Resolución de 3 de julio de 2024, de la Consejería de Ciencia, Empresas, Formación y Empleo, para la contratación, bajo la modalidad de contrato 100 laboral fijo, de dos Titulados Medios/Ingenieros Técnicos Agrícolas del SERIDA, correspondientes a la Oferta de Empleo Público extraordinaria para la estabilización de empleo temporal en aplicación de la Ley 20/2021, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.

SERVICIO DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO AGROALIMENTARIO DE ASTURIAS (SERIDA)

Vista la propuesta formulada por el Tribunal Calificador que juzgó el proceso selectivo convocado por esta Administración Autonómica por Resolución de 29 de noviembre de 2022 (BOPA de 09/12/2022), para la provisión de 2 plazas de la categoría de Titulado/a Grado Medio (Ingeniero/a Técnico/a Agrícola), de la Administración del Principado de Asturias correspondiente a la Oferta de Empleo Público Extraordinaria para la estabilización de empleo temporal en aplicación de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público por el procedimiento de concurso de méritos, teniendo en cuenta los siguientes

Antecedentes de hecho

Primero.—A tenor de lo dispuesto en la base decimoquinta de la Resolución de 24 de noviembre de 2022, de la Consejería de Administración Autonómica, Medio Ambiente y Cambio Climático, por la que se aprueban las bases generales que han de regir los procesos selectivos de personal funcionario y de personal laboral derivados de las disposiciones adicionales sexta y octava (concurso) de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, los aspirantes propuestos han presentado la documentación exigida dentro de los 20 días naturales desde el siguiente hábil al de la publicación de la lista de personas que han superado el proceso selectivo.

Segundo.—Los aspirantes acreditan que cumplen con los requisitos señalados en la base segunda de la convocatoria del proceso selectivo.

Fundamentos de derecho

Primero.—La competencia para entender y resolver sobre el presente expediente, en materia de contratación de personal laboral fijo, la ostenta el Presidente del Consejo Rector, de conformidad con las letras a y e del artículo 10.1 de la Ley 5/1999, de 29 de marzo, por la que se crea el Servicio Regional de Investigación y Desarrollo Agroalimentario del Principado de Asturias. Mediante la Resolución de 10 de febrero de 2023, de la Presidencia del Consejo Rector del SERIDA, se acordó la delegación de la citada competencia en la Directora Gerente (BOPA núm. 34, de 20-II-2023).

Segundo.—De conformidad con lo establecido en el artículo 43.8 del V Convenio Colectivo para el personal laboral de la Administración del Principado de Asturias, firmado el día 5 de julio de 2005, la Administración, una vez resuelto el procedimiento selectivo, se compromete a publicar, con la mayor brevedad posible, la adjudicación de los destinos.

Tercero.—El artículo 6 apartado 1 de la Ley del Principado de Asturias 8/2018, de 14 de septiembre, obliga a hacer púbico en el Portal de Transparencia (artículo 1.1) "los procesos de selección de personal y provisión de puestos de trabajo. En especial se publicarán las actas de los órganos selectivos y las resoluciones que pongan fin a los procesos correspondientes".

A tal efecto, se ha de dar traslado de esta Resolución para su publicación en el Portal de Transparencia de la Administración del Principado de Asturias, tal y como dispone el artículo 18 de la citada Ley 8/2018.

Asimismo se procederá a la publicación de la misma en el Portal de Transparencia del Servicio Regional de Investigación y Desarrollo Agroalimentario (SERIDA).

En base a lo expuesto, por la presente,

Se resuelve

Primero.—Concertar contrato de trabajo de carácter fijo con los trabajadores que figura en el anexo que acompaña a esta Resolución y adjudicar el destino, que tendrá el carácter de definitivo, en el Concejo y Organismo que se cita en el mismo.

Segundo.—Una vez publicada la adjudicación de destino, la Administración procederá en un plazo máximo de 7 días a la firma del contrato, según establece el artículo 43.8 del V Convenio Colectivo para el personal laboral de la Administración del Principado de Asturias.

Tercero.—Disponer la publicación de la presente resolución en el portal de transparencia del Principado de Asturias, del Servicio Regional de Investigación y Desarrollo Agroalimentario (SERIDA) y en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 69 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social, frente a esta Resolución, que es definitiva en la vía administrativa, podrá interponer la correspondiente demanda ante los Juzgados de lo Social que correspondan a su centro de trabajo o, a su elección, los que correspondan a su domicilio, si éste radica en el Principado de Asturias, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de notificación de esta Resolución. Ello, sin perjuicio de interponer cualquier otro que estime procedente.

Villaviciosa, a 3 de julio de 2024.—La Directora Gerente, por delegación de competencias de la Presidencia del Consejo Rector (Resolución de 10 de febrero de 2023, BOPA n.º 34, de 20-II-2023).—Cód. 2024-06004.

Anexo I

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