Consejo de gobierno - Otras disposiciones y actos administrativos (BOIB nº 2023-157)

  • Acuerdo del Consejo de Gobierno de 17 de noviembre de 2023 por el que se modifican la previsión de las prestaciones y los servicios que la Consejería de Familias y Asuntos Sociales tiene que concertar durante el año 2023 y la declaración de los servicios de interés económico general, aprobada por el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 6 de marzo de 2023

  • Número de edicto 11056 - Páginas 57913-57914

La gestión de los servicios sociales puede hacerse mediante varias fórmulas. La acción concertada es la figura de colaboración entre el sector público y el privado que más se adecua a los principios que tienen que regir el sistema de servicios sociales, especialmente a raíz de la aprobación de la Ley 12/2018, de 15 de noviembre, de servicios a las personas en el ámbito social en la comunidad autónoma de las Illes Balears.

El artículo 4.1 de la mencionada Ley 12/2018 establece que, con una periodicidad anual, las administraciones de las Illes Balears competentes en materia social y de empleo, como parte de sus competencias en planificación, realizarán una previsión de las prestaciones y los servicios que se pretende que sean objeto de acción concertada, junto con una tasación de su coste y un informe justificativo de carecer de medios propios para su gestión, de la idoneidad de la modalidad de gestión elegida y de la planificación establecida para dotarse de medios propios para la gestión directa de estas prestaciones o servicios cuando fuera previsible que estos se fueran a prestar de manera permanente y fueran, además, esenciales para la efectividad de los derechos sociales.

El Acuerdo del Consejo de Gobierno de 6 de marzo de 2023 dispone esta previsión, define los servicios de interés económico general y designa los órganos instructores de los procedimientos de concertación para el año 2023. Este acuerdo se modificó mediante el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 24 de abril de 2023, publicado en el BOIB núm. 52, de 25 de abril; el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 22 de mayo de 2023, publicado en el BOIB núm. 69, de 25 de mayo, y el Acuerdo de Consejo de Gobierno de fecha 13 de octubre de 2023, publicado en el BOIB núm. 140, de 14 de octubre de 2023.

El Decreto 32/2023, de 26 de mayo, por el que se aprueba la Cartera básica de servicios sociales de las Illes Balears 2023-2027, se establecen principios generales para las carteras insulares y locales y se modifican varias normativas del ámbito social, modificado por el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 13 de octubre de 2023 de corrección de errores materiales, determina el conjunto de prestaciones del sistema público de servicios sociales de la Comunidad Autónoma.

Visto el informe del director general de Asuntos Sociales de 9 de noviembre de 2023, se propone la modificación del Acuerdo del Consejo de Gobierno de 6 de marzo de 2023, para incluir, dentro de la previsión de los servicios a concertar en 2023, el servicio de promoción de la autonomía personal y prevención de la situación de dependencia, dirigido a niños y niñas de 6 a 11años en situación de dependencia. Este servicio actualmente se encuentra concertado hasta el día 28 de febrero de 2024, de forma que, para garantizar la continuidad de la prestación del servicio, es necesario tramitar un nuevo concierto.

El servicio se define como el conjunto de actuaciones de prevención de la aparición o la agravación de enfermedades o discapacidades y de las secuelas consiguientes, mediante el desarrollo coordinado de actuaciones de promoción de condiciones de vida saludables y programas específicos de carácter preventivo y de rehabilitación dirigidos a las personas mayores y a las personas con discapacidad. La finalidad es desarrollar y mantener la capacidad de la persona para controlar, afrontar y tomar decisiones sobre como vivir de acuerdo con las normas y las preferencias propias, y facilitar la ejecución de las actividades básicas de la vida diaria, de forma que todas las personas puedan llevar una vida tan autónoma como sea posible. Esta modalidad en concreto, tiene por objeto conseguir el mayor nivel de autonomía posible entre los niños y niñas de 6 a 11 años con resolución de dependencia reconocida.

Además, teniendo en cuenta las características concretas del servicio, es imprescindible la colaboración de la iniciativa privada mercantil para prestar los mencionados servicios a los niños y niñas de 6 a 11 años con resolución de dependencia reconocida. En la actualidad, tanto la oferta pública como la oferta del tercer sector es insuficiente para cubrir el servicio.

Finalmente, debe tenerse en cuenta que, durante el año de vigencia del concierto, se ha producido un claro arraigo de las personas usuarias respecto al servicio concreto que se presta en cada territorio, con una evidente implantación territorial de las entidades. Por lo tanto, hay que considerar este servicio de interés económico general. Por tanto, este servicio de interés económico general está incluido dentro del apartado b) del anexo 2 (servicios que se declaran de interés económico general), en la prestación 6.3. Prestación del servicio de promoción de la autonomía personal y prevención de la situación de dependencia.

El Decreto 12/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, modificado por el Decreto 16/2023, de 20 de julio, y por el Decreto 17/2023, de 20 de agosto, atribuye a la Dirección General de Asuntos Sociales, dentro de la Consejería de Familias y Asuntos Sociales, las competencias, entre otras, en la planificación de la política de servicios sociales.

Finalmente, cabe indicar que esta previsión tiene carácter estimativo, sin perjuicio de que los datos reflejados puedan variar sensiblemente, especialmente en cuanto al calendario y el presupuesto indicados.

Por todo ello, el Consejo de Gobierno, a propuesta de la consejera de Famílias y Asuntos Sociales, en la sesión del día 17 de noviembre de 2023, adoptó, entre otros, el Acuerdo siguiente:

Primero. Incluir dentro del anexo 1 del Acuerdo del Consejo de Gobierno de 6 de marzo de 2023 por el que se aprueba la previsión de las prestaciones y los servicios que la Consejería de Asuntos Sociales y Deportes (actual Consejería de Familias y Asuntos Sociales) tiene que concertar durante el año 2023 y se declaran los servicios de interés económico general, en el apartado referente a los servicios de la Dirección General de Atención a la Dependencia, la prestación de promoción de la autonomía personal y prevención de la situación de dependencia, en los siguientes términos:

6.3. Prestación de promoción de la autonomía personal y prevención de la situación de dependencia

Convocatoria de acción concertada del servicio para personas en situación de dependencia - prestación de promoción de la autonomía personal y prevención de la situación de dependencia para niños y niñas de 6 a 11 años con entidades acreditadas

Ubicación de la prestación del servicio: Illas Baleares.

Previsión de plazas a concertar: 1000 plazas anuales.

Precio del servicio a concertar: 273,42 €/plaza/mes (año 2024), 278,94 €/plaza/mes (año 2025, 2026, 2027, 2028) .

Previsión de inicio del concierto: primer trimestre de 2024.

Fecha prevista de la convocatoria: cuarto trimestre de 2023.

Previsión del presupuesto total: 13.333.920,00 €

Duración: 4 años desde día 1 de marzo de 2024.

Segundo. Publicar este acuerdo en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

 

Palma, 17 de noviembre de 2023

El secretario del Consejo de Gobierno (por suplencia de acuerdo con el artículo 3.2 del  Decreto 8/2023, de 10 de julio, de la presidenta de les Illes Balears) Antoni Costa Costa

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