Resolución de 14 de junio de 2024, de la Dirección Gerencia del Servicio de Salud del Principado de Asturias, por la que se aprueba la convocatoria del I Concurso Cortometraje Salud Mental, en sus diferentes modalidades.

SERVICIO DE SALUD DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS (SESPA)

Antecedentes de hecho

1.º El Área Estratégica 1 del Plan de Salud Mental 2023-2030 denominada "Equidad y salud mental en todas las políticas. Sistemas de gobernanza y de participación ciudadana", tiene como objetivo General 1.3. el "Fomentar la conciencia de cuerdismo, la prevención del estigma y garantizar los derechos y el buen trato de las personas con discapacidad psicosocial y/o problemas de salud mental".

2.º Dentro de las acciones a desarrollar para dar cumplimiento al citado objetivo se ha considerado adecuado, organizar y convocar el I Concurso Cortometraje Salud Mental, abierto a la participación general de la ciudadanía, conforme a las Bases que se adjuntan a la presente.

3.º Se hace preciso autorizar un gasto máximo de 5.000 € para sufragar dicha convocatoria, en sus diferentes modalidades previstas, con cargo a la aplicación presupuestaria 97.01.412B.484.355 "Premios Concienciación Salud Mental" de los Presupuestos Generales del Principado de Asturias para 2024.

Fundamentos de derecho

Primero.—El artículo 128 de la Ley de Salud del Principado de Asturias 7/2019 de 29 de marzo (BOPA 11 de abril de 2019), en cuanto a la competencia de la Gerencia para resolver.

Segundo.—La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, su Reglamento, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio y el Decreto 71/1992, de 29 de noviembre, por el que se regula el Régimen General de Subvenciones en el ámbito de la Administración Autonómica del Principado de Asturias.

Vistos los antecedentes de hecho y fundamentos de derecho,

RESUELVO

Primero.—Aprobar la convocatoria del I Concurso Cortometraje Salud Mental, en sus diferentes modalidades.

Segundo.—Aprobar las bases por las que se regirá la citada convocatoria, que se acompañan como anexo a esta resolución.

Tercero.—Autorizar un gasto de 5.000 € para la financiación de dicha convocatoria, con cargo a la aplicación presupuestaria 97.01.412B.484.355 "Premios Concienciación Salud Mental" de los Presupuestos Generales del Principado de Asturias para 2024.

Cuarto.—Ordenar la publicación de la resolución y de las bases de la convocatoria en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, dándose igualmente traslado a las Direcciones de Áreas de Gestión Clínica de Salud Mental, así como a entidades, organizaciones y otros medios de comunicación para su general conocimiento.

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada ante la Consejera de Salud, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la recepción de la presente notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 133 y 134 de la Ley del Principado de Asturias 7/2019 de 29 de marzo, de Salud del Principado de Asturias, en el art. 27.2 de la Ley 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias; y en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Oviedo, a 14 de junio de 2024.—El Director Gerente.—Cód. 2024-05462.

I CONCURSO CORTOMETRAJE SALUD MENTAL ASTURIAS

1.—Objeto.

Por la Dirección Gerencia del SESPA, a propuesta de la Dirección de Salud Mental, con la colaboración de la Dirección General de Salud Pública y Atención a la Salud Mental (Consejería de Salud) y la Dirección General de Acción Cultural y Normalización Lingüística (Consejería de Cultura, Política Lingüística y Deporte), se convoca para este 2024 la I Edición del Concurso de Cortometrajes que, con el objetivo de generar espacios de reflexión y participación, pretende mostrar la realidad de las personas con problemas de salud mental, contribuir a la promoción y defensa de sus derechos de ciudadanía, sensibilizando contra el estigma que les rodea y generar una visión más realista y positiva, alejada de estereotipos y prejuicios, así como mostrar experiencias positivas en el abordaje de cuidado de la salud mental y actitudes sociales que contribuyan a mejorar la calidad de vida de este colectivo.

2.—Participantes.

Podrán presentarse a concurso los cortometrajes propuestos desde cualquier punto de España, sin límite de edad.

3.—Condiciones de participación.

• La duración máxima será de 20 minutos, créditos incluidos, sin existir una duración mínima.

• Los cortometrajes deberán ofrecer una imagen realista y natural de la Salud Mental y tener en cuenta:

— La sensibilización contra el estigma y el cuerdismo.

— La promoción y defensa de los derechos de las personas con problemas de Salud Mental.

— La diversidad de este colectivo de personas.

— Experiencias positivas de abordaje del cuidado de la Salud Mental.

— Actitudes sociales positivas ante este colectivo.

• El género artístico puede ser cualquiera y la técnica en que hayan sido realizados es libre.

• Los cortometrajes deberán hacer indicación expresa al sistema de clasificación por edades para su visionado.

• Los trabajos deben estar producidos con posterioridad al 1 de enero de 2023 hasta el fin de la convocatoria.

• Los trabajos pueden haber sido mostrados y premiados en otros concursos o festivales de cine.

• Los derechos de imagen de las personas que aparezcan en la obra deben estar protegidas por la Ley Orgánica 1/1982 del 5 de mayo sobre la protección civil del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen, recogida dentro del artículo 18 de la Constitución Española.

• Las personas propietarias de los cortos deben tener firmada la autorización y cesión de derechos de imagen por todas las personas participantes de sus cortos. En caso de menores, las personas firmantes serán sus progenitores o representantes legales.

4.—Secciones.

El primer concurso de cortometrajes cuenta con dos secciones:

• Sección Ficción: cortometrajes de ficción.

• Sección Documental: cortometrajes documentales.

5.—Inscripción.

• Los trabajos podrán remitirse a la Dirección de Salud Mental hasta las 23:59 horas del día 30 de septiembre de 2024.

• Las inscripciones se realizarán a través del correo electrónico: cortometrajes.saludmental@sespa.es incluyendo: ficha técnica y artística, así como nombre, apellidos, teléfono y correo electrónico de la persona o representante legal que presenta el trabajo cinematográfico, señalándose la sección o modalidad a la que se concurre.

• Los trabajos se remitirán, en la medida de lo posible, vía enlace de descarga.

6.—Condiciones técnicas.

• Las obras se presentarán en versión original (castellano, asturiano o eo naviego). Los subtítulos no son obligatorios, aunque se valorarán aquellas obras que sí los tengan, debido al carácter inclusivo que pueden aportar.

• Para la fase de selección se admiten los formatos: MP4 (h.264) o AVI. Para la proyección se admitirán soportes en MP4 (h.264) o DVD.

• Las obras que por problemas técnicos o de formato no puedan ser visionadas, no serán inscritas.

• No se podrá incorporar fotos o música sujetos a derechos de autor sin la debida autorización; en caso de hacerlo será eliminado.

7.—Premios.

Entre todos los cortometrajes de ficción y documentales seleccionados a concurso, el jurado decidirá la concesión de los siguientes premios para cada una de las categorías:

• Premio del Jurado al Mejor Cortometraje de Ficción. Dotado con 2.500 €

• Premio del Jurado al Mejor Cortometraje Documental. Dotado con 2.500 €

• Premios del Público al Mejor Cortometraje de Ficción y al mejor Documental. Mención especial sin dotación económica.

8.—Cortometrajes seleccionados.

• Se procederá a una selección, por parte del jurado, pudiendo ser hasta 4 los cortometrajes de cada sección que opten al premio final y que serán visionadas por el público.

• La organización notificará los cortometrajes seleccionados por correo electrónico o llamada telefónica a los o las autoras o representantes legales.

• Los o las autoras o representantes legales de los cortometrajes seleccionados, deberán entregar, fotocopia del documento oficial de identidad (DNI o tarjeta de residente), dos imágenes del corto en formato JPG y una sinopsis, de no más de 100 palabras, sobre la obra presentada.

• La organización se reserva el derecho de excluir las producciones audiovisuales que, por sus condiciones, características, formato, temática o cualquier otra razón relacionada con el o la autora, productor o productora, no se ajusten a lo dispuestos en las bases.

La fecha de la entrega de premios se dará a conocer con tiempo de antelación suficiente para que las personas cuyo cortometraje se encuentre entre los preseleccionados puedan acudir.

9.—Jurado y selección de finalistas.

El jurado estará compuesto por un representante de la Consejería de Salud, un representante del Servicio de Salud del Principado de Asturias (SESPA), un representante de la Dirección General de Acción Cultural y Normalización Llingüística (Consejería de Cultura, Política Llingüística y Deporte), por una persona experta en el ámbito del cine y otra en el ámbito de la salud mental en primera persona, ostentando la Presidencia del Jurado la persona que represente a la Consejería de Salud.

• El jurado se reserva el derecho a dejar desierto alguno de los premios, así como conceder un accésit, sin dotación económica, si lo estimara oportuno.

• El jurado puede ampliar o reducir el número de obras preseleccionadas si lo considerara oportuno.

• Solamente se entregará un premio por obra, excepto el Premio del Público que podrá coincidir con la decisión del jurado.

• El jurado será competente para decidir sobre las cuestiones no recogidas en estas bases y nuevas decisiones que pudiera valorar.

La composición del jurado será revelada junto al fallo.

10.—Fallo, celebración y entrega de premios.

El I Concurso de cortos sobre salud mental se celebrará en el mes de noviembre de 2024, la sede principal de exhibición estará en la ciudad de Oviedo, pudiendo organizarse proyecciones posteriores de los cortometrajes seleccionados en otras localidades.

El fallo se anunciará de forma pública en acto público convocado al efecto.

La decisión del jurado es inapelable.

11.—Exhibición.

Se informará y promocionará la exhibición de los cortometrajes seleccionados y se dará a conocer el lugar de exhibición con suficiente antelación.

• La persona que opta a los premios deberá ser titular de los derechos de explotación del cortometraje.

• Las personas participantes ceden, de manera gratuita y por un tiempo indeterminado, los derechos de proyección, de manera no exclusiva, a la organización del concurso para que pueda utilizaros, sin ánimo de lucro, para su promoción.

• Los cortometrajes preseleccionados se proyectarán en el marco de las acciones programadas en promoción de Salud Mental y en defensa de los derechos de las personas con discapacidad psicosocial.

• La organización establecerá el orden y fecha de exhibición de los cortometrajes preseleccionados.

• La organización se reserva, por circunstancias de calendario o del espacio o espacios de proyección, reajustar las fechas de celebración del concurso.

• La organización no se hace responsable de accidentes o imprevistos que puedan sufrir los cortometrajes.

12.—Propiedad intelectual.

El concurso está sujeto a la aplicación de la normativa de propiedad Intelectual española y en concreto a la aplicación del Real Decreto legislativo 1/1996, de 12 de abril por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de propiedad Intelectual, regularizando, aclarando y armonizando las disposiciones legales vigentes sobre la materia y, demás normativa que le sea de aplicación.

Las personas autoras garantizan la legitimidad de los cortometrajes y que éstos no infringen ni vulneran derechos de propiedad industrial e intelectual de otro autor o autora. De no ser así, además de no hacerse responsable la organización del acto cometido, la obra quedaría automáticamente fuera del concurso.

13.—Publicidad y aceptación de las bases.

Además de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del Principado de Asturias (BOPA), las bases del presente concurso estarán disponibles durante el período en el que esté vigente el mismo en los distintos canales de difusión del Servicio de Salud del Principado de Asturias y de las Consejerías de Salud y de Cultura, Política Llingüística y Deporte del Principado de Asturias.

La participación en el concurso implica la aceptación total y el cumplimiento de las presentes bases, así como la resolución, por parte de la organización, de cualquier imprevisto no especificado en éstas.

14.—Tratamiento de datos personales.

Los datos de carácter personal facilitados para el presente concurso, serán tratados por la Dirección de Salud Mental en calidad de responsable del tratamiento. Los datos serán recogidos con la finalidad de gestionar la participación en el concurso y tratados conforme con la normativa de protección de datos recogida en el Reglamento (UE) 2016/679, de 27 de abril (en adelante RGPD) y en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos de Carácter Personal y garantía de los derechos digitales y demás normativa que resulte de aplicación. En todo caso, las personas titulares de los datos podrán ejercitar el derecho de acceso, rectificación, limitación del tratamiento, oposición, cancelación y portabilidad en base a la normativa vigente, dirigiendo comunicación por escrito a la Dirección de Salud Mental arriba indicada o mediante correo electrónico a dirección.saludmental@sespa.es

Los datos personales serán conservados mientras dure la finalidad del tratamiento para el que fueron facilitados y una vez finalizada ésta durante el tiempo necesario para la prescripción de las acciones que pudieran derivarse del tratamiento de los datos.

Oviedo, 13 de junio de 2024.

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