Resolución de 30 de abril de 2024, de la Consejería de Presidencia, Reto Demográfico, Igualdad y Turismo, por la que se declara decaído en su derecho a la contratación fija a un aspirante del proceso selectivo de Cocinero/a y se dispone la contratación laboral fija de un aspirante que le sustituye.

Vista la propuesta formulada por el Tribunal Calificador que juzgó el concurso-oposición, convocado por esta Administración Autonómica por Resolución de 10 de diciembre de 2020 (BOPA de 17/12/2020), para la provisión de 51 plazas de la categoría de Cocinero/a correspondientes a las Ofertas de Empleo Público de los años 2017, 2018 y 2019 en turno de promoción interna y turno de acceso libre tanto ordinario como para personas con discapacidad, en régimen de personal laboral fijo, teniendo en cuenta los siguientes

Antecedentes de hecho

Primero.—Por Resolución de esta Consejería de fecha 31 de agosto de 2023 se acordó la contratación laboral fija de los aspirantes que superaron el proceso selectivo entre los cuales se encontraba don José Ignacio Rodríguez González. Este aspirante en virtud de escrito de fecha 6 de septiembre de 2023 manifiesta su renuncia por motivos personales a la plaza obtenida en el proceso selectivo.

Segundo.—Los aspirantes que superaron el proceso selectivo, a excepción del referido aspirante que no llegó a formalizar contrato laboral fijo, se incorporaron a sus destinos el 27 de septiembre de 2023 tras la publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias de fecha 18 de septiembre de 2023 de la resolución por la que se acordó su contratación laboral fija.

Tercero.—Con fecha 11 de septiembre de 2023 se solicita del Área de Selección del Instituto Asturiano de Administración Pública "Adolfo Posada" la remisión del aspirante que había de sustituir al que había renunciado en la propuesta del tribunal calificador, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 30 del Decreto 68/1989, de 4 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de Selección e Ingreso de personal de la Administración del Principado de Asturias.

Por medio de oficio de fecha 20 de septiembre de 2023, se comunica por el Servicio de Selección que el aspirante que ha de sustituirlo es don Ángel Suárez Antón aspirante del turno de acceso libre. En dicho oficio también se comunica que otro aspirante que también concurrió al proceso selectivo por el turno de acceso libre, había interpuesto una demanda ante la Jurisdicción Social que de prosperar hubiera determinado que el candidato sustituto hubiera sido él.

Dicho procedimiento judicial concluye por medio de Decreto del Juzgado de lo Social n.º 6 de Oviedo, de fecha 22 de febrero de 2024, por el que se tiene por desistido al demandante en aquel procedimiento.

Cuarto.—El aspirante propuesto ha aportado la documentación exigida en las bases de la convocatoria y realizado la elección de destino entre los que le han sido propuestos.

Fundamentos de derecho

Primero.—Conforme establece el art. 14.c) de la Ley del Principado de Asturias 2/2023, de 15 de marzo, de Empleo Público, corresponde a la Consejería competente en materia de empleo público la contratación del personal laboral fijo.

Segundo.—De conformidad con lo establecido en el artículo 43.8 del V Convenio Colectivo para el personal laboral de la Administración del Principado de Asturias, firmado el día 5 de julio de 2005, la Administración una vez resuelto el procedimiento selectivo se compromete a publicar, con la mayor brevedad posible, la adjudicación de los destinos.

Tercero.—El artículo 6 apartado 1 de la Ley del Principado de Asturias 8/2018, de 14 de septiembre, obliga a hacer público en el Portal de Transparencia (artículo 11) "los procesos de selección del personal y provisión de puestos de trabajo. En especial, se publicarán las actas de los órganos selectivos y las resoluciones que pongan fin a los procesos correspondientes."

A tal efecto, se ha de dar traslado de esta Resolución a la Secretaría General Técnica de la Consejería de Presidencia, Reto Demográfico, Igualdad y Turismo, a fin de que, a través su Servicio competente en materia de transparencia, se disponga lo necesario para la publicación de esta resolución en el Portal de Transparencia de la Administración del Principado de Asturias, tal y como dispone el artículo 18.2.b) de la citada Ley 8/2018.

En base a lo expuesto, por la presente,

RESUELVO

Primero.—Declarar decaído en su derecho a la contratación laboral fija al aspirante don José Ignacio Rodríguez González por renuncia voluntaria.

Segundo.—Concertar contrato de trabajo de carácter fijo con el trabajador que figura en el anexo que acompaña a esta Resolución y adjudicar el destino, que tendrá el carácter de definitivo, en el Organismo que se cita en el mismo.

Tercero.—Una vez publicada la adjudicación de destino, la Administración procederá en un plazo máximo de 7 días a la firma del contrato, según establece el artículo 43.8 del V Convenio Colectivo para el personal laboral de la Administración del Principado de Asturias.

Cuarto.—Disponer la publicación de la presente Resolución en el Portal de Transparencia y en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 69 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social, frente a esta Resolución, que es definitiva en la vía administrativa, podrán interponer la correspondiente demanda ante los juzgados de lo social que correspondan a su centro de trabajo o, a su elección, los que correspondan a su domicilio si éste radica en el Principado de Asturias, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de notificación de esta Resolución. Ello, sin perjuicio de interponer cualquier otro que estime procedente.

Oviedo, 30 de abril de 2024.—La Consejera de Presidencia, Reto Demográfico, Igualdad y Turismo (por delegación, Resolución 02/04/2024, BOPA de 9/04/2024), el Director General de Empleo Público.—Cód. 2024-03911.

Anexo I

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