Decreto por el que se regulan los plazos posesorios en los procedimientos de movilidad voluntaria, de selección de personal y de libre designación para la provisión de puestos directivos en el Servicio de Salud del Principado de Asturias

¿Qué se pretende solucionar?

* La consulta pública previa tiene por objeto recabar la opinión de la ciudadanía y de las organizaciones más representativas potencialmente afectadas por la futura norma, antes de la elaboración de una disposición normativa, es decir, antes de la elaboración del borrador. (Acuerdo de 25 de enero de 2017, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueban las directrices para la ordenación de la participación ciudadana en el procedimiento de elaboración normativa en el ámbito de la Administración del Principado de Asturias).

Se pretende regular los requisitos de participación en los procesos de movilidad voluntaria del Servicio de Salud del Principado de Asturias, de tal forma que no resulte aplicable el plazo de un año  establecido en el artículo 17 del Real Decreto-ley 1/1999, de 8 de enero, sobre selección de personal estatutario y provisión de plazas en las Instituciones Sanitarias de la Seguridad Social, posibilitando el acceso al procedimiento de movilidad voluntaria abierto y periódico de plazas estatutarias del Sespa a todos los profesionales del Sistema Nacional de Salud desde el mismo momento en que toman posesión de la plaza como personal estatutario fijo.

Puedes enviar tus aportaciones del 19/04/2023 al 03/05/2023 al correo participa@asturias.org.

Necesidad y oportunidad de su aprobación

Con la aprobación de la modificación del Decreto se facilitará el derecho a la movilidad voluntaria de los profesionales del Servicio de Salud del Principado de Asturias, a la vez que se pretende paliar el déficit de  profesionales existente en algunas especialidades médicas, facilitando a los profesionales sanitarios que prestan servicios en otros Servicios de Salud el acceso a una plaza en el Servicio de Salud del Principado de Asturias,   mediante su participación en el concurso de traslados  desde el primer día que han obtenido la condición de personal estatutario fijo en el Sistema Nacional de Salud.

Objetivos de la norma

Establecer los requisitos  para participar en los concursos de traslados del Servicio de Salud del Principado de Asturias, favoreciendo el derecho a la movilidad del personal estatutario y  posibilitando, al mismo tiempo, la  captación de profesionales en un contexto de escasez de profesionales sanitarios para hacer frente a las necesidades asistenciales que demanda nuestra sociedad.

Soluciones Alternativas

Al tratarse de una norma de rango reglamentario su modificación solo puede efectuarse por una norma del mismo rango legal.

Resumen

En el Decreto 50/2019, de 21 de junio, por el que se regulan los plazos posesorios en los procedimientos de movilidad voluntaria, de selección de personal y de libre designación para la provisión de puestos directivos en el Servicio de Salud del Principado de Asturias, se añade una disposición adicional única,

Pueden realizarse alegaciones desde el 29/11/2023 al 29/12/2023. PRESENTAR ALEGACIONES.

 

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