Anuncio. Relación final de aspirantes aprobados en el proceso selectivo de una plaza de personal funcionario de carrera de Subinspector de la Policía Local (promoción interna).

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Con fecha 30 de mayo de 2024, se ha publicado Anuncio en el tablón de anuncios de la sede electrónica de este Ayuntamiento, del acuerdo adoptado por el Tribunal con fecha 28 de mayo de 2024, del que se extrae lo siguiente:

"Segundo.—Finalizada la fase de concurso, el Tribunal se dispone a calcular la calificación final que de conformidad con las bases, se obtendrá sumando las puntuaciones obtenidas en el primer ejercicio (prueba de conocimientos) en el segundo ejercicio (supuestos prácticos), y en la fase de concurso, resultando la siguiente:

Calificación final José María Núñez Toribio

Ejercicios

Puntos

Calificación primer ejercicio (prueba de conocimientos)

22,14

Calificación segundo ejercicio (supuesto práctico)

19,6

Calificación fase de concurso

21,28

TOTAL

63,02 puntos

Tercero.—De acuerdo con el apartado 7.4 de las bases, finalizada la fase de concurso, el Tribunal hará pública en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, la calificación de la misma y la final por orden de puntuación y elevará ésta al Alcalde del Ayuntamiento con propuesta de nombramiento, como funcionario en prácticas, en número no superior al de la plaza convocada.

Por lo expuesto, visto que solo existe una aspirante aprobado, se propone el nombramiento como funcionario en prácticas del aspirante:

1 plaza Subinspector Policía Local

Aspirante

DNI

PT

Núñez Toribio, José María

***8160**

63,02

Cuarto.—De conformidad con el apartado 8.1 de las bases, obtenidos los resultados de los ejercicios de la fase de oposición y de la fase de concurso, el Tribunal hará pública la calificación final por orden de puntuación; el órgano de selección publicará la relación de aprobados/as, por el orden de puntuación alcanzado, con indicación del documento nacional de identidad, conforme a lo establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Ribadesella.

Simultáneamente a su publicación en dicha sede, el órgano de selección elevará la relación expresada al titular del órgano competente y se publicará en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.

Quinto.—De conformidad con la base novena, a la vista de la relación de aspirantes aprobados, si los hubiere, por orden de puntuación alcanzada, el Alcalde dictará Resolución por la que se nombra como funcionario en prácticas, para la realización del curso selectivo en la Escuela de Seguridad Pública del Principado de Asturias, al aspirante que hubiese obtenido mayor puntuación total.

En el plazo de veinte días hábiles, a contar desde el día siguiente a aquel en que se hiciera pública la lista definitiva de aspirantes aprobados/as en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, el aspirante propuesto aportará al departamento de personal, los documentos originales necesarios para su cotejo con las fotocopias presentadas en la presentación de la solicitud del proceso selectivo.

El aspirante que sea propuesto por el Tribunal Calificador y que esté desempeñando sus funciones como funcionario de carrera en el Ayuntamiento de Ribadesella, quedará exceptuado de presentar aquellos documentos que ya hubiere aportado con anterioridad y obren en su expediente personal, pudiendo ser requerido para que completen la documentación existente.

Superada la fase de oposición y la fase de concurso por el aspirante con la mejor calificación en la suma de las fases de oposición y concurso y con anterioridad al nombramiento como funcionario en prácticas, por el personal facultativo que se designe al efecto, se realizará al aspirante que haya superado las pruebas selectivas indicadas anteriormente, pruebas médicas que se consideren necesarias para la comprobación de que el aspirante puede desempeñar a satisfacción todas las tareas y funciones de los puestos de trabajo a los que puede ser destinado, conforme a la RPT, un Subinspector de policía. Se prestará autorización para someterse únicamente a las pruebas que sean necesarias para las funciones del puesto de Subinspector/a de Policía en el anexo III de las presentes bases.

Únicamente se nombrará funcionario en prácticas al aspirante si el resultado del examen médico para el puesto determinado es: Apto.

Sexto.—De conformidad con la base décima, el aspirante nombrado como funcionario en prácticas, deberá realizar un curso selectivo en la Escuela de Seguridad Pública del Principado de Asturias adscrita al Instituto Asturiano de Administración Pública "Adolfo Posada". Durante el mismo, percibirán con cargo a la Corporación Local las retribuciones correspondientes a los funcionarios en prácticas.

El nombramiento de funcionario de carrera sólo podrá efectuarse una vez superado con aprovechamiento el curso selectivo, como requisito ineludible para el ingreso en la Policía Local de Ribadesella.

La no incorporación al curso selectivo en la Escuela de Seguridad Pública del Principado de Asturias, o el abandono del mismo, sin causa que se considere justificada, así como la no superación del curso, producirá la pérdida del derecho a las pruebas de selección realizadas y a su nombramiento como funcionario de carrera del Cuerpo de la Policía Local.

La duración, contenido, baremo y calificación necesaria para superar dicho curso selectivo serán determinados por la Escuela de Seguridad Pública del Principado de Asturias o por el Ayuntamiento de Ribadesella. Una vez finalizado el curso, la Consejería competente en la materia o el responsable del curso organizado por la Policía Local, remitirá al Ayuntamiento relación de los aspirantes que hayan sido declarados aptos en el curso selectivo.

El funcionario en prácticas así nombrado prestará sus servicios en el Cuerpo de la Policía Local de Ribadesella desde la fecha de su nombramiento hasta la fecha de finalización del curso selectivo en la Escuela de Seguridad Pública del Principado de Asturias.

Si dentro del plazo el aspirante propuesto no presentara la documentación requerida o no reuniera los requisitos exigidos, no podrá ser nombrado funcionario de carrera del Ayuntamiento de Ribadesella y quedarán anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de las responsabilidades en que hubiera podido incurrir por falsedad en la solicitud inicial, recayendo el nombramiento en el siguiente aspirante."

Y para que así conste a los efectos oportunos.

En Ribadesella, a 7 de junio de 2024.—El Alcalde-Presidente.—Cód. 2024-05017.

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