Resolución de 23 de abril de 2024, de la Consejería de Derechos Sociales y Bienestar, por la que se aprueba la carta de servicios del Servicio de Innovación Social.

El Decreto 61/2014, de 25 de junio, por el que se regulan las cartas de servicios en el ámbito de la Administración del Principado de Asturias, en su artículo 3, las define como documentos en los que cada órgano o unidad informa a la ciudadanía sobre los servicios que presta, los compromisos de calidad que asume y los derechos que asisten a aquella en relación con estos servicios.

Los responsables de su elaboración, gestión y actualización serán los titulares de los órganos o unidades a los que se refieran, correspondiendo su aprobación a la Consejería competente por razón de la materia, mediante resolución, previo informe de la Dirección General competente en materia de calidad en la prestación de los servicios públicos.

Al respecto, la Dirección General de Innovación y Cambio Social, en concreto el Servicio de Innovación, ha elaborado la carta de servicios del Centro de Documentación de Servicios Sociales del Principado de Asturias (en adelante, CDSSA), un instrumento de mejora de la calidad de los servicios públicos.

La carta ha sido informada por la Dirección General de Participación Ciudadana, Transparencia, Diversidad Sexual y LGTBI, de conformidad con lo establecido en el artículo 6.1 del decreto indicado.

En consecuencia con lo expuesto, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21.4 de la Ley del Principado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración, por la presente,

RESUELVO

Primero.—Aprobar la carta de servicios del Centro de Documentación de Servicios Sociales del Principado de Asturias (CDSSA) que figura como anexo a la presente resolución.

Segundo.—Ordenar la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.

En Oviedo, a 23 de abril de 2024.—La Consejera de Derechos Sociales y Bienestar.—Cód. 2024-03831.

Anexo

CARTA DE SERVICIOS DEL CENTRO DE DOCUMENTACIÓN DE SERVICIOS SOCIALES DE ASTURIAS (CDSSA)

Misión

El Centro de Documentación de Servicios Sociales de Asturias (CDSSA) se configura como centro de información y documentación especializado en el ámbito de los servicios sociales.

Su misión es facilitar e impulsar la gestión del conocimiento, investigación e innovación en el ámbito de los servicios sociales. Además, ofrece apoyo en la gestión de proyectos y producción de contenidos e información de la Consejería en la que se encuentre adscrito.

El objetivo final es satisfacer de manera eficaz las necesidades de información de todos los agentes del Sistema Asturiano de Servicios Sociales (en adelante, SASS): profesionales del sistema y otros relacionados (salud, educación y empleo), estudiantes, personal investigador y ciudadanía.

Datos de identificación del órgano

Principado de Asturias

Consejería de Derechos Sociales y Bienestar Dirección General de Innovación y Cambio Social Servicio de Innovación Social

Código de identificación (DIR3): A03028903

Dirección: C/ Luis Fernández-Vega Sanz s/n 33005 Oviedo

Correo electrónico: cdssa@asturias.org

Página web: https://socialasturias.asturias.es/cdssa https://cdssa.asturias.es

Teléfono: 985106555

Horario de atención al público: lunes a viernes, de 9:00 a 14:00 horas

Normas que regulan la prestación del Servicio

• Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

• Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

• Ley 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias.

• Ley 8/2018, de 14 de septiembre, de Transparencia, Buen Gobierno y Grupos de Interés.

• Decreto 61/2014, de 25 de junio, por el que se regulan las cartas de servicios en el ámbito de la Administración del Principado de Asturias.

• Decreto 89/2023, de 18 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Consejería de Derechos Sociales y Bienestar.

• Decreto 22/2024, de 8 de marzo, de primera modificación del Decreto 89/2023, de 18 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Consejería de Derechos Sociales y Bienestar.

• Resolución de 16 de enero de 2019, de la Consejería de Servicios y Derechos Sociales, por la que se crea y regula el Centro de Documentación de Servicios Sociales de Asturias (CDSSA). (Boletín Oficial del Principado de Asturias, 15 de febrero de 2019)

• Resolución de 16 de enero de 2019, de la Consejería de Servicios y Derechos Sociales, por la que se crea la Comisión de Gestión del Conocimiento. (Boletín Oficial del Principado de Asturias, 15 de febrero de 2019).

Servicios prestados:

1. Acceso a la información pública del SASS. Es el servicio que proporciona acceso a toda la información que genera la Consejería competente en materia de servicios sociales a través del portal temático socialasturias.asturias.es y redes sociales institucionales. Además, proporciona información sobre el conjunto del SASS.

2. Acceso a las colecciones y recursos. Es el servicio que proporciona acceso a las colecciones y recursos para su uso. El acceso se concreta:

a. De forma física en la sede del CDSSA: en la que se puede realizar tanto la lectura en sala como la gestión del préstamo.

Dirección General de Innovación y Cambio Social c/Luis Fernández-Vega Sanz s/n, 1.ª Planta

CP 33005 Oviedo, Asturias

b. De forma virtual, en https://cdssa.asturias.es Acceso directo al catálogo en línea, donde se encuentran disponibles servicios tales como novedades, recursos de interés, bibliografías especializadas y un espacio virtual personalizado.

3. Información y atención al público. Servicio que atiende las consultas específicas en recursos de información y documentación del ámbito de servicios sociales. Igual que el servicio de acceso a colecciones y recursos, se puede realizar de forma presencial y de forma virtual vía email: cdssa@asturias.org De forma física en la sede del CDSSA.

4. Producción de contenidos/publicaciones. El CDSSA realiza publicaciones propias:

— de carácter periódico como la Revista +Calidad. Revista de acceso abierto dirigida a todas las personas y entidades que trabajan e investigan en el campo los servicios sociales. Su periodicidad es semestral y está indexada en DIALNET.

— de carácter monográfico o más puntual, como comunicaciones y otras publicaciones también en acceso abierto.

5. Asesoramiento y apoyo a la gestión del conocimiento, investigación e innovación. El CDSSA mediante sus servicios de asesoramiento y apoyo se involucra activamente en el desarrollo del trabajo de todos los agentes del ámbito de los servicios sociales a través de sus servicios especializados:

— Comisión de Gestión del Conocimiento (CGC).

— Autorización de proyectos de investigación e innovación en materia de servicios sociales desarrollados en recursos de la Consejería.

— Formación de usuarios y alfabetización informacional (fuentes de información, uso y referencias de contenidos publicados, gestión de bibliografías personales/Grupos de trabajo, etc.).

— Servicio de información y referencia especializado atendiendo a todo tipo de consultas de información bibliográfica, fuentes de información y de los recursos disponibles en CDSSA.

— Orientación bibliográfica especializada y difusión selectiva de la Información (DSI). Elabora bibliografías especializadas, selecciona recursos por materias y genera boletines y alertas a personas usuarias y ofrece asesoramiento en recursos científicos y de investigación externos a la Consejería.

— Apoyo en la comunicación interna y externa de la organización.

— Apoyo y asistencia en relación a redes nacionales e internacionales.

6. Asesoramiento y apoyo a la gestión de proyectos. El CDSSA mediante sus servicios de asesoramiento a la gestión de proyectos se involucra activamente en el día a día de los departamentos de la Consejería ofreciendo:

— Asesoramiento para la normalización y la gestión documental.

— Asesoramiento y formación en competencias digitales.

— Asesoramiento y formación en estrategia y gestión de redes sociales.

7. Servicios de extensión. Los servicios de extensión comprenden todas las actividades que puedan llevarse a cabo fuera de la sede del CDSSA y en colaboración con otros agentes. No es un servicio sistematizado, pero se concibe, inicialmente, como complemento del resto de servicios, sobre todo, desde el punto de vista de las alianzas y la colaboración.

Derechos de la ciudadanía en relación con los servicios prestados:

En sus relaciones con la Administración Pública, la ciudadanía cuenta con un conjunto amplio de derechos reconocidos expresamente en la normativa de procedimiento administrativo, fundamentalmente en los artículos 13, 14, 15 y 53 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Además, en relación a los servicios prestados a la ciudadanía cuenta con los siguientes derechos específicos:

— Derecho al acceso a la información pública del SASS.

— Derecho de acceso a las colecciones y recursos.

— Derecho a que la información publicada esté actualizada, y sea veraz, completa y clara.

Presentación de sugerencias y quejas

La ciudadanía podrá presentar sugerencias (ideas con las que pretende mejorar los servicios que presta la Administración del Principado de Asturias o sus organismos y entes públicos, o alguno de sus procesos, o solicitudes para la prestación de servicios o actuaciones no ofrecidos), así como quejas (incidencias durante la prestación de un servicio por parte de la Administración del Principado de Asturias o sus organismos y entes públicos que produce en quien reclama la percepción de ineficacia o de actuación inadecuada) relacionadas con los servicios prestados por el CDSSA a través de las siguientes vías:

• En las Oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano, Oficinas de Asistencia en materia de Registro de las Consejerías del Principado de Asturias y por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas

• Por Internet, en el Registro Electrónico de la Administración del Principado de Asturias: https://sede.asturias.es (ficha con código SUGE0005T01).

A través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado

En el Registro electrónico de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Las quejas formuladas no tendrán, en ningún caso, la calificación de recurso administrativo ni su presentación interrumpirá los plazos establecidos en la normativa vigente.

Compromisos de calidad:

— El 80% de las consultas de información relacionada con los recursos y documentación del ámbito de servicios sociales serán atendidas en menos de 1 día hábil.

— El 80% de las peticiones de recursos/publicaciones del ámbito de servicios sociales serán atendidas en menos de 1 día hábil.

— El 80% de las peticiones de publicación en el portal temático socialasturias.asturias.es/redes sociales, por parte de profesionales, será atendida en menos de 1 día hábil.

Indicadores:

— Porcentaje de consultas de información relacionadas con recursos de información y contestadas en un plazo no superior a 1 día hábil.

— Porcentaje de peticiones de recursos de información/publicaciones del ámbito de servicios sociales en un plazo no superior a 1 día hábil.

— Porcentaje de peticiones de publicación en el portal temático socialasturias.asturias.es/redes sociales, por parte de profesionales en un plazo no superior a 1 día hábil.

Medidas de subsanación y modo de formular reclamaciones por incumplimiento de los compromisos

Las reclamaciones por incumplimiento de los compromisos declarados en esta carta podrán dirigirse al Servicio de Innovación y Cambio Social. En un plazo máximo de 30 días naturales el Servicio de Innovación y Cambio Social se dirigirá a la persona reclamante por el medio que esta haya especificado informando de las causas por las cuales el compromiso no se haya podido cumplir y de las medidas adoptadas, en su caso, para subsanar el incumplimiento denunciado.

El incumplimiento de los compromisos declarados en esta carta en ningún caso dará lugar a responsabilidad patrimonial de la Administración.

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