Resolución de Alcaldía. Delegación de funciones para celebración de matrimonio civil.
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El Sr. Alcalde Presidente, con fecha 3 de mayo de 2024, ha dictado la siguiente resolución:
Teniendo en cuenta que el acto de celebración de matrimonios civiles en los Ayuntamientos requiere la autorización por el Alcalde o por el Concejal en quien haya delegado, en virtud de lo establecido en el artículo 57 del Código Civil.
Vistos los artículos 21 y 23 de la Ley 7/85, reguladora de las Bases del Régimen Local, y 44 y 47 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, por el presente,
RESUELVO
Primero.—Aprobar la celebración de matrimonio civil entre D.ª Mónica López García y D. Alberto Barros Bastarrica, previsto para el próximo día 17 de mayo a las 12:00 horas, en el Salón de Plenos Municipal.
Segundo.—Delegar en la Concejala de este Ayuntamiento, D.ª M.ª de los Ángeles Flórez Álvarez-Baragaña, las funciones propias de la Alcaldía para la celebración de dicho matrimonio.
Tercero.—Proceder a la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, dando cuenta al Pleno Municipal y comunicándose a la citada Concejala.
Soto, a 3 de mayo de 2024.—El Alcalde.—Cód. 2024-03900.