Ayuntamiento de alcúdia - Disposiciones generales (BOIB nº 2023-98)
Exposición al público de la aprobación definitiva de la modificación presupuestaria 15/2023, por crédito extraordinario y suplemento de crédito financiado con remanente general de tesorería para gastos generales, aprobada inicialmente por el Ayuntamiento en Pleno en la sesión del día 8 de junio de 2023, y que al no haber sido formulada ninguna reclamación contra el acuerdo de aprobación inicial, éste se convierte en definitivo
Número de edicto 6880 - Páginas 40217-40218
Exposición al público de la aprobación definitiva de la modificación presupuestaria 15/2023, por crédito extraordinario y suplemento de crédito financiado con remanente general de tesorería para gastos generales, aprobada inicialmente por el Ayuntamiento en Pleno en la sesión del día 8 de junio de 2023, y que al no haber sido formulada ninguna reclamación contra el acuerdo de aprobación inicial, éste se convierte en definitivo
Número de edicto 6880 - Páginas 40217-40218
Finalizado el plazo de exposición al público de la modificación presupuestaria 15/2023, por crédito extraordinario y suplemento de crédito financiado con remanente general de tesorería para gastos generales, aprobada inicialmente por el Ayuntamiento en Pleno en la sesión del día 8 de junio de 2023, y no habiendo sido formulada ninguna reclamación contra el acuerdo de aprobación inicial, éste se convierte en definitivo y, en cumplimiento de lo que dispone el artículo 169 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se publica a continuación la modificación realizada a nivel de aplicación presupuestaria:
Crédito extraordinario
PARTIDA | DESCRIPCIÓN | CRÉDITO ACTUAL | AUMENTO | CRÉDITO DEFINITIVO |
---|---|---|---|---|
CU 332 1781002 | Aportación capital Fundació Biblioteca Alcúdia | 0,00 | 19.680,00 | 19.680,00 |
ES 342 212007 | Indemnización extraordinaria piscina cubierta | 0,00 | 120.000,00 | 120.000,00 |
OP 425 623011 | Segunda Fase Renovación Parcial Alumbrado Público | 0,00 | 177.867,56 | 177.867,56 |
OP 153 2610028 | Pavimentación calle Quarter Cavalleria | 0,00 | 94.034,88 | 94.034,88 |
OP 454 600002 | Asfalto de caminos rurales | 0,00 | 347.036,35 | 347.036,35 |
SA 311 227998 | Càtering Menús Centre De Dia | 0,00 | 13.000,00 | 13.000,00 |
SA 311 624009 | Furgoneta Centre De Dia | 0,00 | 20.000,00 | 20.000,00 |
SA 311 227997 | Indemnización extraordinaria Centre De Dia | 0,00 | 80.000,00 | 80.000,00 |
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| 871.618,79 |
|
Suplemento de crédito
PARTIDA | DESCRIPCIÓN | CRÉDITO ACTUAL | AUGMENTO | CRÉDITO DEFINITIVO |
---|---|---|---|---|
JO 327 481003 | Becas transporte y libros universitarios | 20.000,00 | 15.000,00 | 35.000,00 |
OP 439 622028 | Construcción 6 Balnearios Playa de Alcudia Sector I | 4.059.235,04 | 84.148,01 | 4.143.383,05 |
OP 171 610026 | Soleras Calistenia | 44.423,63 | 55.531,07 | 99.954,70 |
OP 151 640001 | Redacción Proyectos Técnicos | 433.342,26 | 114.950,00 | 548.292,26 |
EN 326 227994 | Servicios escuela 0-3 años | 635.000,00 | 300.000,00 | 935.000,00 |
AG 922 466000 | Aportación Federación Entidades Locales | 7.500,00 | 2.000,00 | 9.500,00 |
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| 571.629,08 |
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El importe de la modificación de crédito se financia con el remanente líquido de tesorería para gastos generales, calculado de conformidad con lo establecido en las Reglas 81 a 86 de la Instrucción de Contabilidad:
CONTROL DEL REMANENTE DE TESORERÍA PARA GASTOS GENERALES (RTGG) | IMPORTE |
---|---|
Remanente Inicial: | 110.529.589,42 |
Remanente Utilizado: | |
-Incorporación de Remanentes: | 404.071,68 |
-Créditos Extraordinarios: | 12.017.367,43 |
-Suplemento de Créditos: | 3.843.778,29 |
Remanente Líquido de Tesorería Disponible: | 94.264.372,02 |
Total Remanente utilizado en esta modificación: | 1.443.247,87 |
Remanente Líquido de Tesorería Disponible: | 92.821.124,15 |
Contra el presente acuerdo, en virtud de lo que se dispone en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de esta Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de este recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.
Alcudia, a fecha de la firma electrónica (12 de julio de 2023)
La alcaldesa Josefina Linares Capó