Ayuntamiento de sant josep de sa talaia - Otras disposiciones y actos administrativos (BOIB nº 2023-68)

  • Convocatoria de subvenciones en materia de ayudas de alquiler en el municipio de Sant Josep de Sa Talaia

  • Número de edicto 4902 - Páginas 29593-29603

Por Decreto de Alcaldía núm. 2023-2120, de 17 de mayo de 2023, se ha aprobado la siguiente

CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES EN MATERIA DE AYUDAS DE ALQUILER EN EL MUNICIPIO DE SANT JOSEP DE SA TALAIA

1. Objeto

El objetivo de esta convocatoria es regular la concesión de ayudas económicas en régimen de concurrencia pública no competitiva a personas físicas residentes en el municipio de Sant Josep de sa Talaia, para facilitar la permanencia en una vivienda en régimen de alquiler y facilitar el pago de la renta. El periodo subvencionable es el comprendido entre el día 1 de enero de 2022 y el 31 de diciembre de 2022.

2. Normativa aplicable

La presente convocatoria se somete a la Ordenanza General de las Bases Reguladoras de las Subvenciones que concede el Ayuntamiento de Sant Josep de sa Talaia (BOIB núm. 95, de 17 de julio de 2021). También se somete esta convocatoria a la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y su desarrollo mediante el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio; a la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y a la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público; y al Plan Estratégico de Subvenciones del Ayuntamiento de Sant Josep para los ejercicios 2020-2022, aprobado por acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de fecha 17 de junio de 2020 (BOIB núm. 112, de 20 de junio de 2020).

3. Consignación presupuestaria y cuantía de la ayuda

La cuantía máxima de las ayudas que podrán concederse en esta convocatoria es de 240.000,00 €, con cargo a la partida presupuestaria 231 48057 con fondos de financiación municipal. La cuantía de la ayuda será de un máximo de 2.500,00 €. En caso de que el total de ayudas que deban concederse supere la consignación presupuestaria, se reducirán proporcionalmente las cantidades concedidas.

Sólo se concederá una ayuda por vivienda o por contrato de alquiler. En caso de que en el contrato de alquiler figuren varias personas como inquilinas y no especifiquen, en la solicitud o en el contrato cuál es la parte de la renta que satisface cada uno, se entenderá que la pagan a partes iguales. Sin embargo, las personas arrendatarias podrán manifestar la voluntad de que la totalidad de la ayuda sea satisfecha a una de ellas, mediante la cumplimentación del anexo 4.

4. Requisitos generales

4.1. Todas las personas beneficiarias tendrán que acreditar que, a la fecha de la publicación del extracto de la presente convocatoria, cumplen los siguientes requisitos:

  1.  Ser mayor de 18 años.
  2.  La persona solicitante debe estar empadronada ininterrumpidamente en Sant Josep de sa Talaia al menos con 6 meses de antelación a la fecha de publicación de las bases.
  3.  Acreditar residencia legal en España.
  4.  Ser titular en calidad de arrendatario/a de un contrato de alquiler de vivienda de una duración mínima de un año. El contrato debe haberse formalizado en los términos de la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos.
  5.  Que la vivienda objeto de alquiler esté situada en el término municipal de Sant Josep de sa Talaia.
  6.  Que la vivienda alquilada constituya la residencia habitual y permanente del inquilino o inquilinos y de los integrantes de la unidad de convivencia..
  7.  Que la renta de la vivienda objeto del contrato de alquiler sea igual o inferior a 1.500,00 € mensuales.
  8.  Haber satisfecho las rentas del contrato de alquiler en el momento de la presentación de la solicitud de ayuda.
  9.  Que los ingresos anuales de la unidad de convivencia durante 2022, sumados los de todos los convivientes, no superen los siguientes límites:

o IPREM de 2022 x 4 (32.425,12 €), en general.

o IPREM de 2022 x 5 (40.531,40 €) para familias numerosas de categoría general o cuando entre los miembros de la unidad de convivencia haya alguna persona con discapacidad reconocida del 33% al 64%.

o IPREM de 2022 x 6 (48.637,68 €) para familias numerosas de categoría especial o cuando entre los miembros de la unidad de convivencia haya alguna persona con discapacidad reconocida del 65% o más.

Estos ingresos deben acreditarse con los datos que constan en la Agencia Estatal de la Administración Tributaria mediante el impuesto de la renta de las personas físicas del ejercicio 2022 (casillas 435 y 460).

  1.  Acreditar el cumplimiento de obligaciones en materia de reintegro de subvenciones que establece el artículo 25 del RLGS.
  2.  No encontrarse incurso en ninguna de las causas de incompatibilidad y cumplir los requisitos que fija el artículo 10 del Texto Refundido de la Ley de Subvenciones y el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Cumpliendo con lo que se establece en el artículo 24 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, al ser estas ayudas de cuantía a otorgar a cada beneficiario/a no superior al importe de 3.000 €, la acreditación de estar al corriente de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social se hará mediante la presentación por el solicitante de la declaración responsable. El modelo de declaración responsable aprobado para esta convocatoria es el anexo 3.
  3.  No tener deudas con el Ayuntamiento de Sant Josep de sa Talaia. No obstante, este requisito se podrá enmendar durante el período de alegaciones en la resolución provisional de la ayuda mediante el pago de la deuda.

4.2. No se podrán conceder las ayudas al alquiler de viviendas cuando la persona inquilina solicitante o quien tenga la residencia habitual y permanente en la vivienda objeto del contrato de alquiler se encuentre en alguna de las situaciones que se indican a continuación:

a. Tener parentesco de primer o segundo grado de consanguinidad o de afinidad con el arrendador de la vivienda.

b. Ser socio o partícipe de la persona física o jurídica que actúa como arrendador de la vivienda.

5. Régimen de las ayudas

5.1. La concesión de la subvención se realizará mediante el régimen de concurrencia no competitiva. Sólo podrán obtener subvención las personas solicitantes que, reuniendo los requisitos exigidos, cumplan las condiciones señaladas en la base 4.

5.2. Se establece como único medio de notificación de todos los actos de trámite y resolutorios o definitivos del presente procedimiento el tablón de anuncios del Ayuntamiento, el de la web del Ayuntamiento y el de la sede electrónica del Ayuntamiento de Sant Josep (www. santjosep.org, santjosep.sedelectronica.es).

5.3. Las ayudas objeto de esta convocatoria son compatibles con otras ayudas efectuadas por cualquier otra administración pública, entes públicos, instituciones privadas u otros recursos. El importe de la subvención en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de la actividad subvencionada, de acuerdo con lo que prevé el artículo 19.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Los/las beneficiarios/as de estas ayudas estarán obligados a informar al Ayuntamiento de todas las subvenciones recibidas con destino a la actividad objeto de subvención.

6. Solicitud, plazo de presentación y documentación

6.1. Las instancias se dirigirán a la Alcaldía del Ayuntamiento de Sant Josep de sa Talaia y se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de Sant Josep de sa Talaia o en la forma establecida en el art. 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En este caso se deberá pasar aviso por correo electrónico a la dirección habitatge@santjosep.org.

6.2. Las personas solicitantes de la subvención tendrán que adjuntar a la solicitud (anexo 1) la siguiente documentación:

1. Identificación de quien suscribe la solicitud y del carácter con que lo hace, mediante copia del DNI, NIF u otro documento acreditativo.

2. Documentos de identidad de las personas titulares del contrato de alquiler (DNI, NIE o documento equivalente en vigor) y de los miembros de la unidad de convivencia mayores de 18 años.

3. Anexo 2: modelo de autorización. Este anexo será presentado por el solicitante y titular del contrato de alquiler, por el resto de titulares del contrato, en su caso, y por cada uno de los miembros de la unidad de convivencia mayores de 18 años.

4. Contrato en vigor de alquiler de la vivienda.

5. Acreditación del pago de la renta de alquiler por la persona solicitante de la ayuda desde el primer mes efectuado en el periodo subvencionable hasta el mes anterior a la fecha de inicio de la presentación de solicitudes de la presente convocatoria, incluyendo los datos identificativos del arrendador y arrendatario.

6. Certificado de convivencia a efectos de determinar que la vivienda alquilada es el domicilio habitual y permanente del inquilino y de los miembros de la unidad de convivencia o autorización expresa para que el Ayuntamiento de Sant Josep de sa Talaia pueda comprobarlo mediante la presentación del anexo 2.

7. Anexo 3: declaración responsable firmada por la persona solicitante y titular del contrato de alquiler, por el resto de personas titulares, en su caso, y por cada uno de los miembros de la unidad de convivencia mayores de 18 años, en la que declararán que:

  • No tienen relación de parentesco de primer o segundo grado de consanguinidad o de afinidad con el arrendador/a.
  • No son socios/as ni partícipes de la persona física o jurídica que actúa como arrendador/a.
  • No incurren en ninguna de las causas de incompatibilidad y cumplen los requisitos que fija el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y el artículo 10 del texto refundido de la Ley de Subvenciones.
  • Cumplen los requisitos y condiciones que determinan la concesión de la subvención, que conocen y aceptan íntegramente.
  • Los/las solicitantes están al corriente de las obligaciones tributarias y ante la Seguridad Social.
  • Comunicarán al órgano que concede la subvención la modificación de cualquier circunstancia que afecte a alguno de los requisitos que se exigen para conceder la subvención.
  • Se someterán a las actuaciones de comprobación y cualquier actuación de verificación y control de los órganos competentes.
  • Saben que, en caso de falsedad en los datos o en la documentación aportada o de ocultación de información, de las que se pueda deducir intención de engaño en beneficio propio o ajeno, se les podrá excluir de este procedimiento y podrán ser objeto de sanción.

8. Anexo 4: modelo de comunicación de las personas perceptoras de la subvención (en caso de que las personas solicitantes quieran manifestar la voluntad de que la totalidad de la ayuda sea satisfecha a uno/a de ellos/as).

9. Acreditación de los ingresos del solicitante y de los miembros mayores de 18 años de la unidad de convivencia. Estos ingresos deben acreditarse mediante la presentación de la declaración de la renta o autorización firmada (anexo 2).

10. Impreso de transferencia bancaria facilitado por el Ayuntamiento, debidamente cumplimentado con los datos bancarios actualizados o certificado de titularidad.

6.3. Plazo de presentación

El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles, contados desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la presente convocatoria en el BOIB.

6.4. Enmienda de defectos de las solicitudes

En caso de que la documentación presentada sea incorrecta o incompleta, se requerirá a la/s persona/s peticionaria/s que en el plazo de 10 días, a partir del día siguiente de la notificación, presenten las rectificaciones o correcciones necesarias, con la indicación de que si no lo hacen se entenderá por desistida la solicitud, de acuerdo con lo que dispone el artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

7. Órgano colegiado

El órgano colegiado realizará la valoración técnica de las solicitudes y elevará informe al órgano instructor, que formulará la propuesta de resolución, que cuando sea definitiva elevará al órgano resolutorio para las oportunas concesiones de subvenciones.

Estará formado por las siguientes personas:

•   Presidenta: la concejala de Vivienda o persona en quien delegue.

•   Vocales:

  • Dos personas técnicas de Bienestar Social o personas en quienes deleguen.
  • Una auxiliar administrativa del Departamento de Vivienda.
  • Técnica de Administración General del Ayuntamiento.

•   Secretaria: la de la corporación o persona en quien delegue.

El órgano colegiado tiene atribuidas las siguientes funciones:

• Analizar y valorar las solicitudes de acuerdo a los criterios de valoración establecidos en esta convocatoria.

• Formular el informe de evaluación y elevarlo al órgano instructor.

• Resolver cualquier duda que se presente en la interpretación y aplicación de esta convocatoria.

8. Instrucción y resolución

8.1. El órgano instructor del procedimiento será una persona técnica del Departamento de Bienestar Social, que tiene atribuidas las funciones establecidas en el artículo 24 de la Ley General de Subvenciones y el artículo 12 de la Ordenanza General de las Bases Reguladoras de las Subvenciones que concede el Ayuntamiento de Sant Josep.

El órgano instructor, a la vista del expediente y el informe del órgano colegiado, formulará la propuesta de resolución provisional debidamente motivada, que se notificará a las personas interesadas, concediéndoles un plazo de 10 días naturales, contados a partir del día siguiente de la publicación de la propuesta, para presentar alegaciones y, en su caso, requerirles para que presenten la documentación que acredite la realidad de los datos afirmados en la declaración.

Examinadas las alegaciones que, en su caso, hubieran presentado las personas interesadas, el órgano instructor, previo informe del órgano colegiado, formulará la propuesta de resolución definitiva, que deberá expresar la relación de personas solicitantes para las que se propone la concesión de la ayuda.

La propuesta de resolución definitiva se elevará al órgano competente para resolver, que dictará resolución definitiva con la lista de los solicitantes que hayan obtenido ayudas y la cuantía de las ayudas concedidas, que se notificará de conformidad con lo expuesto en la base 5.2.

La resolución de la concesión, de acuerdo con el artículo 14 de la Ordenanza General de las Bases Reguladoras de las Subvenciones que concede el Ayuntamiento de Sant Josep, debe contener la relación de personas beneficiarias a las que se otorga la ayuda con las cuantías individualizadas así como la desestimación y la no concesión, por desistimiento, renuncia al derecho o imposibilidad material sobrevenida de solicitudes no atendidas.

8.2. El órgano competente para resolver las convocatorias de subvenciones es el alcalde de Sant Josep de sa Talaia, sin perjuicio de que pueda ser asistido por la Junta de Gobierno Local, según las atribuciones que le confiere el artículo 23.2a de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y en relación al artículo 10.4 de la Ley 38/2003 General de Subvenciones.

La resolución será pública, de conformidad con lo que prevé el artículo 18.2 de la Ley 38/2003 General de Subvenciones y el artículo 17 de la Ordenanza General de las Bases Reguladoras de las Subvenciones que concede el Ayuntamiento de Sant Josep.

El plazo máximo para la resolución y notificación del procedimiento es de doce meses desde la fecha de publicación de la correspondiente convocatoria.

9. Difusión de la subvención concedida

Por la naturaleza de esta subvención, no es preceptivo establecer medidas de difusión de la subvención concedida al beneficiario.

10. Reintegros

10.1. Es procedente el reintegro total o parcial de la ayuda concedida y, en su caso, la exigencia del interés de demora, en los siguientes casos:

a. El incumplimiento de la finalidad para la que se concedió la ayuda.

b. La obtención de la ayuda sin que se cumplan las condiciones requeridas para ello o cuando se alteren las condiciones tenidas en cuenta para su concesión, siempre que sea por causas imputables a la persona beneficiaria.

c. El incumplimiento grave de la obligación de justificar la finalidad de los fondos percibidos en la forma y plazos establecidos.

d. La negativa a someterse a las actuaciones de comprobación de control previstas legalmente o la obstrucción injustificada de estas actuaciones.

10.2. El procedimiento de reintegro debe iniciarse de oficio por resolución del órgano competente y debe regirse por los artículos 36 a 43 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y el título III del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y por el artículo 27 de la Ordenanza General de las Bases Reguladoras de las Subvenciones que concede el Ayuntamiento de Sant Josep de sa Talaia.

10.3. Las cantidades reintegrables tienen la consideración de ingresos de derecho público y pueden ser exigidas por la vía de apremio.

11. Protección de datos

La solicitud de ayuda al alquiler implicará que la persona interesada autoriza al Ayuntamiento de Sant Josep de sa Talaia al tratamiento de los datos de carácter personal para la gestión de las ayudas, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales.

12. Régimen de recursos

Contra la resolución que recaiga en este procedimiento, que pondrá fin a la vía administrativa, se podrán interponer, alternativamente, los siguientes recursos:

— El recurso potestativo de reposición ante el órgano que dictará la resolución, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente de la notificación de esta resolución. Contra la desestimación expresa del recurso de reposición se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente de la notificación de la desestimación del recurso de reposición. Contra la desestimación por silencio del recurso de reposición se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo, en el plazo de seis meses, a partir del día siguiente a la desestimación presunta.

— O, directamente, el recurso contencioso-administrativo ante la jurisdicción contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente de la notificación del acuerdo.

 

 

ANEXO 1 SOLICITUD DE AYUDA PARA EL ALQUILER DE VIVIENDA

SOLICITANTE Y TITULAR DEL CONTRATO DE ALQUILER:

Nombre y apellidos:

DNI/NIE:

Domicilio:

Teléfono:

Correo electrónico:

REPRESENTANTE:

Nombre y apellidos:

DNI/NIE:

Domicilio:

Teléfono:

Correo electrónico:

DATOS DE IDENTIFICACIÓN DE LA VIVIENDA OBJETO DEL ALQUILER

Tipo de vía: ......, nombre de la vía: ..............................................., número: ........., escalera: ........., piso: ........., puerta ........., población: ................................................................., código postal: ............

DATOS DE LOS MIEMBROS DE LA UNIDAD DE CONVIVENCIA

N.º

Parentesco

Nombre y apellidos

Fecha de nacimiento

DNI/NIE

1

Solicitante

 

 

 

2

 

 

 

 

3

 

 

 

 

4

 

 

 

 

5

 

 

 

 

6

 

 

 

 

7

 

 

 

 

8

 

 

 

 

EXPONGO:

Que considero que reúno los requisitos exigidos y quiero acogerme a la convocatoria de ayudas para el alquiler que concede el Ayuntamiento de Sant Josep de sa Talaia.

SOLICITO:

Que se me conceda la subvención correspondiente.

 

Sant Josep de sa Talaia, ......... de ................................... de 2023

 

(firma)

 

 

ALCALDÍA DEL AYUNTAMIENTO DE SANT JOSEP DE SA TALAIA

DOCUMENTACIÓN QUE SE ADJUNTA:

□ Anexo 1: solicitud mediante modelo normalizado.

□ Documentos de identidad de las personas titulares del contrato de alquiler (DNI, NIE o documento equivalente en vigor) y de los miembros de la unidad de convivencia mayores de 18 años.

□ Anexo 2: modelo de autorización. Este anexo será presentado por el solicitante y titular del contrato de alquiler, por el resto de titulares del contrato, en su caso, y por cada uno de los miembros de la unidad de convivencia mayores de 18 años.

□ Contrato en vigor de alquiler de la vivienda.

□ Justificantes de que el pago del alquiler se ha realizado.

□ Certificado de convivencia o autorización expresa para que el Ayuntamiento de Sant Josep de sa Talaia pueda comprobarlo mediante la presentación del anexo 2 cumplimentado.

□ Anexo 3: declaración responsable firmada por el solicitante y titular del contrato de alquiler, por el resto de titulares, en su caso, y por cada uno de los miembros de la unidad de convivencia mayores de 18 años.

□ Anexo 4: comunicación del/de los perceptor/es de la subvención.

□ Acreditación de los ingresos del solicitante y de los miembros de la unidad de convivencia mediante la presentación de la declaración de la renta o autorización firmada (anexo 2).

□ Impreso de transferencia bancaria facilitado por el Ayuntamiento, debidamente cumplimentado con los datos bancarios actualizados o certificado de titularidad de cuenta a nombre del solicitante.

□ Título de familia numerosa.

□ Documentación acreditativa del reconocimiento de la situación de discapacidad.

 

 

 

ALCALDÍA DEL AYUNTAMIENTO DE SANT JOSEP DE SA TALAIA

 

ANEXO 2 MODELO DE AUTORIZACIÓN

(A rellenar por cada una de las personas de la unidad de convivencia mayores de 18 años.)

Yo, .........................................................................................................................., con DNI/NIE ..............................................., como posible beneficiario/a de las ayudas que otorga este Ayuntamiento para el alquiler.

AUTORIZO EXPRESAMENTE AL AYUNTAMIENTO DE SANT JOSEP DE SA TALAIA a solicitar información de carácter tributario, económico o catastral a la Agencia Tributaria Estatal (AEAT), a la Agencia Tributaria de las Illes Balears (ATIB), a la Tesorería General de la Seguridad Social, al Catastro y al Padrón Municipal, y que pueda comprobar y verificar los datos de carácter personal, de acuerdo con lo que se establece en el Real Decreto 6/2013, de 8 de febrero, de medidas de simplificación documental de los procedimientos administrativos.

Sant Josep de sa Talaia, .......... de ............................... de 2023

 

Firma

 

 

ALCALDÍA DEL AYUNTAMIENTO DE SANT JOSEP DE SA TALAIA

 

ANEXO 3 DECLARACIÓN RESPONSABLE

(A rellenar por cada uno de las personas de la unidad de convivencia mayores de 18 años.)

Nombre y apellidos:

DNI/NIE:

Domicilio:

Teléfono:

Correo electrónico:

DECLARO BAJO MI RESPONSABILIDAD QUE:

  • La vivienda alquilada se destina a residencia habitual y permanente de todos los miembros de la unidad de convivencia.
  • No tengo parentesco de primer o segundo grado de consanguinidad ni de afinidad con la persona arrendadora ni soy socio ni partícipe de la persona física o jurídica que actúa como arrendador.
  • No incurro en ninguna de las circunstancias de prohibición para ser beneficiario de subvenciones que prevén el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y el artículo 10 del texto refundido de la Ley de Subvenciones aprobado mediante el Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre.
  • Cumplo los requisitos y condiciones que determinan la concesión de subvención y comunicaré al órgano que concede la subvención la modificación de cualquier circunstancia que afecte a alguno de los requisitos que se exigen para conceder la subvención.
  • La persona solicitante está al corriente de las obligaciones tributarias y de la seguridad social.
  • Me someteré a las actuaciones de comprobación y a cualquier actuación de verificación y control de los órganos competentes.
  • Me comprometo a cumplir las condiciones y requisitos que establece la convocatoria, que conozco y acepto íntegramente, y sé que en caso de falsedad en los datos o en la documentación aportada o de ocultación de información, de las que se pueda deducir intención de engaño en beneficio propio o ajeno, se me podrá excluir de este procedimiento y podré ser objeto de sanción.

Sant Josep de sa Talaia, ......... de ........................................ de 2023

(firma)

 

 

 

ANEXO 4 COMUNICACIÓN DEL/DE LOS PERCEPTOR/ES DE LA SUBVENCIÓN

(A rellenar sólo por los arrendatarios del contrato de alquiler.)

Declarante 1:

Nombre y apellidos:

DNI/NIE:

Domicilio:

Teléfono:

Correo electrónico:

Declarante 2:

Nombre y apellidos:

DNI/NIE:

Domicilio:

Teléfono:

Correo electrónico:

EXPONEMOS:

Que, al efecto de poder participar en la convocatoria de ayudas al alquiler del Ayuntamiento de Sant Josep de sa Talaia.

HACEMOS CONSTAR:

Que solicitamos que la totalidad de la ayuda (100%) sea satisfecha en el número de cuenta corriente siguiente:

País

D.C. IBAN

Código de la entidad bancaria

Código de la sucursal

D.C.

Núm. de cuenta o libreta

 

 

 

 

 

 

 

Sant Josep de sa Talaia, ......... de ................................ de 2023

 

Firma del declarante 1     Firma del declarante 2     Firma del declarante 3

 

ANEXO 5 MODELO DE PODER DE REPRESENTACIÓN

NOMBRE:

DNI/NIE:

DOMICILIO AL EFECTO DE NOTIFICACIONES:

TEL.:

CORREO ELECTRÓNICO:

COMUNICO:

Que, al amparo del artículo 5 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, otorgo el poder de representación a fin de que lleve a cabo las actuaciones procedimentales que estime procedentes y actúe en mi representación y en la defensa de mis intereses, en el procedimiento de convocatoria de subvenciones en materia de ayuda de alquiler que se sigue en el Ayuntamiento de Sant Josep de sa Talaia, a:

NOMBRE:

DNI/NIE:

DOMICILIO AL EFECTO DE NOTIFICACIONES:

TEL.:

CORREO ELECTRÓNICO:

Y en prueba de conformidad lo firmo en el lugar y fecha expresados:

Lugar y fecha:

Firma:

 

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