Anuncio. Extracto de la convocatoria de ayudas dirigidas al sector del servicio de taxi de la ciudad de Gijón.
BDNS (Identif.): 775396.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/775396).
Objeto y finalidad:
El objeto de la convocatoria es establecer las condiciones para la concesión de subvenciones destinadas a compensar los mayores gastos de mantenimiento de los vehículos adaptados para su uso por personas con movilidad reducida, debido al mayor coste de mantenimiento que caracteriza a este tipo de vehículos en comparación con los taxis convencionales.
A los efectos de esta convocatoria se entienden como gastos de mantenimiento los que tengan su origen en:
a) El mayor precio del seguro del vehículo.
b) El mayor coste del mantenimiento y reparación de vehículo.
c) El mayor consumo de combustible.
Beneficiarios:
Podrán obtener la condición de beneficiario/a de estas ayudas, quienes ostenten la titularidad de la licencia de auto taxi expedida por el Ayuntamiento de Gijón/Xixón en el momento de la presentación de la solicitud, se encuentren desempeñando su servicio con carácter habitual y permanente y que, cuenten con un vehículo adaptado a personas con movilidad reducida, homologado de acuerdo con los requisitos técnicos municipales y conforme a las especificaciones vigentes y obligatorias.
Baremos y cuantía de las subvenciones:
La cuantía individualizada de la subvención se determinará en función del importe a que ascienden los mayores gastos de mantenimiento y reparación de los vehículos, adaptados para su uso por personas con movilidad reducida, en función del tipo de gasto de que se trate, conforme al siguiente reparto:
a) Hasta un 25% del coste del seguro del vehículo.
b) Hasta un 20% de los gastos de combustible.
c) Gastos generales de mantenimiento y reparaciones aceite, filtros, correa de distribución, pastillas de frenos, neumáticos, etc.), hasta un máximo de 500 euros.
La distribución de las subvenciones entre los beneficiarios se realizará con sujeción a dos límites cuantitativos:
— El importe total no podrá exceder de la cuantía máxima fijada en esta convocatoria.
— La cuantía individual de la subvención en esta línea no podrá ser superior a 3.000 euros.
En el supuesto de que hubiese insuficiencia de crédito se distribuirá proporcionalmente entre todas las solicitudes hasta agotar el crédito.
No será necesario proceder a la comparación ni a la prelación cuando el crédito sea suficiente para atender todas las solicitudes.
En los casos en los que el importe total a conceder a los beneficiarios sea superior a la cuantía global de la subvención, la cuantía se reducirá de forma proporcional.
Convocatoria:
Acuerdo de Junta de Gobierno de 2 de julio de 2024 del Ayuntamiento de Gijón/Xixón. "Convocatoria de ayudas dirigidas al sector del servicio de Taxi de la ciudad de Gijón/Xixón."
Plazo de presentación de las solicitudes:
El plazo de presentación de solicitudes será desde el día siguiente a la fecha de publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, hasta el 30 de septiembre de 2024.
Solicitud y documentación a aportar:
La solicitud se formulará conforme al formulario oficial de solicitud, así como del resto de modelos normalizados a cumplimentar por el/la solicitante, y se pondrá a disposición en la sede electrónica de la página web del ayuntamiento de Gijón/Xixón, en el apartado de subvenciones.
Las solicitudes deberán ir acompañadas de la documentación que se indica en el anexo I de la convocatoria.
Gijón/Xixón, a 17 de julio de 2024.—La Secretaria General.—Cód. 2024-06434.