Departamento de territorio, movilidad e infraestructuras - Otras disposiciones y actos administrativos (BOIB nº 2023-133)

  • Aprobación definitiva del proyecto de "Refuerzo de firme, instalación y reposición de barrera de seguridad en la Ma-2114. Tramo: Mancor-Selva. V2." Clave 16-26.0-RF

  • Número de edicto 8992 - Páginas 48701-48702

El Consejo Ejecutivo el 20 de septiembre de 2023 acordó lo siguiente:

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En fecha 26 de julio de 2016 se firmó la orden de estudio para redactar el proyecto de Refuerzo de firme, instalación y reposición de barrera de seguridad en la Ma-2114.

El 28 de octubre de 2021 se aprobaron mediante la resolución nº 22285 del Consejero ejecutivo de Movilidad e Infraestructuras, las "Instrucciones generales para la elaboración de proyectos y ejecución de unidades de obras más sostenibles. Pliego de prescripciones técnicas particulares. Mezclas bituminosas más sostenibles" para la elaboración de proyectos que mejoren la sostenibilidad de las obras que deban acometerse.

En fecha 4 de noviembre de 2021 la Comisión de asesoramiento para la redacción de proyectos de la DII que deban cumplir las Instrucciones determinó las mezclas que serían de aplicación en este proyecto y quedó reflejado en el acta.

En fecha 30 de junio de 2023 se firmó la orden de estudio complementaria del proyecto de Refuerzo de firme, instalación y reposición de barrera de seguridad en la Ma-2114. Tramo: Mancor-Selva. Versión 2.

En agosto de 2023, Dª. María Mollar Bort, ingeniera de caminos, canales y puertos, redactó el proyecto de refuerzo de firme, instalación y reposición de barrera de seguridad en la Ma-2114. Tramo: Mancor-Selva. V2, con clave 16-26.0-RF, con el visto bueno de la jefa del Servicio de Planificación y Proyectos y del Coordinador jefe de la Dirección Insular de Infraestructuras (DII).

El proyecto consta de un único documento:

16-26.0-RF_PROJECTE_REFORÇ_DE_FERM_MANCOR-SELVA.V2 - SEFYCU_3243554

El presupuesto del proyecto para el conocimiento de la administración es de un millón ciento seis mil novecientos setenta euros con un céntimo (1.106.970,01 €), que incluye, además del coste de ejecución de la contrata de un millón un mil novecientos veintiún euros con doce céntimos (1.001.921,12 €), noventa mil veinte euros con siete céntimos (90.020,07 €) para tratamiento de residuos y quince mil veintiocho euros con ochenta y dos céntimos (15.028,82 €) para conservación del patrimonio cultural.

El 31 de agosto de 2023 se ha emitido informe de supervisión nº 2023-14 favorable a la aprobación del proyecto de "Refuerzo de firme, instalación y reposición de barrera de seguridad en la Ma-2114. tramo: Mancor-Selva. V2", por lo que se pueden iniciar los trámites para su aprobación.

De acuerdo con el informe de supervisión mencionado: 

  • El proyecto no afecta a fincas ya que toda la actuación está comprendida dentro de los límites de dominio público del CIM. 
  • El proyecto no interfiere con las conducciones de saneamiento y pluviales ubicadas en una cota inferior a la profundidad de actuación. Sin embargo, se afectan las tapas de registros, imbornales o pozos de registro y por tanto el proyecto contempla la correspondiente reposición.
  • El proyecto no debe someterse a evaluación de impacto ambiental de acuerdo con el Decreto Legislativo 1/2020, de 28 de agosto, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de evaluación ambiental de las Islas Baleares. 
  • Dado que desde un punto de vista técnico se trata de una actuación específica, no es preceptiva la información pública por lo que dispone el artículo 149.1 de la Ley 20/2006, de 15 de diciembre, municipal y de régimen local de las Islas Baleares y el artículo 19 de la Ley 5/1990, de carreteras de las Islas Baleares. 

Fundamentos de derecho

1. La Ley 5/1990, de 24 de mayo, de carreteras de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, regula la planificación de las carreteras de las Islas Baleares, así como su financiación, construcción, conservación, explotación y uso.

2. La Ley 16/2001, de 14 de diciembre, atribuye a los consejos insulares competencias en materia de carreteras y caminos. Y de conformidad con lo que se establece en el artículo 70.15 del Estatuto de Autonomía de las Islas Baleares (en la redacción dada por la Ley orgánica 1/2007, de 28 de febrero) el Consell Insular de Mallorca ejerce, como propia, la competencia en materia de carreteras y caminos.

3. De acuerdo con el artículo 28 h) de la Ley 4/2022, de 28 de junio de consejos insulares, el Consejo Ejecutivo es competente para ejercer las competencias de órgano de contratación en todo tipo de contratos en los mismos casos que la legislación de contratos del sector público contempla para la Junta de Gobierno Local en los municipios de gran población.

4. El artículo 8.a) del Decreto de organización del Consell de Mallorca, aprobado el 9 de diciembre de 2019 (BOIB nº 167, de 12 de diciembre de 2019), establece que corresponde al Departamento de Territorio, Movilidad e Infraestructuras planificar y ejecutar obras de construcción, ampliación, explotación y mantenimiento de carreteras.

Por todo lo expuesto, dado que se trata de un proyecto de obra con un presupuesto base de licitación superior a 50.000 euros, el consejero ejecutivo del Departamento de Territorio, Movilidad e Infraestructuras eleva al Consejo Ejecutivo la siguiente propuesta de

ACUERDO

1. Aprobar definitivamente el proyecto de "Refuerzo de firme, instalación y reposición de barrera de seguridad en la Ma-2114. Tramo: Mancor-Selva. V2, con clave 16-26.0-RF, redactado el día 28 de agosto de 2023, con un presupuesto para el conocimiento de la administración de un millón ciento seis mil novecientos setenta euros con un céntimo (1.106.970,01 €), que incluye un presupuesto de ejecución de un millón un mil novecientos veintiún euros con doce céntimos (1.001.921,12 €), noventa mil veinte euros con siete céntimos (90.020,07 €) para tratamiento de residuos y quince mil veintiocho euros con ochenta y dos céntimos (15.028,82 €) para conservación del patrimonio cultural.

2. Publicar este acuerdo en el BOIB.

Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada ante la Comisión de Gobierno del Consell Insular de Mallorca, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de esta publicación. 

Contra la desestimación expresa de este recurso de alzada, se puede interponer recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Palma en el plazo de dos meses, a contar a partir del día siguiente de recibir la notificación de la desestimación de éste recurso de alzada.

Contra la desestimación por silencio del recurso de alzada podrá interponerse recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en cualquier momento a partir del día siguiente de la desestimación presunta (tres meses desde la interposición del recurso sin que se haya notificado la resolución). 

No obstante lo anterior, podrá ejercitarse, en su caso, cualquier otro recurso que se estime pertinente. Todo esto de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, y de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. >> 

 

​​​​​​​Palma, en la fecha de la firma electrónica ​​​​​​​(25 de septiembre de 2023)

El consejero de Territorio, Movilidad e Infraestructuras ​​​​​​​ ​​​​​​​Fernando Rubio Aguiló​​​​​​​

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