Anuncio. Extracto de la Resolución de 3 de junio de 2024, de la Concejalía de Educación, Formación y Empleo, por la que se convocan ayudas a la contratación de personas desempleadas de Avilés.
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BDNS (Identif.): 765502.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/765502).
Primera.—Beneficiarios:
Podrán adquirir la condición de beneficiarias las empresas, trabajadoras y trabajadores autónomos y entidades sin ánimo de lucro que desarrollen su actividad en el ámbito de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias.
Segunda.—Objeto:
Serán objeto de subvención las contrataciones realizadas en el mercado ordinario a personas empadronadas en el municipio de Avilés durante los 12 meses anteriores y que durante el mes anterior a la fecha de alta, carecieran de ocupación laboral. Las contrataciones deberán celebrarse entre el 1 de octubre de 2023 y el 30 de septiembre de 2024 con una duración mínima de seis meses y deberán suponer incremento en la plantilla de la empresa respecto a los cuatro meses previos.
Tercera.—Bases reguladoras:
La presente convocatoria y las cláusulas que la regulan se publicarán en el tablón de edictos municipal accesible desde la sede electrónica del Ayuntamiento de Avilés.
Cuarta.—Cuantía:
La cuantía máxima a conceder a cada beneficiario no podrá superar el coste salarial de un único trabajador por empresa (se ampliará a dos en caso de no agotarse la partida presupuestaria) correspondiente a dos meses (salario bruto, cotización a la Seguridad Social a cargo de la empresa y prorrata de pagas extras) con los siguientes topes mensuales para cada categoría profesional.
El importe de la subvención se corresponde con contratos formalizados a jornada laboral completa.
Grupo cotización | Categorías | Cuantía máxima |
1 | Ingenierías, Licenciaturas, Máster Universitario | 3.000 |
2 | Ingenierías técnicas, ayudantes titulados, Grados | 2.500 |
3, 4 y 5 | Ayudantes no titulados, administrativos | 2.000 |
6 y 7 | Subalternos, auxiliares administrativos | 1.500 |
8 y 9 | Oficialías | 1.250 |
10 | Peonaje | 1.000 |
Quinta.—Plazo:
Las solicitudes, y las justificaciones del cumplimiento de los requisitos una vez finalizado el período subvencionado (seis meses), deberán presentarse a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Avilés.
1. Plazo para la solicitud de la ayuda: desde el día siguiente a la publicación en BOPA y hasta el 14 de octubre de 2024.
2. Plazo para la justificación de la ayuda: 60 días naturales siguientes a la finalización de los seis meses de contratación subvencionados.
Sexta.—Criterios de valoración:
Las subvenciones se concederán en régimen de concurrencia competitiva, con el límite del crédito disponible en la convocatoria, de manera que si dicho crédito no permitiera la concesión de subvenciones por los importes máximos previstos en la misma, se establece como criterio de prelación las puntuaciones obtenidas de la evaluación de acuerdo con criterios objetivos que se establecen a continuación:
1. Tamaño de la empresa:
— Más de 50 trabajadores 10 puntos.
— Entre 10 y 50 trabajadores 20 puntos.
2. Jornada laboral:
— Parcial 10 puntos.
— Completa 20 puntos.
3. Colectivo:
— Inmigrante en situación de arraigo por formación 40 puntos.
— Mayores de 55 años 10 puntos.
— Desempleo de larga duración 10 puntos.
— Itinerario de orientación laboral con el Ayuntamiento de Avilés 10 puntos.
Avilés, a 3 de junio de 2024.—El Concejal de Educación, Formación y Empleo.—Cód. 2024-04892.