Resolución de 22 de abril de 2024, de la Consejería de Educación, por la que se dispone la ejecución de la sentencia firme dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Oviedo en el recurso contencioso-administrativo procedimiento abreviado 163/2022.
En recurso contencioso-administrativo, P. A. n.º 163/2022, interpuesto ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo n.º 1 de Oviedo, por L. F. V. frente a la Resolución de 25 de abril de 2022, de la Consejería de Educación, por la que se desestima la reclamación de responsabilidad patrimonial formulada por los daños y perjuicios consistentes en retribuciones dejadas de percibir como consecuencia del cese indebido en la plaza a tiempo completo en IES "Número 1" de Gijón (expte. RESP/2021/437), ha recaído Sentencia de dicho Juzgado, con fecha 27 de marzo de 2024, la cual ha adquirido firmeza, habiendo por ello de observarse, en orden a su ejecución, los trámites previstos en el artículo 26 del Decreto 20/1997, de 20 de marzo, por el que se regula la organización y funcionamiento del Servicio Jurídico del Principado de Asturias; en consecuencia,
RESUELVO
Primero.—Ejecutar en sus propios términos el fallo de la sentencia de referencia, cuyo tenor literal es el siguiente:
"Que estimo el recurso contencioso-administrativo objeto de estos autos, interpuesto por L. F. V. frente a la Resolución de la Consejería de Educación de fecha 25 de abril de 2022, dictada en el expediente RESP/2021/437 que acuerda la desestimación de la reclamación de responsabilidad patrimonial formulada por L. F. V., por los daños y perjuicios sufridos como consecuencia de un cese indebido en la plaza IES número 1 de Gijón, debido a la inexistencia de nexo causal entre el funcionamiento del servicio público educativo y el daño alegado. De modo que se anula y deja sin efecto la tal resolución; reconociendo y declarando el derecho de la demandante a ser indemnizada por los daños y perjuicios sufridos, lo que incluye el percibo de las retribuciones por jornada o tiempo completos dejadas de percibir desde su indebido cese de la plaza que ocupaba a tiempo completo en el IES número 1 de Gijón, el 22 de noviembre de 2020 hasta el 8 de enero de 2021, y a la puntuación y antigüedad o experiencia correspondientes al desempeño a tiempo o jornada completos durante ese tiempo en el que indebidamente no prestó servicios en dicho puesto o no los prestó a jornada completa, como igualmente a efectos de cotizaciones a la Seguridad Social y demás que correspondan; y condenando a la Administración demandada a estar y pasar por lo aquí fallado, con todos sus efectos legales. Con imposición de costas a la parte demandada, salvo el párrafo primero del apartado 4 del artículo 139 de la LJCA."
Segundo.—Ordenar la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.
Oviedo, a 22 de abril de 2024.—La Consejera de Educación, Lydia Espina López.—Cód. 2024-03734.