Resolución de 11 de junio de 2024, de la Consejería de Derechos Sociales y Bienestar, por la que se nombran y cesan vocales en el Plenario del Consejo Asturiano de Cooperación al Desarrollo, en representación de la Administración del Principado de Asturias.

AGENCIA ASTURIANA DE COOPERACIÓN AL DESARROLLO

En relación con el expediente relativo al nombramiento y cese de vocales en el Plenario del Consejo Asturiano de Cooperación al Desarrollo, resultan los siguientes

Antecedentes de hecho

Primero.—Mediante Resolución de 11 de febrero de 2021, de la Consejería de Presidencia (BOPA núm. 82, de 30 de abril de 2021) se nombran vocales del Plenario del Consejo Asturiano de Cooperación al Desarrollo, en representación de la Universidad de Oviedo, Coordinadora de ONGD del Principado de Asturias y de las ONGD que no formen parte de la Coordinadora de ONGD del Principado de Asturias y de otras organizaciones relacionadas directamente con la cooperación al desarrollo, la solidaridad internacional y la defensa de los derechos humanos, entre otros.

Segundo.—Por Resolución de 16 de abril de 2021, de la Consejera de Presidencia, se sustituyen los vocales de la Universidad de Oviedo y por Resolución de 29 de abril de 2022, de la Consejera de Presidencia, se sustituyen los vocales de la Coordinadora de ONGD del Principado de Asturias.

Tercero.—En escrito de 3 de abril de 2024, la presidenta de la Coordinadora de ONGD del Principado de Asturias, comunica los acuerdos adoptados por la Asamblea General de la Coordinadora de ONGD del Principado de Asturias en relación a su representación en el Consejo Asturiano de Cooperación al Desarrollo, solicitando el cese de:

• Vocal titular: doña Ana Andrés Ablanedo

• Vocal suplente: don Manuel Galán González-Pardo

• Vocal titular: doña María Jesús Ramos Álvarez

• Vocal suplente: doña Águeda Prieto Arranz

• Vocal titular: don Minervino de la Rasilla Suárez

• Vocal suplente: doña Eloína Bermejo Lozano

• Vocal titular: doña Lucía Nosti Sierra

• Vocal suplente: doña Inmaculada González-Carbajal García

• Vocal titular: don José Roberto Álvarez Bella

• Vocal suplente: doña Irene Tuya Díaz

• Vocal titular: doña Ángeles Alonso Blanco

• Vocal suplente: doña Alejandra Fajardo Navarro

Y el nombramiento de:

• Vocal titular: doña Inmaculada González-Carbajal García

• Vocal suplente: doña María Jesús Ramos Álvarez

• Vocal titular: doña Noemí Rodríguez Fernández

• Vocal suplente: doña Sofía Murias Varela

• Vocal titular: don Javier Arjona Muñoz

• Vocal suplente: doña Eloína Bermejo Lozano

• Vocal titular: doña Lucía Nosti Sierra

• Vocal suplente: doña Beatriz Rodríguez Amado

• Vocal titular: don José Roberto Álvarez Bella

• Vocal suplente: doña Irene Tuya Díaz

• Vocal titular: doña Ángeles Alonso Blanco

• Vocal suplente: doña Alejandra Fajardo Navarro

Cuarto.—En escrito de 3 de junio de 2024, se comunica por parte de la Universidad de Oviedo el cese de:

• Vocal titular: don Humberto Rodríguez Solla, Vicerrector de Relaciones Institucionales y Coordinación.

Y el nombramiento de:

• Vocal titular: don Juan Carlos San Pedro Veledo, Vicerrector de Planificación Estratégica y de Coordinación de Campus.

• Vocal suplente: don Esteban Agulló Tomás, Director de Área de Cooperación, Tercer Sector y Responsabilidad Social.

Fundamentos de derecho

Primero.—La Ley del Principado de Asturias 4/2006, de 5 de mayo, de Cooperación al Desarrollo crea en su artículo 20 el Consejo Asturiano de Cooperación al Desarrollo como órgano consultivo y de representación de los agentes de cooperación con capacidad de propuesta, dictamen y seguimiento de la cooperación pública asturiana al desarrollo, estando el mismo adscrito a la Consejería de Derechos Sociales y Bienestar de acuerdo con el Decreto 22/2023, de 31 de julio, del Presidente del Principado de Asturias, de reestructuración de las Consejerías que integran la Administración de la Comunidad Autónoma y el Decreto 89/2023 de 18 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Consejería de Derechos Sociales y Bienestar modificado por Decreto 22/2024, de 8 de marzo.

Segundo.—Según lo establecido en el artículo 20 de la Ley antes citada, el Consejo Asturiano de Cooperación al Desarrollo estará compuesto por representantes de los grupos parlamentarios de la Junta General del Principado, de la Administración del Principado de Asturias, de las administraciones locales asturianas, de la Coordinadora de ONGD de Asturias, de ONGD y de otras organizaciones relacionadas directamente con la cooperación al desarrollo, la solidaridad internacional y la defensa de los derechos humanos. El apartado 4 del citado artículo prevé que la estructura, composición y régimen de funcionamiento de dicho Consejo se determinarán reglamentariamente.

Tercero.—El Decreto 276/2007, de 4 de diciembre, por el que se regula la estructura, composición y régimen de funcionamiento del Consejo Asturiano de Cooperación al Desarrollo, establece en su artículo 4.6 que los y las vocales del Plenario serán nombrados/as por resolución de quien ostente la titularidad de la Consejería competente en materia de cooperación al desarrollo, a propuesta de las instituciones, órganos o entidades sin ánimo de lucro a las que representan, que además podrán proponer su sustitución a lo largo del mandato, si cambian las circunstancias que motivaron su nombramiento.

En el artículo 4.7 se establece que el mandato será de cuatro años, que comenzará a computarse desde el día siguiente al de la publicación en el BOPA de la resolución por la que se dispone el nombramiento. El mandato de quienes sean nombrados para sustituir a otro miembro del Consejo durará el tiempo que reste hasta completar el plazo de cuatro años previsto para el mandato de su antecesor en el cargo.

Vistos los antecedentes de hecho y fundamentos de derecho concurrentes, por medio de la presente,

RESUELVO

Primero.—Disponer el cese como vocales del Plenario del Consejo Asturiano de Cooperación al Desarrollo:

En representación de la Coordinadora de ONGD del Principado de Asturias de:

• Vocal titular: doña Ana Andrés Ablanedo.

• Vocal suplente: don Manuel Galán González-Pardo.

• Vocal titular: doña María Jesús Ramos Álvarez.

• Vocal suplente: doña Águeda Prieto Arranz.

• Vocal titular: don Minervino de la Rasilla Suárez.

• Vocal suplente: doña Eloína Bermejo Lozano.

• Vocal titular: doña Lucía Nosti Sierra.

• Vocal suplente: doña Inmaculada González- Carbajal García.

• Vocal titular: don José Roberto Álvarez Bella.

• Vocal suplente: doña Irene Tuya Díaz.

• Vocal titular: doña Ángeles Alonso Blanco.

• Vocal suplente: doña Alejandra Fajardo Navarro.

En representación de la Universidad de Oviedo de:

• Vocal titular: don Humberto Rodríguez Solla, Vicerrector de Relaciones Institucionales y Coordinación.

Segundo.—Nombrar como vocales del Plenario del Consejo Asturiano de Cooperación al Desarrollo:

En representación de la Coordinadora de ONGD del Principado de Asturias a:

• Vocal titular: doña Inmaculada González-Carbajal García.

• Vocal suplente: doña María Jesús Ramos Álvarez.

• Vocal titular: doña Noemí Rodríguez Fernández.

• Vocal suplente: doña Sofía Murias Varela.

• Vocal titular: don Javier Arjona Muñoz.

• Vocal suplente: doña Eloína Bermejo Lozano.

• Vocal titular: doña Lucía Nosti Sierra.

• Vocal suplente: doña Beatriz Rodríguez Amado.

• Vocal titular: don José Roberto Álvarez Bella.

• Vocal suplente: doña Irene Tuya Díaz.

• Vocal titular: doña Ángeles Alonso Blanco.

• Vocal suplente: doña Alejandra Fajardo Navarro.

En representación de la Universidad de Oviedo a:

• Vocal titular: don Juan Carlos San Pedro Veledo, Vicerrector de Planificación Estratégica y de Coordinación de Campus.

• Vocal suplente: don Esteban Agulló Tomás, Director de Área de Cooperación, Tercer Sector y Responsabilidad Social.

Tercero.—Disponer la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.

Este acto pone fin a la vía administrativa y contra el mismo cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, sin perjuicio de la posibilidad de previa interposición del recurso potestativo de reposición ante la Ilma. Consejera de Derechos Sociales y Bienestar en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, no pudiendo simultanearse ambos recursos, conforme a lo establecido en el artículo 28 de la Ley del Principado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre régimen jurídico de la Administración, y en el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas, y sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro que estimen oportuno.

En Oviedo, a 11 de junio de 2024.—La Consejera de Derechos Sociales y Bienestar, Marta del Arco Fernández.—Cód. 2024-05274.

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