Consejería de educación y universidades - Otras disposiciones y actos administrativos (BOIB nº 2023-149)

  • Resolución del consejero de Educación y Universidades, a propuesta del director general de Universidades y Enseñanzas Artísticas Superiores, por la cual se declara el desistimiento de solicitudes de ayudas de desplazamiento para alumnos de las Islas Baleares, que cursaron estudios oficiales de enseñanzas artísticas superiores en la Unión Europea (UE-27) durante el año académico 2022-2023

  • Número de edicto 10305 - Páginas 55080-55081

El director general de Universidades y Enseñanzas Artísticas Superiores ha formulado la propuesta de resolución siguiente:

Hechos

1. En fecha 22 de junio de 2023 se publicó en el BOIB número 84 la Resolución del consejero de Educación y Formación Profesional de 9 de junio de 2023 por la cual se convocan ayudas de desplazamiento para alumnos de las Islas Baleares que han cursado estudios oficiales de enseñanzas artísticas superiores en la Unión Europea (UE-27) durante el año académico 2022-2023.

2. El día 20 de julio de 2023 finalizó el plazo de presentación de solicitudes para la petición de estas ayudas de acuerdo con lo dispuesto el punto 8.5 de la convocatoria.

3. El día 29 de septiembre de 2023 se publicó el informe donde se notifican los posibles defectos de las solicitudes o la carencia de documentación. Los solicitantes pudieron aportar la documentación para enmendar la solicitud hasta el 16 de octubre de 2023.

4. La Comisión Evaluadora, reunida el 18 de octubre de 2023, ha motivado la evaluación y la calificación de las solicitudes que prevé el apartado 11.1 de la convocatoria, de acuerdo con los requisitos y los criterios de preferencia establecidos en la misma convocatoria. De esta reunión se ha extendido un acta, que consta en el expediente y según la cual, de acuerdo con el artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se considera que desisten de su solicitud las personas interesadas que no han enmendado la solicitud dentro de plazo o que la han enmendado parcialmente o de forma incorrecta.

Fundamentos de derecho

1. La Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

2. La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

3. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

4. El Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el cual se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

5. El Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el cual se aprueba el Texto refundido de la Ley de subvenciones (BOIB núm. 196, de 31 de diciembre).

6. Decreto 75/2004, de 27 de agosto, de despliegue de determinados aspectos de la Ley de finanzas y de las leyes de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (BOIB núm. 122, de 2 de septiembre).

7. El Decreto 11/2021, de 15 de febrero, de la presidenta de las Islas Baleares, por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (BOIB núm. 21, de 15 de febrero de 2021).

8. La Orden de la consejera de Educación y Cultura de 1 de julio de 2009 por la cual se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en materia de educación y cultura (BOIB núm. 100, de 11 de julio).

9. Resolución del consejero de Educación y Formación Profesional de 9 de junio de 2023 por la cual se convocan ayudas de desplazamiento para alumnos de las Islas Baleares que cursan estudios oficiales de enseñanzas artísticas superiores en la Unión Europea (UE-27) durante el año académico 2022-2023. (BOIB núm. 84, de 22 de junio).

Propuesta de resolución

Propongo al consejero de Educación y Universidades que dicte una resolución en los términos siguientes:

1. Declarar el desistimiento de las solicitudes de ayudas de desplazamiento para alumnos de las Islas Baleares que han cursado estudios oficiales de enseñanzas artísticas superiores en la Unión Europea (UE-27) durante el año académico 2022-2023 de las personas que figuran en el anexo como consecuencia de no haber enmendado la solicitud dentro de plazo o haberla enmendado parcialmente o de forma incorrecta, de acuerdo con el artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

2.Disponer que esta Resolución se publique en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y a la página web de la Dirección General de Universidades y Enseñanzas Artísticas Superiores (http://dguni.caib.es).

Por todo esto, dicto la siguiente

Resolución

Manifestar la conformidad con la propuesta de resolución y dictar resolución en los mismos términos.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Educación y Universidades en el plazo de un mes contador desde el día siguiente a la publicación, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala Contenciosa del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares en el plazo de dos meses contadores desde el día siguiente a la publicación de la Resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

 

Palma, en la fecha de la firma electrónica (30 de octubre de 2023)

El consejero de Educación i Universidades Por delegación de competencias Resolución del consejero de 7 de agosto de 2023 BOIB 111 de 10-08-2023
Antoni Vera Alemany

​​​​​​La secretaria general Maria del Pilar Guasp Bergas El director general proponiente Antonio Luis Alcover Casasnovas

 

ANEXO Relación de personas que se ha declarado que desisten de su solicitud

Núm. Exp

DNI

PRIMER APELLIDO

SEGUNDO APELLIDO

NOMBRE

Motivo desistimiento

05

***9104**

Morell

Blanco

Julia

1

08

***4115**

Bosch

Marquès

Simó

2

 

1. No haber enmendado

2. Haber enmendado parcialmente

3. Haber enmendado de forma incorrecta

Ficheros adjuntos

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