Anuncio. Rectificación y nueva aprobación de la convocatoria y de las bases específicas del proceso de selección para la provisión de 2 plazas de personal laboral fijo de Educador/a, conforme a lo regulado en la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público. Expte. RH /2022/200.

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Por Decreto de Alcaldía de fecha 708/2024 12 de julio de 2024, se han aprobado la convocatoria y las bases específicas cuyo texto íntegro se publica a continuación que han de regir la convocatoria.

El plazo de presentación de instancias, dispuesto en la base cuarta, será de 20 días hábiles contados a partir del día siguiente en que aparezca publicado al anuncio en extracto en el BOE.

Considerar y dar por presentadas todas las solicitudes del período provisional presentadas en tiempo y forma. No deberán presentarse de nuevo, en el nuevo período a salvo de nuevos méritos que deseen aportar. Asimismo, Formarán parte de la lista provisional de admitidos y excluidos, sin necesidad de nueva presentación de solicitudes (publíquese esta circunstancia concreta en ambos anuncios).

El texto íntegro de las bases también podrá consultarse en la sede electrónica del Ayuntamiento de Laviana.

En Pola de Laviana, 15 de julio de 2024.—La Alcaldesa en funciones.—Cód. 2024-06331.

BASES ESPECÍFICAS DEL PROCESO DE SELECCIÓN PARA LA PROVISIÓN DE 2 PLAZAS DE PERSONAL LABORAL FIJO, DE EDUCADOR/A, DERIVADO DE LAS DISPOSICIONES ADICIONALES SEXTA Y OCTAVA (CONCURSO) DE LA LEY 20/2021, DE 28 DE DICIEMBRE, DE MEDIDAS URGENTES PARA LA REDUCCIÓN DE LA TEMPORALIDAD EN EL EMPLEO PÚBLICO, APROBADOS EN LA OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO EXTRAORDINARIA PARA LA ESTABILIZACIÓN DE EMPLEO TEMPORAL

Primero.—Objeto de la convocatoria

La presente convocatoria tiene por objeto la provisión de dos plazas de Educador/a, perteneciente al Grupo A2, en régimen de personal laboral fijo del Ayuntamiento de Laviana.

Segundo.—Requisitos para concurrir.

Además de los requisitos de participación regulados en el punto tercero de la Resolución 1266/2022 de 15 de diciembre de 2022 por la que se aprueban las bases generales, los/as aspirantes que participen en el presente proceso selectivo deberán cumplir los siguientes requisitos:

1. Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de diplomado universitario o grado en Educación Social o habilitado para tal fin. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación.

A estos efectos, se entiende que se está en condiciones de obtener la titulación cuando, en el plazo de presentación de solicitudes, se hayan superado los correspondientes planes de estudios o pruebas que permitan acceder a dicha titulación. Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero, deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente credencial de homologación o, en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia.

2. Estar en posesión del permiso de conducción de vehículos de la clase B.

Tercero.—Plazos y modos de presentación de solicitudes

Las solicitudes podrán presentarse en el plazo de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de publicación del anuncio de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

El modo de presentación deberá ajustarse a lo recogido en el punto tercero y cuarto de la Resolución 1266/2022 de 15 de diciembre de 2022 por la que se apruebas las bases generales.

Cuarto.—Proceso selectivo.

El proceso selectivo se desarrollará por el procedimiento de concurso. La valoración de méritos se hará de conformidad con lo establecido en el apartado séptimo de las Bases Generales que han de regir los procesos selectivos de personal funcionario y de personal laboral derivados de las disposiciones sexta y octava (concurso) de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, aprobados en la Oferta de Empleo Público Extraordinaria para la estabilización de empleo público.

Las presentes bases y convocatoria podrán ser impugnadas de conformidad con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Contra la convocatoria y sus bases, que agotan la vía administrativa, se podrá interponer por las personas interesadas recurso de reposición previo al contencioso-administrativo en el plazo de un mes ante la Alcaldía, o bien recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Oviedo, a partir del día siguiente al de publicación del anuncio correspondiente en el Boletín Oficial del Principado de Asturias (artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).

En lo no previsto en las bases, será de aplicación la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre; la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local; el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril; el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, con carácter supletorio y con carácter orientativo la Resolución de la Secretaría de Estado de Función Pública sobre las orientaciones para la puesta en marcha de los procesos de estabilización derivados de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.

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