Anuncio. Extracto del Acuerdo de 10 de junio de 2024, de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Villaviciosa, por el que se convocan subvenciones para actividades culturales en 2024.

BDNS (Identif.): 768100.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/768100).

Primero.—Beneficiarios:

Línea 1. Programas de actividades culturales.

Podrán solicitar la concesión de subvención en el marco de la línea 1 de esta convocatoria todas aquellas asociaciones y entidades ciudadanas legalmente constituidas e inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones y Entidades Ciudadanas (RMAEC) del Ayuntamiento de Villaviciosa, conforme a la definición y contenido del capítulo III del Reglamento de Participación Ciudadana.

De manera excepcional, podrán solicitar estas ayudas para actividades sin ánimo de lucro aquellas personas físicas y jurídicas que no pudiendo estar inscritas en el citado registro municipal presenten proyectos de singular interés cultural, o incluyan actuaciones para el desarrollo en Villaviciosa de acontecimientos culturales declarados de excepcional interés público.

Línea 2. Arte joven.

Podrán solicitar la concesión de subvención en el marco de la línea 2 de esta convocatoria jóvenes de 18 a 30 años vinculados a Villaviciosa, así como asociaciones juveniles inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones y Entidades Ciudadanas (RMAEC) del Ayuntamiento de Villaviciosa.

Segundo.—Finalidad:

— Línea 1. Programas de actividades culturales.

Esta línea incluye subvenciones para programas de actividades culturales de asociaciones y entidades ciudadanas legalmente constituidas e inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones y Entidades Ciudadanas (RMAEC) del Ayuntamiento de Villaviciosa (BOPA 138, de 18 de julio de 2019).

Se considerarán en esta línea las actividades que, a continuación, se detallan:

— Actividades culturales en cualquier modalidad artística: artes plásticas, literarias, teatro y artes escénicas, audiovisuales, animación informática, fotografía, música, promoción de artistas vinculados a Villaviciosa o al Principado de Asturias, para su desarrollo dentro o fuera de Villaviciosa, incluidos gastos de funcionamiento o gestión de las entidades o, en su caso, personas solicitantes.

— Programas generales de promoción cultural que favorezcan la participación de la población local.

— Programas de actividades o actuaciones concretas que potencien y promocionen aspectos relacionados con la singular etnografía, historia y tradiciones del concejo de Villaviciosa, así como con los elementos culturales y lingüísticos del Principado de Asturias.

— Publicaciones y edición de material físico o virtual de contenido cultural.

— Programas de actividades culturales conjuntas entre asociaciones del municipio de Villaviciosa.

— Programas de intercambio de actividades culturales con asociaciones de otros municipios, regiones y/o países.

— Programas y actividades que fomenten la promoción de valores de tolerancia y multiculturalidad y, en definitiva, contribuyan a la integración de otras culturas.

— Actividades de fomento de la cultura de Villaviciosa, dentro y fuera del concejo a través de la participación en certámenes, concursos o ferias de cualquier tipo de contenido cultural. Se excluyen de esta convocatoria los proyectos de investigación científica.

— Línea 2. Arte joven.

Subvenciones para programas culturales promovidos por jóvenes de 18 a 30 años vinculados a Villaviciosa, o asociaciones juveniles inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones y Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Villaviciosa.

Se considerarán en esta línea actividades objeto de subvención las que, a continuación, se detallan:

— Proyectos dirigidos a promover y dar a conocer a la comunidad local las producciones culturales y creaciones de personas jóvenes en cualquier modalidad artística: artes plásticas, literarias, teatro y artes escénicas, audiovisuales, videoarte, animación digital, fotografía, música, diseño, cómic, ilustración, incluidos gastos de funcionamiento o gestión de las entidades o, en su caso, personas solicitantes.

— Proyectos culturales que promuevan la participación y/o el emprendimiento cultural de las personas jóvenes en Villaviciosa.

— Proyectos culturales que dinamicen espacios de cultura juvenil, gestionados tanto desde la propia administración local, como a través de iniciativas participativas.

Tercero.—Bases reguladoras:

Bases generales reguladoras del régimen de concesión de subvenciones, aprobadas por acuerdo plenario del Ayuntamiento de Villaviciosa, de 21 de marzo de 2024 y publicado en el BOPA número 90 de fecha 9 de mayo de 2024.

Cuarto.—Importe:

Las subvenciones se imputan a la aplicación presupuestaria 334-489.10, con una cuantía total máxima de 16.000 euros para la "Línea 1. Programas de actividades culturales", y 2.000 euros para la "Línea 2. Arte joven".

En el supuesto de que una de las líneas de subvención incluidas en esta convocatoria no agotara el crédito disponible, éste se podrá incorporar a la otra línea sin necesidad de nueva convocatoria.

Cada subvención concedida no podrán exceder en ningún caso de 3.000,00 €, ni del 80% del presupuesto del proyecto de actividades presentado.

Quinto.—Plazo de presentación de solicitudes:

El plazo de presentación de las solicitudes y documentación preceptiva será de 20 días hábiles contados desde el siguiente a la fecha de publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.

Villaviciosa, a 13 de junio de 2024.—El Alcalde-Presidente.—Cód. 2024-05186.

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