Resolución de 4 de julio de 2024, del Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias, por la que se amplía el plazo de justificación de los programas formativos subvencionados al amparo de la convocatoria de subvenciones públicas para el año 2023, dirigidas a la mejora de capacidades digitales de las mujeres desempleadas, para impulsar el emprendimiento y el desarrollo rural y reducir la brecha de género, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS (SEPEPA)

Antecedentes de hecho

Primero.—Por Resolución de 22 de diciembre de 2022, del Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias, se convocan subvenciones públicas para el año 2023 por el procedimiento de tramitación anticipada de gasto, con destino a la financiación de acciones formativas dirigidas a la mejora de las capacidades digitales de las mujeres desempleadas, para impulsar el emprendimiento y el desarrollo rural y reducir la brecha de género, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (BOPA n.º 249, de 30 de diciembre de 2022).

Segundo.—Mediante Resolución de 23 de agosto de 2023, del Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias (BOPA n.º, de 167, de 30 de agosto de 2023), se conceden las subvenciones destinadas a la financiación de acciones formativas dirigidas a la mejora de las capacidades digitales de las mujeres desempleadas, para impulsar el emprendimiento y el desarrollo rural y reducir la brecha de género, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Tercero.—Por Resolución de 18 de octubre de 2023, rectificada mediante Resolución de 16 de abril de 2024, del Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias, se amplían los plazos de ejecución y justificación de los programas de subvenciones por las que se engloban las acciones formativas subvencionadas al amparo de la convocatoria para el año 2023, dirigidas a la mejora de las capacidades digitales de las mujeres desempleadas, para impulsar el emprendimiento y el desarrollo rural y reducir la brecha de género, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, estableciendo como fecha límite de ejecución de las acciones integrantes en el programa formativo el 31 de mayo y de justificación de dos meses tras la finalización de los citados programas formativos.

Cuarto.—Razones de índole técnica dificultan la adaptación de la aplicación informática SINTRAFOR al sistema actual de justificación por módulos y por tanto la adecuada mecanización por parte de las entidades beneficiarias en la citada herramienta, por lo que procede ampliar el plazo inicialmente previsto en la convocatoria.

Quinto.—Qué, como consecuencia de lo anterior, ampliamos el plazo inicialmente previsto de justificación hasta el 31 de agosto de 2024, en aras a garantizar una adecuada justificación por parte de las entidades y que entendemos suficiente para solventar dicha incidencia técnica.

Fundamentos de derecho

Primero.—El Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias es competente para resolver el presente expediente, ya que conforme a lo dispuesto en los Decretos 22/2023, de 31 de julio, del Presidente del Principado de Asturias, de reestructuración de las Consejerías que integran la Administración de la Comunidad Autónoma, el Decreto 76/2023, de 18 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Consejería de Ciencia, Empresas, Formación y Empleo y el Decreto 39/2009, de 3 de junio, de estructura orgánica básica del Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias, modificado por el Decreto 214/2023 de 16 de diciembre, le corresponden las competencias en materia de formación profesional no desarrollada en el sistema educativo y de formación para el empleo.

Segundo.—De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 32.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, "cuando una incidencia técnica haya imposibilitado el funcionamiento ordinario del sistema o aplicación que corresponda, y hasta que se solucione el problema, la Administración podrá determinar una ampliación de los plazos no vencidos, debiendo publicar en la sede electrónica tanto la incidencia técnica acontecida como la ampliación concreta del plazo no vencido".

Vistos los antecedentes de hecho y los fundamentos de hecho mencionados y que son de aplicación,

RESUELVO

Primero.—Ampliar el plazo de justificación de las programas formativos subvencionados al amparo de la convocatoria de subvenciones públicas para el año 2023, dirigidas a la mejora de capacidades digitales de las mujeres desempleadas, para impulsar el emprendimiento y el desarrollo rural y reducir la brecha de género en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, hasta el 31 de agosto de 2024.

Segundo.—Disponer la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, indicando que, conforme al artículo 32 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, los acuerdos sobre ampliación de plazos no son susceptibles de recurso.

En Oviedo, a 4 de julio de 2024.—El Presidente del Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias.—Cód. 2024-06269.

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