Ayuntamiento de pollença - Otras disposiciones y actos administrativos (BOIB nº 2023-115)

  • Aprobación definitiva de la modificación de la plantilla y anexo económico de personal eventual

  • Número de edicto 7901 - Página 43601

El Pleno del Ayuntamiento, en sesión de 17 de agosto de 2023, una vez resueltas las reclamaciones, aprobó definitivamente la modificación de la plantilla y el anexo económico fijando el número máximo de personal eventual, sus características y retribuciones brutas anuales aprobado inicialmente en sesión plenaria de 10 de julio de 2023 (BOIB núm. 101 de fecha 20 de julio de 2023).

En virtud del artículo 112.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local, el artículo 169.3 del RDL 2/2004, de 5 de marzo, que aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las haciendas locales, y el artículo 20.3 del RD 500/1990, de 20 de abril, se transcribe el resumen del aprobado:

«Núm.    Denominación                        Dedicación/Jornada      Grupo     Subgrupo

PE01      Coordinador de Urbanismo   Completa                            A               A1

PE02     Jefe de Servicio Obras            Completa                            -                -

Y la modificación del anexo económico de personal en cuanto a este puesto de trabajo reservado al personal eventual, que tendrá la siguiente configuración:

Núm.           Denominación     Grupo     Retribuciones

                                                                 TOTALES BRUTAS

PE01           Coordinador          A1          52,014,52 €

                    de Urbanismo

Núm.          Denominación

PE02 (*)    Jefe de Servicio de Obras

(*) El anexo económico de personal en cuanto a este puesto de trabajo no es objeto de modificación, puesto que la retribución bruta anual es la fijada en el presupuesto vigente de la Corporación para 2023 (BOIB núm. 164/2022, de 17 de diciembre).»

Esta aprobación podrá ser impugnada ante la jurisdicción contenciosa-administrativa, con los requisitos, formalidades y causas indicadas en el artículo 170 y 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, y en la forma y plazos que establezcan las normas de la mencionada jurisdicción.

 

Pollença, a la fecha de la firma electrónica (18 de agosto de 2023)

El alcalde Martí March Cerdà

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