Ayuntamiento de alcúdia - Otras disposiciones y actos administrativos (BOIB nº 2023-99)

  • Fijación de periodicidad de las sesiones ordinarias del pleno del ayuntamiento

  • Número de edicto 6945 - Página 40506

Se hace público que el Pleno del Ayuntamiento en sesión extraordinaria 06 de julio de 2023, ha adoptado el acuerdo relativo a la Fijación periodicidad de las sesiones ordinarias del Pleno del Ayuntamiento, que a continuación se hace público:

"PROPUESTA SOBRE LA FIJACIÓN DE PERIODICIDAD DE LAS SESIONES ORDINARIAS DEL PLENO DEL AYUNTAMIENTO

De acuerdo con el artículo 46.2.a) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de bases de régimen local, el artículo 80.1 de la Ley 20/2006 de 15 de diciembre, municipal y de régimen local de las Islas Baleares (LMRLIB) y el artículo 78.1 del Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las Entidades Locales, el Pleno del Ayuntamiento debe llevar a cabo sesión ordinaria como mínimo una vez cada mes en los municipios con población de más de 20.000 habitantes.

Dado que el artículo 38.a) del Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las Entidades Locales, establece la necesidad de llevar a cabo dentro de los treinta días siguientes al de la sesión constitutiva una sesión extraordinaria del Ayuntamiento Pleno para resolver la estructura organizativa municipal, propongo al Plenario la adopción de los siguientes acuerdos:

Vista la propuesta de resolución PR/2023/1324 de 28/de junio/2023.

1. Las sesiones ordinarias del Ayuntamiento Pleno se celebrarán el primer jueves de cada mes, a las 9 horas.

2. En caso de coincidencia del día previsto para la celebración de sesión ordinaria con alguna festividad o víspera podrá celebrarse la sesión, con igual carácter de ordinaria, dentro de los tres días hábiles posteriores al previsto.

3.- El régimen de sesiones ordinarias se interrumpirá con la renovación de la Corporación hasta la celebración del Pleno de organización previsto en el art. 38.a) del Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las entidades local, que deberá celebrarse en los treinta días siguientes al de la constitución de la Corporación, y que mantendrá o modificará el régimen establecido por el presente acuerdo. "

Cosa que hacemos pública

 

Alcúdia, en la fecha de la firma electrónica (12 de julio de 2023)

La alcaldesa Josefina Linares Capó

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