Anuncio. Aprobación definitiva del proyecto de urbanización en las calles José María Velasco y Concejo de Valdés, de Tineo.

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Mediante Resolución de Alcaldía de fecha 2 de mayo 2024, se acordó:

"Primero.—Aprobar definitivamente el Proyecto de Urbanización en las calles José María Velasco y Concejo de Valdés de Tineo promovido D. Jairo Fernández González, conforme al proyecto redactado por el arquitecto D. Santiago Rodríguez Pérez en septiembre de 2023 (completado el 28 de noviembre de 2023), sometido a las siguientes condiciones señaladas por la OTM y recogidas en el proyecto modificado:

— Sistema de recogida de basuras:

Según el artículo 146 del PGO, las zonas de nueva urbanización deberán prever un sistema de recogida de basuras que sirva de apoyo a la organización del servicio municipal.

El proyecto de urbanización deberá establecer un punto donde se han de ubicar una batería de contenedores enterrados, los cuales tendrán en cuenta las instrucciones de colocación y montaje del fabricante y cumplirá los siguientes requisitos:

• No debe haber cables eléctricos, árboles y otro tipo de elemento que pueda dificultar el proceso de izado de los contenedores.

• El subsuelo no presentará instalaciones eléctricas, conducciones de gas, desagües, tuberías o cualquier otro elemento similar subterráneo.

• La batería estará un poco elevada sobre el nivel del pavimento mediante un bordillo con cortes para desagüe del canal perimetral.

• El cerramiento de las fincas será independiente del muro perimetral de sostenimiento de la batería de contenedores cuya geometría y dimensiones responderán únicamente a los requisitos exigidos para esta instalación.

— Pavimentación:

Para el pavimento de aceras será de baldosa hidráulica igual a la colocada en la acera a la calle José María Velasco. Se colocará dejando una diferencia de cota respecto del vial de unos 12 cm., con el fin de evitar la invasión de los vehículos en la acera. En el caso de los vados y pasos de peatones el bordillo se colocará enrasado con la cota de la calzada.

— Alumbrado:

Los armarios de control para alumbrado, si fueran necesarios, se colocarán adosados a los linderos de las parcelas.

La información sobre del punto de conexión y las condiciones técnicas de la instalación se solicitarán a los servicios técnicos municipales.

— Cerramientos:

Conforme al art. 219.4 de la normativa, el cerramiento de las parcelas no superará la altura de 0,90 metros, completándose el resto de su altura con plantaciones vegetales.

— Abastecimiento y Saneamiento:

Todas las acometidas de saneamiento se efectuarán a pozo de registro; en los cambios de dirección y en los cambios de pendiente se colocarán igualmente pozos de registro.

Las condiciones técnicas de ejecución para los servicios de abastecimiento y saneamiento se establecerán de forma consensuada con la empresa concesionaria a la que se deberán solicitar las acometidas.

Segundo.—Publicar el presente acuerdo en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, siendo los gastos de publicación de cuenta de D. Jairo Fernández González, con DNI ***4885**.

Tercero.—Dar traslado del presente acuerdo a Intervención/Tesorería Municipal a efectos de que se giren las liquidaciones oportunas.

Cuarto.—El presente acuerdo es un acto administrativo resolutorio que pone fin a la vía administrativa. Contra el mismo, en atención a su cualidad de disposición de carácter general, se podrá interponer directamente recurso Contencioso- Administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias en el plazo de dos meses desde la notificación, en atención a lo señalado en la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, sin perjuicio, en el caso de Administraciones Públicas, de hacer uso del previo requerimiento previsto en el artículo 44 del citado cuerpo legal. No obstante podrá interponerse cualquier otro recurso que se estime oportuno.

Quinto.—Transcríbase este acuerdo en el libro correspondiente, notifíquese a los interesados en los términos previstos en los artículos 40 y concordantes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y trasládese a las dependencias administrativas afectadas."

En Tineo, a 6 de mayo de 2024.—La Alcaldesa-Presidenta.—Cód. 2024-03954.

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