Resolución de 22 de abril de 2024, del Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias, por la que se dispone la ejecución de la sentencia dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 3 de Oviedo en el recurso contencioso-administrativo del procedimiento abreviado 223/2023.
SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS (SEPEPA)
Vista la sentencia n.º 00059/2024, dictada con fecha 27 de marzo de 2024 por el Juzgado Contencioso-Administrativo n.º 3 de Oviedo, en el recurso contencioso-administrativo, procedimiento abreviado n.º 223/2023, interpuesto por Comisiones Obreras de Asturias contra la resolución del Servicio Público de Empleo de 13 de septiembre de 2023 por la que se desestima el recurso de alzada interpuesto por Comisiones Obreras de Asturias contra la Resolución de SEPE de 30 de noviembre de 2022, por la que se acuerda la revocación parcial en la cuantía de la subvención concedida a dicha entidad por Resolución de 30 de noviembre de 2020 del Servicio Público de Empleo, para la realización de acciones de formación profesional para el empleo y asistencia para el autoempleo en el período 2020/2022 de la subvención concedida.
Considerando que dicha sentencia ha adquirido firmeza y, que en orden a su ejecución han de observarse los trámites establecidos en el artículo 26 del Decreto 20/97, de 20 de marzo, por el que se regula la organización y funcionamiento del Servicio Jurídico del Principado de Asturias, por la presente,
RESUELVO
Primero.—Ejecutar en sus propios términos el fallo de la sentencia de referencia, cuyo tenor literal es el siguiente:
"Que estimando como estimo el recurso contencioso-administrativo n.º 145/23, interpuesto por la representación procesal de Comisiones Obreras de Asturias contra la Resolución del Servicio Público de Empleo de 13 de septiembre de 2023 por la que se desestima el recurso de alzada interpuesto por Comisiones Obreras de Asturias contra la Resolución de SEPE de 30 de noviembre de 2022, debo declarar y declaro:
Primero.—La nulidad de los actos recurridos por no ser conformes con el Ordenamiento Jurídico, reconociendo el derecho de la actora a que se le abonen las cantidades pendientes de la subvención concedida, con sus intereses legales.
Segundo.—No se realiza especial pronunciamiento en cuanto a las costas.
Tercero.—Se fija como cuantía de este recurso la cantidad de 20.932,66 euros."
Segundo.—Proceder a la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Principado de Asturias
En Oviedo, a 22 de abril de 2024.—El Presidente del Servicio Público de Empleo.—Cód. 2024-03604.