Consejería de empresa, empleo y energia - Otras disposiciones y actos administrativos (BOIB nº 2023-136)

  • Resolución del consejero de Empresa, Empleo y Energía por la que se deniegan las subvenciones para el fomento de vehículos de movilidad personal para personas físicas, en el marco del impuesto sobre estancias turísticas en las Illes Balears y de medidas de impulso del turismo sostenible

  • Número de edicto 9259 - Páginas 50287-50289

Hechos

1. El 15 de abril de 2023, en el BOIB número 48, se publicó la Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 4 de abril de 2023 por la que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones para en 2023 para el fomento de vehículos de movilidad personal para personas físicas, en el marco del impuesto sobre estancias turísticas en las  Illes Balears y de medidas de impulso del turismo sostenible.

2. Las personas que figuran en el anexo de esta Resolución presentaron una solicitud de subvención en el marco de la convocatoria.

3. Los técnicos de la Dirección General de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático, en aplicación del procedimiento de concesión que establece el apartado séptimo de la Resolución mencionada, informaron desfavorablemente sobre la concesión de las subvenciones descritas en el anexo, con la motivación que también figura en el mismo.

4. En fecha 18 de agosto de 2023 se emitió propuesta de resolución provisional denegatoria del director de  Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático (BOIB núm. 117, de 24 de agosto de 2023).

5. En fecha 31 de agosto de 2023, la Sra. Montealegre Gil, titular del expediente VMP23-589/2023, presentó un escrito de alegaciones contra la propuesta de resolución de fecha 18 de agosto de 2023 del director general de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático por la cual se deniegan las subvenciones para el fomento de vehículos de movilidad personal para personas físicas, en el marco del impuesto sobre estancias turísticas en las Islas Baleares y de medidas de impulso del turismo sostenible.

6. La Sra. Montealegre Gil fundamenta su escrito en que ha habido un error por parte de la empresa vendedora en la emisión de la factura y que la misma no la pagó en efectivo.

7. En fecha 12 de septiembre de 2023 , una vez revisada la documentación aportada, se emite un informe en que se estiman las alegaciones presentadas por la Sra. Evangelina Montealegre Gil, dado que de la documentación presentada queda acreditado que la Sra. Montealegre Gil no pagó la bicicleta eléctrica objeto de la subvención en metálico, sino que su pago fue mediante tarjeta cumpliendo con el establecido al apartado 5.3.h) de las bases de la convocatoria.

8. En fecha 25 de septiembre de 2023, se emitió la Propuesta  de resolución denegatoria definitiva del director de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático.

 

Fundamentos de derecho

1. La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

2. El Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

3. El Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de subvenciones (BOIB núm. 196, de 31 de diciembre de 2005).

4. El Decreto 75/2004, de 27 de agosto, por el que se despliegan determinados aspectos de la Ley de finanzas y de las leyes de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las  Illes Balears (BOIB núm. 122, de 2 de septiembre de 2004 ).

5. La Orden de la consejera de Comercio, Industria y Energía de 15 de mayo de 2008 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de energía en las  Illes Balears, modificada por la Orden del consejero de Transición Energética y Sectores Productivos de 18 de junio de 2020 (BOIB núm. 116, de 30 de junio de 2020).

6. Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 4 de abril de 2023 por la que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones para el año 2023 para el fomento de vehículos de movilidad personal para personas físicas, en el marco del impuesto sobre estancias turísticas en las Illes Balears y de medidas de impulso del turismo sostenible (BOIB núm. 48, de 15 de abril de 2023).

Por todo ello, dicto la siguiente  

 

Resolución

1. Denegar la concesión de una subvención a los beneficiarios que figuran en el anexo, de acuerdo con la motivación que también figura en la misma.

2. Continuar con la tramitación del expediente VMP23-589/2023.

3. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Empresa, Empleo y Energía en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico del Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la publicación de la Resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

 

 

Palma, 25 de spetiembre de 2023

El director general de Economía Circular,Transición Energética y Cambio Climático Diego Viu Domínguez Por delegación del consejero de Empresa, Empleo y Energía (BOIB nº. 103, de 22/07/2023)

 

ANEXO Lista de beneficiarios a los que se les deniega la subvención

Expediente

Fecha registro entrada

Solicitante

NIF

Motivo de la denegación

VMP23-11/2023

25/04/2023

BETETA MARCO, EVA MARIA

***7624**

La fecha de pago es anterior al día posterior a la fecha de publicación del BOIB, con lo cual incumple el apartado 4.4 de las bases de la convocatoria

VMP23-522/2023

29/07/2023

SETTI, STEFANO

****9228*

El pago del VMP se ha realizado en efectivo, con lo cual incumple el apartado 5.3.h) de las bases de la convocatoria

VMP23-528/2023

29/07/2023

BAENA JOVE, DAVID

***3881**

El VMP se ha adquirido antes del 16 de abril de 2023, con lo cual incumple el apartado 4.4 de las bases de la convocatoria.

VMP23-585/2023

31/07/2023

MORRAL JUANIAS, JAN

***8727**

El pago del VMP se ha realizado en efectivo, con lo cual incumple el apartado 5.3.h) de las bases de la convocatoria

VMP23-592/2023

31/07/2023

FIOL RODRIGUEZ, ANGELA

***4535**

El pago del VMP se ha realizado en efectivo, con lo cual incumple el apartado 5.3.h) de las bases de la convocatoria

VMP23-594/2023

31/07/2023

GARRIGA ANDREU, CLARA

***0817**

El pago del VMP se ha realizado en efectivo, con lo cual incumple el apartado 5.3.h) de las bases de la convocatoria

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