Resolución de 6 de junio de 2024, de la Consejería de Hacienda y Fondos Europeos, por la que se convoca para su provisión, por el sistema de libre designación, un puesto de Conductor del Parque Móvil del Servicio de Patrimonio de la Dirección General de Patrimonio y Contratación.

Antecedentes de hecho

Único.—Declarado en situación de excedencia por cuidado de familiares al funcionario interino del puesto de "Conductor/a", dependiente del Servicio de Patrimonio de la Dirección General de Patrimonio y Contratación, por la Directora General, de fecha 20 de mayo de 2024, se solicita la convocatoria por el sistema de Libre Designación de dicho puesto, ya que necesario asegurar la prestación de los servicios inherentes a dicho puesto de trabajo sin solución de continuidad.

Fundamentos de derecho

Único.—De conformidad con lo previsto en el artículo 16.d) de la Ley 2/2023, de 15 de marzo, de Empleo Público y en los artículos 3 y 21 del Reglamento de Provisión de Puestos de Trabajo, Promoción Profesional y Promoción Interna de los funcionarios de la Administración del Principado de Asturias, aprobado por Decreto 22/1993, de 29 de abril, de aplicación supletoria.

RESUELVO

Primero.—Convocar para su provisión por el sistema de libre designación el puesto de trabajo "Conductor/a", dependiente del Servicios de Patrimonio de la Dirección General de Patrimonio y Contratación, cuya configuración y funciones se reflejan en el anexo I de la presente Resolución, de acuerdo con lo previsto en la vigente relación de puestos de trabajo.

Segundo.—Aprobar las siguientes reglas que han de regir la convocatoria, complementarias de lo dispuesto en la Ley 2/2023, de 15 de marzo, de Empleo Público y en el Decreto 22/1993, de 29 de abril, anteriormente mencionados:

1.—Condiciones de participación.

Podrá participar en la presente convocatoria el personal funcionario de carrera que reúna todos y cada uno de los requisitos de participación exigidos para el puesto derivados de su configuración tal como vienen recogidos en el anexo I.

2.—Solicitudes y plazos.

1. Las solicitudes se dirigirán al titular de la Consejería de Hacienda y Fondos Europeos, mediante instancia en la que se harán constar los datos personales del solicitante, la plaza de la que sea titular en la Administración del Principado de Asturias u otra, el destino actual del solicitante y el puesto al que opta.

2. A la instancia los interesados deberán adjuntar un breve historial académico y profesional en el que se hará constar títulos académicos, estudios y cursos realizados, puestos desempeñados en la Administración Pública, así como cualquier otro mérito que se considere oportuno poner de manifiesto.

3. El plazo de presentación de la instancia junto con los documentos, en original o copia auténtica, que la deban acompañar será de veinte días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Principado de Asturias (BOPA) y se efectuará en la oficina de asistencia en materia de registros de la Consejería de Hacienda, sito en la planta baja del edificio ubicado en la c/ Hermanos Menéndez Pidal, 7-9, Oviedo o en la forma prevista en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, según modelo que se adjunta como anexo II. En el caso de que se opte por presentar la solicitud en una oficina de correos, se hará en sobre abierto para que la solicitud sea fechada y sellada por el personal de correos antes de ser certificada.

3.—Acreditación de requisitos y méritos.

1. La fecha de referencia para el cumplimiento de los requisitos exigidos y de los méritos alegados será la de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del Principado de Asturias y deberán mantenerse hasta la resolución del procedimiento de provisión.

Los datos declarados en la instancia así como los referidos a la pertenencia a un cuerpo o escala y demás requisitos de acceso al puesto convocado, serán objeto de comprobación con carácter previo a que se eleve la propuesta de nombramiento al titular del órgano competente para resolver.

2. Los méritos alegados deberán ser justificados documentalmente para su toma en consideración.

3.—Sin perjuicio de lo dispuesto en los apartados precedentes, el órgano competente se reserva la facultad de solicitar cuanta documentación y aclaraciones estime necesarias, incluida la celebración de entrevistas personales con los aspirantes, para constatar la certidumbre de los méritos alegados en el historial académico y profesional.

4.—Valoración de méritos.

Para la adjudicación del puesto se valorarán las experiencias, conocimientos profesionales, competencias o habilidades adecuadas a las funciones que corresponden al puesto de trabajo y que se detallan en el anexo I.

5.—Resolución y publicación.

1. La presente convocatoria finalizará mediante Resolución del Consejero de Hacienda y Fondos Europeos que habrá de ser motivada y se publicará en el BOPA y en la que figurará la identificación del adjudicatario/a y el puesto adjudicado o la declaración de convocatoria desierta.

El plazo máximo para la resolución y notificación de la convocatoria será de dos meses, contados desde el día siguiente al de la finalización del de presentación de instancias.

La publicación servirá de notificación a los interesados, y, a partir de la misma, empezarán a contarse los plazos establecidos para que los órganos afectados realicen las actuaciones administrativas procedentes.

2. La publicación en el BOPA conllevará el cese automático en el anterior puesto de trabajo.

6.—Toma de posesión.

1. El plazo para la toma de posesión en el nuevo puesto será de tres días hábiles si radica en la misma localidad donde anteriormente se hallaba destinado el funcionario/a o si reingresa al servicio activo, y de siete días hábiles si radica en localidad distinta. No se considerará que hay cambio de localidad cuando el puesto adjudicado se encuentre en la misma localidad que el puesto que viniese ocupando en comisión de servicios o en adscripción provisional a puesto reservado. Si el último día hábil coincidiera en sábado el plazo se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente. A todos los efectos el plazo posesorio se considerará como de servicio activo en el nuevo puesto salvo en el caso de los reingresos.

2. Los plazos de cese y toma de posesión podrán ampliarse en la forma y con los efectos previstos en el artículo 18 del Reglamento de Provisión de Puestos de Trabajo, Promoción Profesional y Promoción Interna de los funcionarios de la Administración del Principado de Asturias, aprobado por Decreto 22/1993, de 29 de abril.

Tercero.—Este acto pone fin a la vía administrativa y contra el mismo cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en los términos que prevé el artículo 8.2a) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación, sin perjuicio de la posibilidad de previa interposición del recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación, no pudiendo simultanearse ambos recursos, conforme a lo establecido en el artículo 28 de la Ley 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias, y en el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro que estimen oportuno.

En Oviedo, a 6 de junio de 2024.—El Consejero de Hacienda y Fondos Europeos, Guillermo Peláez Álvarez.—Cód. 2024-04994.

Anexo I

— Denominación del puesto:

Conductor del parque móvil del servicio de patrimonio (código puesto 9.995)

• Dotación: 1

• Clase de complemento de destino: 16

• Clase de complemento específico: C/peligrosidad/penosidad

• Tipo de Puesto: Singularizado

• Concejo: Oviedo

— Requisitos de participación:

• Adscripción: AP (Administración del Principado de Asturias)

• Grupo: C2

• Cuerpo: EX22

— Funciones

• Tareas de conducción y desplazamientos de miembros del Consejo de Gobierno y titulares de las Viceconsejerías. Estudio de rutas e itinerarios. Mantenimiento, limpieza y puesta a punto de vehículo.

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