Resolución de 2 de julio de 2024, de la Consejería de Ciencia, Empresas, Formación y Empleo, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones por parte de la Agencia de Ciencia, Competitividad Empresarial e Innovación Asturiana, SEKUENS, destinadas a actividades relacionadas con el fomento y la promoción de la I+D+i en el Principado de Asturias en régimen de concurrencia competitiva.

En virtud de lo dispuesto en el Decreto 22/2023, de 31 de julio, del Presidente del Principado de Asturias, de reestructuración de las Consejerías que integran la Administración de la Comunidad Autónoma, la gestión de las políticas investigación, desarrollo tecnológico e innovación (I+D+i) está incardinada en el ámbito de la Consejería de Ciencia, Empresas, Formación y Empleo.

La Agencia de Ciencia, Competitividad Empresarial e Innovación Asturiana, SEKUENS (en adelante, la Agencia), tal y como se recoge el artículo 1 de su Ley, constituye el instrumento ejecutor de referencia y cohesión de las políticas públicas que impulse la Administración del Principado de Asturias a favor del desarrollo económico y las políticas clave para el progreso que se sitúan en el ámbito de la investigación, el desarrollo tecnológico y la innovación, estando adscrita a la Consejería con competencias en materia de investigación, desarrollo tecnológico e innovación.

Por un lado, la particularidades del procedimiento subvencional en materia de I+D+i, establecidas en la disposición adicional undécima de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, buscan impulsar la aplicación de las técnicas y medios electrónicos, informáticos y telemáticos de gestión para reducir o suprimir la documentación requerida y reducir los plazos y tiempos de respuesta.

Además, la instauración de una estrategia integrada de investigación, desarrollo tecnológico e innovación necesita que todos los agentes que en cada momento conforman el Sistema Asturiano de Ciencia, Tecnología e Innovación (en adelante, SACI) tengan incentivos al desarrollo de actividades innovadoras, a la generación de conocimiento científico, a su incorporación a los diferentes ámbitos productivos y, por tanto, a su transferencia.

Los Planes de Ciencia, Tecnología e Innovación (en adelante PCTI) del Principado de Asturias, principal marco de la política de Ciencia, Tecnología e Innovación de Asturias, constituyen el instrumento de programación que permite desarrollar, financiar y ejecutar las políticas públicas de la Administración regional en materia de fomento y coordinación de la I+D+i.

Por su parte, la Estrategia Regional de Especialización Inteligente, traza la hoja de ruta del cambio del modelo productivo de la mano de la ciencia y de la innovación señalando los sectores que más pueden aportar a la transformación del modelo productivo de la mano de la transformación ecológica y digital.

Ambos marcos establecen prioridades y líneas de actuación a desarrollar desde la administración regional que, abordándose de forma distribuida por diferentes instituciones, persiguen una serie de objetivos comunes:

• Potenciar la generación de conocimiento científico-técnico, apoyar las actividades de I+D+i desarrolladas en el Principado de Asturias por los grupos e instituciones de investigación en la región, el desarrollo de tecnologías innovadoras y su transferencia al tejido productivo asturiano, la internacionalización de la investigación y la difusión de sus resultados,

• Incrementar la inversión privada en I+D+i, aumentar el número de empresas innovadoras, fomentar la colaboración intersectorial, mejorar la transferencia de tecnología, apoyar el emprendimiento y la internacionalización de la ciencia, y favorecer el desarrollo de una industria neutra en carbono, circular y competitiva,

• Incrementar los recursos y el potencial del sistema asturiano de I+D+i contribuyendo a la formación y especialización de investigadores, personal técnico y otros profesionales en I+D+i y potenciando sus capacidades, así como facilitando su inserción laboral en actividades de I+D+i, tanto en el sector público como privado; estimular la movilidad de los recursos humanos en I+D+i a nivel internacional, dentro del sector público y entre este y el sector empresarial, impulsando la transferencia, favoreciendo la interrelación entre éstos y propiciando una cooperación eficiente.

Dado que antes de la puesta en marcha de la Agencia, la Administración del Principado de Asturias gestionaba los diferentes programas de ayuda la I+D+i regionales a través de varias instituciones, existiendo diferentes bases y procedimientos, las presentes bases reguladoras pretenden unificar y simplificar el contenido de los programas de ayudas en materia de I+D+i existentes en el Principado de Asturias hasta ahora, teniendo como principios básicos: la coordinación de todas las políticas de I+D+i del Principado de Asturias; la mejora, flexibilización y simplificación de los mecanismos normativos; y la agilización y estandarización de los procedimientos de solicitud, evaluación, concesión, seguimiento y justificación de las ayudas con el fin de facilitar su gestión, siendo de aplicación a las convocatorias públicas de ayudas para el Fomento y la Promoción de la I+D+i en el Principado de Asturias.

A tenor de lo dispuesto en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la disposición que nos ocupa sigue los principios de buena regulación puesto que:

• Existen fundadas razones de interés general para su aprobación habida cuenta de la importancia de las ayudas públicas autonómicas para el mantenimiento del Sistema Regional de Ciencia, Tecnología e Innovación y la contribución de éste al progreso económico y social. Para ello el instrumento pertinente son estas bases reguladoras con el contenido fijado en el artículo 17 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (principios de necesidad y eficacia).

• Se realiza la regulación imprescindible y proporcionada para atender a la necesidad descrita, no existiendo otras medidas que impongan menos obligaciones a los destinatarios y que puedan alcanzar la satisfacción de los objetivos perseguidos (principio de proporcionalidad).

• Con el desarrollo de las bases se unifica y simplifica el contenido de las bases reguladoras de ayudas en materia de I+D+i asegurando un marco normativo estable, claro y de certidumbre, que facilita su conocimiento y comprensión y, en consecuencia, la actuación y toma de decisión de las entidades solicitantes de las ayudas (principio de seguridad jurídica).

• Con la publicación de la propuesta de bases en el portal web del Principado de Asturias se posibilita el acceso sencillo, universal y actualizado al texto de la disposición y se garantiza la participación de los ciudadanos en el proceso de elaboración de las mismas (principio de transparencia).

• Las bases evitan cargas administrativas innecesarias, facilitan la gestión y racionalizan la solicitud que deben presentar los potenciales beneficiarios a través del formulario que se adjuntará a cada convocatoria en el que se recogerán todos los datos necesarios para la valoración del proyecto. De este modo se racionaliza la gestión de los recursos públicos al agilizar y facilitar la tramitación de las líneas de subvenciones de I+D+i haciéndolas eficientes (principio de eficiencia).

Las subvenciones convocadas serán registradas en la BDNS, según lo previsto en el Real Decreto 130/2019, de 8 de marzo, por el que se regula la Base de Datos Nacional de Subvenciones y la publicidad de las subvenciones.

Al no otorgar la Ley del Principado de Asturias. 9/2022, de 30 de noviembre, competencia reglamentaria al Presidente de la Agencia, la competencia para aprobar sus presentes bases reguladoras corresponde al Consejero de Ciencia, Empresas, Formación y Empleo, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 7 del Decreto 71/1992, de 29 de octubre por el que se regula el Régimen General de Concesión de Subvenciones y a tenor de lo dispuesto en el Decreto 22/2023, de 31 de julio, del Presidente del Principado de Asturias, de reestructuración de las Consejerías que integran la Administración de la Comunidad Autónoma,

Las ayudas que se concedan al amparo de las presentes bases podrán ser cofinanciadas por la Unión Europea a través del Fondo Europeo de Desarrollo Regional o del Fondo de Transición Justa. Con la convocatoria de las ayudas se publicitará, comunicará y difundirá los proyectos cofinanciados con cargo a los mismos.

Las convocatorias a realizar conforme a estas bases reguladoras están incluidas, con carácter previo, en el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Ciencia, Empresas, Formación y Empleo, y lo estarán en sus sucesivas modificaciones.

Dada la necesidad de realizar la convocatoria de algunas de las subvenciones afectadas con carácter inmediato, la presente disposición de carácter general entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.

En virtud de lo expuesto, vista la Ley del Principado de Asturias 6/1984, de 5 de julio, del Presidente y del Consejo de Gobierno; la Ley del Principado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración; el Decreto 22/2023, de 31 de julio, del Presidente del Principado de Asturias, de reestructuración de las Consejerías que integran la Administración de la Comunidad Autónoma; el Decreto 76/2023, de 18 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Consejería de Ciencia, Empresas, Formación y Empleo; la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Común de las Administraciones Públicas y la Ley del Principado de Asturias. 9/2022, de 30 de noviembre, el Decreto 71/1992, de 29 de octubre, por el que se regula el Régimen General de Concesión de Subvenciones, o normativa que las sustituya; y demás normativa específica de aplicación para cada convocatoria, en particular la que se relaciona:

• Artículos 107 y 108 (antiguos 87 y 88 del TCE) del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.

• Comunicación de la Comisión 2022/C 414/01 por la que se establece el Marco Comunitario sobre Ayudas Estatales de Investigación, Desarrollo e Innovación (en adelante Marco Comunitario de I+D+I).

• Reglamento (UE) 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado, cuyo período de aplicación se ha prorrogado hasta el 31/12/2026 mediante el Reglamento (UE) 2023/1315 de la Comisión de 23 de junio de 2023 (en adelante RGEC).

• Reglamento (UE) 2023/2832 de la Comisión, de 13 de diciembre de 2023, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis concedidas a empresas que prestan servicios de interés económico general o Reglamento que lo sustituya (en adelante Reglamento de minimis).

• Reglamento (UE) 2021/1056 del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de junio de 2021 por el que se establece el Fondo de Transición Justa (en adelante RFTJ).

• Reglamento (UE) 2021/1058 del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de junio de 2021, relativo al Fondo Europeo de Desarrollo Regional y al Fondo de Cohesión (en adelante RFEDER).

• Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de junio de 2021, por el que se establecen las disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo Plus, al Fondo de Cohesión, al Fondo de Transición justa y al Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura, así como las normas financieras para dichos Fondos y para el Fondo de Asilo, Migración e Integración, el Fondo de Seguridad Interior y el Instrumento de Apoyo Financiero a la Gestión de Fronteras y la Política de Visados (en adelante RDC).

• Orden HFP/1414/2023, de 27 de diciembre, por la que se aprueban las normas sobre los gastos subvencionables de los programas financiados por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional y del Fondo de Transición Justa para el período 2021-2027,

• Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación (en adelante LCTI).

• Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno (en adelante LTAIFBG).

• Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario (en adelante LOSU).

• Real Decreto 1791/2010, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto del Estudiante Universitario.

• Real Decreto 99/2011, de 28 de enero, por el que se regulan las enseñanzas oficiales de doctorado.

• Real Decreto 103/2019, de 1 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto del personal investigador predoctoral en formación.

• Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad.

RESUELVO

Artículo único.—Objeto.

El objeto de la presente resolución es establecer las bases reguladoras de las subvenciones a conceder por la Agencia de Ciencia, Competitividad Empresarial e Innovación Asturiana, SEKUENS, con cargo su presupuesto, destinadas a actividades relacionadas con el fomento y la promoción de la I+D+i en el Principado de Asturias en régimen de concurrencia competitiva, que figuran como anexo a la presente resolución.

Disposición transitoria única.—Convocatorias ya iniciadas.

Las convocatorias de ayudas destinadas a actividades relacionadas con el fomento y la promoción de la I+D+i en el Principado de Asturias ya iniciadas en el momento de entrada en vigor de la presente resolución, continuarán rigiéndose por sus bases reguladoras hasta su finalización.

Disposición derogatoria única.—Derogación normativa.

1. Con la entrada en vigor de la presente resolución, quedarán expresamente derogadas las siguientes resoluciones de aprobación de bases reguladoras de líneas de ayudas preexistentes:

• Resolución de 24 de septiembre de 2014, de la Consejería de Economía y Empleo, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones dirigidas a empresas asturianas, para la financiación de proyectos de I+D+i en Cooperación internacional en el marco de las redes ERA-NET en las que participe el IDEPA, como representante del Principado de Asturias.

• Resolución de 5 de junio de 2017, de la Consejería de Empleo, Industria y Turismo, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones dirigidas a empresas para el desarrollo de proyectos de I+D+i en el marco de la estrategia Asturias RIS3 (Programa RIS3-EMPRESA).

• Resolución de 20 de julio de 2018, de la Consejería de Empleo, Industria y Turismo, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones dirigidas a empresas y autónomos del Principado de Asturias en el marco del programa de cheques.

• Resolución de 31 de julio de 2019, de la Consejería de Ciencia, Innovación y Universidad, por la que se aprueban las bases reguladoras de las convocatorias públicas de ayudas del Programa para el Fomento y la Promoción de la I+D+i en el Principado de Asturias.

• Resolución de 18 de septiembre de 2020, de la Consejería de Ciencia, Innovación y Universidad, por la que se aprueban las bases reguladoras de las convocatorias públicas de ayudas del Programa "In Itineras" de formación y estabilización de los recursos humanos en materia de I+D+i en el Principado de Asturias.

• Resolución de 20 de mayo de 2021, de la Consejería de Ciencia, Innovación y Universidad, por la que se aprueban las bases reguladoras de las convocatorias públicas de subvenciones para el desarrollo de actuaciones de promoción de la I+D+i en el Principado de Asturias.

• Resolución de 7 de septiembre de 2020, de la Consejería de Ciencia, Innovación y Universidad, por la que se aprueban las bases reguladoras de subvenciones a los Consorcios de las Misiones Científicas del Principado de Asturias para el desarrollo de propuestas de intervención y ejecución de proyectos piloto vinculados a la temática de las Misiones

2. Quedan, asimismo, derogadas a la entrada en vigor de la presente resolución, las disposiciones de igual o inferior rango emanadas de los órganos de la Comunidad Autónoma que se opongan a lo previsto en la misma.

Disposición única.—Entrada en vigor y publicación en los portales de transparencia.

La presente resolución entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias y será objeto de publicación en el Portal de transparencia del Principado de Asturias y en el Portal de Transparencia de la Agencia de Ciencia, Competitividad Empresarial e Innovación Asturiana, SEKUENS.

En Oviedo, a 2 de julio de 2024.—El Consejero de Ciencia, Empresas, Formación y Empleo, Borja Sánchez García.—Cód. 2024-05987.

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