Decreto por el que se regula la Historia Social Única Electrónica del Principado de Asturias

¿Qué se pretende solucionar?

* La consulta pública previa tiene por objeto recabar la opinión de la ciudadanía y de las organizaciones más representativas potencialmente afectadas por la futura norma, antes de la elaboración de una disposición normativa, es decir, antes de la elaboración del borrador. (Acuerdo de 25 de enero de 2017, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueban las directrices para la ordenación de la participación ciudadana en el procedimiento de elaboración normativa en el ámbito de la Administración del Principado de Asturias).

Con la nueva norma se pretende regular los aspectos de gestión y uso necesarios para la puesta en marcha y desarrollo del sistema de información que se está diseñando.

Puedes enviar tus aportaciones del 07/16/2024 al 21/06/2024 al correo participa@asturias.org.

Necesidad y oportunidad de su aprobación

La oportunidad se justifica en el desarrollo de la normativa necesaria para la gestión y uso de la aplicación de Historia Social Única electrónica ya recogida en la Ley 1/2003, de 24 de febrero, de servicios sociales, en su modificación de 2019.

La necesidad se justifica en la próxima puesta en marcha de dicha aplicación.

Objetivos de la norma

Regular el contenido, acceso y el uso de la Historia Social Única Electrónica (en adelante HSUE) en el Principado de Asturias con la finalidad de conseguir la continuidad y la complementariedad de las intervenciones que se deben aplicar desde los distintos niveles y sectores de actuación en el ámbito de los servicios sociales y de éstos con el resto de los sistemas de protección social.

Soluciones Alternativas

No constan en este momento.

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