Edicto. Convocatoria y bases para la provisión de sesenta y siete plazas de Auxiliar Administrativo/a de Administración General del Ayuntamiento de Oviedo, veinte de ellas reservadas al turno de discapacidad, pertenecientes a las Ofertas de Empleo Público de 2016, 2018, 2019, 2020, 2022, 2023 y 2024.

Edicto

Por Resolución de la Alcaldía 2024/7642, se aprobaron las Bases para provisión de sesenta y siete plazas de Auxiliar Administrativo/a de Administración General de la plantilla de funcionarios/as del Ayuntamiento de Oviedo, veinte de ellas reservadas al turno de discapacidad, pertenecientes a las Ofertas de Empleo Público de 2016, 2018, 2019, 2020, 2022, 2023 y 2024, con la redacción que se recoge en este anuncio.

Plazo de solicitudes: será de 20 días naturales contados a partir del siguiente hábil a aquel en que aparezca publicado el anuncio de la convocatoria en el BOE.

BASES ESPECÍFICAS PARA LA PROVISIÓN DE 67 PLAZAS DE AUXILIAR ADMINISTRATIVO/A DE ADMINISTRACIÓN GENERAL (1 DE LA OFERTA DE 2016, 18 DE LA OFERTA DE EMPLEO 2018 y 5 DE LA OFERTA DE EMPLEO DE 2019, 5 DE LA OFERTA DE EMPLEO 2020, 10 DE LA OFERTA DE EMPLEO 2022 y 24 DE LA OFERTA DE EMPLEO 2023, 4 DE LA OFERTA DE EMPLEO DE 2024), 20 RESERVADAS AL TURNO DE DISCAPACIDAD

(Aprobadas por Resolución de Alcaldía número 2024/7642, de fecha 17 de mayo)

El procedimiento de selección se regirá por lo dispuesto en las presentes bases específicas y en lo no previsto expresamente en éstas, por lo dispuesto en las Bases generales de pruebas selectivas para la selección de personal a efectos de provisión libre de plazas de la Oferta de Empleo Público del Ayuntamiento de Oviedo aprobadas por acuerdo de Junta de Gobierno de 19 de enero de 2018 (BOPA n.º177 de 31/07/2018) y modificadas por acuerdo de la Junta de Gobierno de 15 de junio de 2018 (BOPA n.º 177 de 31/07/2018).

1.—Grupo:

C, Subgrupo C2.

2.—Clasificación:

Escala de Administración General. Subescala Auxiliar de Administración General. Denominación: Auxiliar Administrativo/a de Administración General.

3.—Número de plazas:

67 plazas, 20 de ellas reservadas al turno de discapacidad igual o superior al 33 por ciento. La opción a las plazas reservadas a personas con discapacidad habrá de formularse en la solicitud de participación en la correspondiente convocatoria, con declaración expresa de los aspirantes de que reúnen el grado y, en su caso, tipo de discapacidad requerido, extremos ambos que habrán de ser acreditados con posterioridad a la finalización del proceso selectivo y, en todo caso, con anterioridad al correspondiente nombramiento. El número de plazas podrá ser ampliado en caso de quedar vacantes las plazas afectadas por los procesos de estabilización que estuvieran celebrados antes de finalizar estas pruebas selectivas, siempre que correspondan a plazas incluidas en una de las ofertas de empleo citadas en el encabezado. La ampliación se acordará mediante resolución de la Alcaldía, previamente a la propuesta de nombramiento de este proceso selectivo.

Los aspirantes que optaren por el turno de personas con discapacidad no podrán participar por el turno ordinario.

Los aspirantes que acrediten discapacidad tanto si se presentan por el turno reservado como por el turno ordinario pueden solicitar las adaptaciones de tiempo o medios que resulten precisas para la realización de los diferentes ejercicios. Se hará pública la relación de adaptaciones concedidas o en su caso, las razones de su denegación.

Durante el procedimiento selectivo se dará un tratamiento diferenciado a los dos turnos, en lo que se refiere a las relaciones de admitidos, los llamamientos a los ejercicios y la relación de aprobados.

Finalizado el proceso selectivo, se elaborará una relación única en la que se incluirán todos los candidatos que hayan superado la totalidad de los ejercicios y pruebas, ordenados por la puntuación total obtenida, con independencia del turno por el que hayan participado. Dicha relación será la determinante para la petición y la adjudicación de destinos, excepto lo previsto en el artículo 19 del Decreto 6/2012, de 16 de febrero, por el que se regula el acceso a la función pública de la Administración del Principado de Asturias y la provisión de puestos de trabajo de personas con discapacidad.

En el supuesto de que alguno de los aspirantes con discapacidad que hubiera accedido a través de este turno superase la totalidad de los ejercicios y pruebas, pero no obtuviera plaza de las del cupo reservado y su puntuación fuera superior a la obtenida por otros aspirantes del turno ordinario, será incluido por su orden de puntuación entre los aspirantes de éste.

Las plazas reservadas al turno de personas con discapacidad que queden desiertas se acumularán a las del turno ordinario, a que aparezcan referidas.

En caso de empate en la puntuación final obtenida entre uno o varios aspirantes que hubieran participado en el proceso selectivo a través del turno de personas con discapacidad y otro u otros que lo hubieran hecho por el turno ordinario, gozarán de preferencia aquél o aquéllos sobre éste o éstos.

Cuando el empate tuviera lugar exclusivamente entre aspirantes que hubieran concurrido por el turno de discapacidad, se aplicarán los criterios de prelación generales establecidos en las bases generales bases generales citadas en el primer párrafo de estas bases específicas.

4.—Titulación exigida:

Estar en posesión de Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, Graduado en Educación Secundaria, Graduado Escolar o Bachiller elemental. En el caso de las titulaciones extranjeras se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación.

5.—Sistema de selección:

Oposición Libre.

6.—Pruebas selectivas:

Constarán de un ejercicio con dos pruebas obligatorias y eliminatorias.

Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y seguridad jurídica que deben regir el acceso al empleo público, los tribunales deberán calificar los ejercicios de los aspirantes de acuerdo con los criterios de valoración recogidos en estas bases. La calificación de cada prueba se obtendrá por la media aritmética de las otorgadas por cada uno de los miembros del Tribunal; no obstante, lo anterior, cuando la calificación más alta y/o más baja difieran en dos o más puntos de la media obtenida, se eliminarán una o ambas, según el caso, obteniéndose la media de las restantes. Deberá constar en el expediente la calificación otorgada por cada miembro del Tribunal a cada una de las pruebas realizadas por los aspirantes, acompañada de la correspondiente motivación.

Primera prueba:

Consistirán en contestar, por escrito, a 50 preguntas, más cinco de reserva, con 3 alternativas de respuesta cada una de ellas, de las que sólo una de las alternativas es la verdadera. Las preguntas versarán sobre todos los temas incluidos en la Parte I del anexo de Temario.

Las preguntas de esta prueba se puntuarán de la forma siguiente:

— Cada pregunta contestada correctamente puntuará 1 punto.

— Cada pregunta contestada de forma incorrecta (señalando como verdadera una alternativa que no es la correcta) se penalizará con 0,50 puntos, es decir, se puntuará con -0,50 puntos.

Las preguntas sin contestar o contestadas de más de una de las alternativas no puntuarán, aun cuando algunas de las contestadas sea la correcta, ni serán objeto de penalización.

Para superar esta prueba será necesario obtener una puntuación mínima de 25 puntos. A los aspirantes que no superen esta puntuación mínima en la primera prueba no se les calificará la segunda prueba.

Segunda prueba:

Consistirán en contestar, por escrito, a 50 preguntas, más cinco de reserva, con 3 alternativas de respuesta cada una de ellas, de las que sólo una de las alternativas es la verdadera. Las preguntas versarán sobre todos los temas incluidos en ambas partes del Temario (30 de ellas referidas a supuestos prácticos relacionados con las materias de la Parte I del temario y 20 de ellas sobre las materias de la Parte II del temario).

Las preguntas de esta prueba se puntuarán de la forma siguiente:

— Cada pregunta contestada correctamente puntuará 1 punto.

— Cada pregunta contestada de forma incorrecta (señalando como verdadera una alternativa que no es la correcta) se penalizará con 0,50 puntos, es decir, se puntuará con -0,50 puntos.

Las preguntas sin contestar o contestadas de más de una de las alternativas no puntuarán, aun cuando algunas de las contestadas sea la correcta, ni serán objeto de penalización.

Para superar esta prueba será necesario obtener una puntuación mínima de 25 puntos.

El tiempo máximo para la realización del ejercicio (las dos pruebas) será de 90 minutos.

El resultado final del ejercicio será la suma de puntuaciones de ambas pruebas.

A los efectos de constitución de la Bolsa de Empleo que se establece en las Bases Generales, será necesario superar la puntuación mínima de la primera prueba del ejercicio para poder formar parte de la misma.

7.—Derechos de participación:

9,62 €, a ingresar en la cuenta de Unicaja Banco, IBAN ES30 2103 7395 0400 3004 6680.

Exenciones subjetivas: las previstas en el art. 4 de la Ordenanza Fiscal núm. 100 por expedición de documentos administrativos.

8.—Clasificación del Tribunal:

Tercera categoría.

9.—Recursos:

Contra estas bases cabe interponer recurso potestativo de reposición ante la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Oviedo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias o bien directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde dicha publicación, ante el órgano jurisdiccional competente, de conformidad con lo dispuesto en los arts. 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en los arts. 8, 45 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, significándose que en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer el contencioso-administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición, no pudiendo simultanearse ambos recursos. Todo ello, sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro que estimen procedente.

TEMARIO

En el supuesto de que algún tema de los integrantes en el programa se viese afectado por alguna modificación, ampliación o derogación legislativa durante el transcurso de la misma, se exigirá en todo caso la legislación vigente en el momento de la realización de las respectivas pruebas.

Parte I

Tema 1.—La Constitución Española de 1978: Estructura y Contenido. Derechos y deberes fundamentales. Su garantía y suspensión.

Tema 2.—El Poder Legislativo. Las Cortes Generales. Composición, elección y disolución. Atribuciones. Regulación y funcionamiento de las Cámaras: Los Reglamentos parlamentarios.

Tema 3.—El Estado autonómico. Naturaleza jurídica y Principios. Las formas de acceso a la autonomía en la Constitución española. El proceso autonómico: configuración inicial y reformas. El Estatuto de Autonomía del Principado de Asturias.

Tema 4.—El acto administrativo: concepto, clases y elementos. Eficacia y validez de los actos administrativos. Su motivación y notificación. Revisión, anulación y revocación. Rectificación de errores materiales o de hecho.

Tema 5.—El procedimiento administrativo como garantía formal. Idea general de la iniciación, ordenación, instrucción y terminación del procedimiento administrativo. Términos y plazos.

Tema 6.—Recursos administrativos. Principios generales. Clases de recursos administrativos Procedimientos sustitutivos de los recursos administrativos: Conciliación, mediación y arbitraje.

Tema 7.—El régimen local: Significado y evolución histórica. La Administración Local en la Constitución. La Carta Europea de la Autonomía Local. El principio de autonomía local. Significado, contenido y límites.

Tema 8.—La potestad reglamentaria de las entidades locales. Reglamentos y ordenanzas. Procedimiento de elaboración. El reglamento orgánico. Los bandos.

Tema 9.—El municipio: Concepto y elementos. El término municipal. La población municipal. El padrón de habitantes. Derechos de los extranjeros.

Tema 10.—La Modernización del Gobierno Local. El régimen de las grandes ciudades.

Tema 11.—El Pleno del Ayuntamiento de Oviedo y sus Comisiones, su regulación en el Reglamento Orgánico del Pleno. Competencias.

Tema 12.—El Alcalde y la Junta de Gobierno Local, competencias, delegaciones y estructura municipal; su regulación en el Reglamento Orgánico de Gobierno y Administración del Ayuntamiento de Oviedo.

Tema 13.—Régimen de sesiones y acuerdos de los órganos de gobierno local. Actas, certificaciones, comunicaciones, notificaciones y publicación de los acuerdos. El registro de los documentos.

Tema 14.—Clases de personal al servicio de las Administraciones Públicas. Estructuración del empleo público: Cuerpos y Escalas. Grupos de clasificación. Normativa sobre función pública. Clases de funcionarios de Administración Local.

Tema 15.—Oferta de Empleo Público. La carrera Administrativa: la promoción profesional y la provisión de puestos de trabajo. La formación y el perfeccionamiento.

Tema 16.—El acceso a los empleos locales: Principios reguladores. Requisitos. Sistemas selectivos. Adquisición y pérdida de la condición de empleado público.

Tema 17.—Los derechos y deberes de los funcionarios locales. Derechos individuales. Derechos colectivos. Sindicación y representación. El derecho de huelga. La negociación colectiva. Principios y valores de la Función Pública. Ética del Servicio Público. Los deberes de los funcionarios locales. El régimen disciplinario. El régimen de responsabilidad civil, penal y patrimonial. El régimen de incompatibilidades.

Tema 18.—Los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional: Régimen jurídico. Subescalas y categorías. Funciones reservadas. Peculiaridades de su régimen en municipios de gran población.

Tema 19.—Haciendas Locales. Clasificación de los ingresos. Ordenanzas Fiscales.

Tema 20.—Los Presupuestos Locales: concepto, principios y estructura. Elaboración del Presupuesto. Su liquidación.

Tema 21.—Derechos y obligaciones en materia de seguridad, higiene y salud en el trabajo, de la empresa y de los trabajadores. Prevención de Riesgos Laborales en el Trabajo con pantallas de visualización de datos (PVD).

Tema 22.—Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

Tema 23.—La Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos personales y garantía de los derechos digitales.

Tema 24.—Principios, políticas y medidas de igualdad de género. Normativa vigente en el ordenamiento español y en el de la Unión Europea. La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. Políticas contra la violencia de género. La Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género.

Parte II

Todas las referencias a recursos informáticos se regirán por la versión Microsoft Office 2016 y entorno de Windows 10.

Tema 1.—Informática básica: conceptos fundamentales sobre el hardware y el software. Sistemas de almacenamiento de datos. Sistemas operativos. Nociones básicas de seguridad informática.

Tema 2.—Introducción al sistema operativo: el entorno de Windows. Fundamentos. Trabajo en el entorno gráfico de Windows: ventanas, iconos, menús contextuales, cuadros de diálogo. El escritorio y sus elementos. El menú inicio.

Tema 3.—El explorador de Windows. Gestión de carpetas y archivos. Operaciones de búsqueda. Accesorios. Herramientas del sistema.

Tema 4.—Procesadores de texto: Word. Principales funciones y utilidades. Creación y estructuración del documento. Gestión, grabación, recuperación e impresión de ficheros. Personalización del entorno de trabajo.

Tema 5.—Hojas de cálculo: Excel. Principales funciones y utilidades. Libros, hojas y celdas. Configuración. Introducción y edición de datos. Fórmulas y funciones. Gráficos. Gestión de Datos. Personalización del entorno de trabajo.

Tema 6.—Bases de datos: Access. Principales funciones y utilidades. Tablas. Consultas. Formularios. Informes. Relaciones. Importación, vinculación y exportación de datos.

Tema 7.—Correo electrónico (Referido a Outlook): conceptos elementales y funcionamiento. El entorno de trabajo. Enviar, recibir, responder y reenviar mensajes. Creación de mensajes. Reglas de mensaje. Libreta de direcciones.

Tema 8.—La Red Internet: origen, evolución y estado actual. Conceptos elementales sobre protocolos y servicios en Internet. Funcionalidades básicas de los navegadores web.

Tema 9.—Las Tecnologías de la información y la comunicación. La Administración Electrónica. Firma Digital. Acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos. El portal de acceso y la sede electrónica. El expediente y el archivo electrónico.

Oviedo, a 10 de junio de 2024.—El Concejal de Gobierno de Interior.—Cód. 2024-05143.

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