo tributario - Mallorca

CONSEJERIA/OA

CODIGO PUESTO

EXPANSION

NOMBRE PUESTO

MUNICIPIO

REQUISITOS

APELLIDOS Y NOMBRE

AGENCIA TRIBUTARIA DE LAS ILLES BALEARS (ATB)

F0139009R

1

PUESTO BASE ADMINISTRATIVO/VA TRIBUTARIO

PALMA

 

TORRES ROIG, MARIA NEUS

AGENCIA TRIBUTARIA DE LAS ILLES BALEARS (ATB)

F0139009R

3

PUESTO BASE ADMINISTRATIVO/VA TRIBUTARIO

PALMA

 

VICENS TOMAS, MARGARITA

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