Decreto de tercera modificación del Decreto 72/2013, de 11 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de jornada, horario, vacaciones y permisos de los funcionarios de la Administración del Principado de Asturias, sus organismos y entes públicos
¿Qué se pretende solucionar?
* La consulta pública previa tiene por objeto recabar la opinión de la ciudadanía y de las organizaciones más representativas potencialmente afectadas por la futura norma, antes de la elaboración de una disposición normativa, es decir, antes de la elaboración del borrador. (Acuerdo de 25 de enero de 2017, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueban las directrices para la ordenación de la participación ciudadana en el procedimiento de elaboración normativa en el ámbito de la Administración del Principado de Asturias).
Modificar el Reglamento de jornada, horario, vacaciones y permisos de los funcionarios de la Administración del Principado de Asturias, sus organismos y entes públicos, para su adaptación a las modificaciones de la legislación básica en la materia, así como a los acuerdos adoptados en el ámbito de la negociación colectiva.
Puedes enviar tus aportaciones del 16/04/2024 al 30/04/2024 al correo participa@asturias.org.
Necesidad y oportunidad de su aprobación
Es necesario adaptar la norma reglamentaria a las previsiones legales en virtud del principio de jerarquía normativa, así como de conformidad con el artículo 38.3 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
Objetivos de la norma
Que la regulación reglamentaria quede debidamente actualizada y adaptada a la legislación vigente, ganando así en certeza y seguridad jurídica.
Soluciones Alternativas
Dado que se pretende la modificación de una norma reglamentaria, no existe una alternativa "no regulatoria".