Extracto de la Resolución de 24 de abril de 2024, de la Consejería de Educación, por la que se aprueba la lista definitiva de personas admitidas y excluidas en el procedimiento selectivo de estabilización para el ingreso mediante concurso-oposición en el cuerpo de Maestros (0597) a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
De acuerdo con lo previsto en la base cuarta de la Resolución de 19 de diciembre de la Consejería de Educación, se convoca procedimiento selectivo extraordinario de estabilización para el ingreso mediante concurso-oposición a los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria (0590), Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas (0592) y Maestros (0597), publicada en el BOPA núm. 249, de 30 de diciembre de 2022, se publica el extracto de la Resolución de 24 de abril de 2024, cuyo texto íntegro puede consultarse en la web educativa institucional del Principado de Asturias www.educastur.es
Primero.—Aprobar la lista definitiva de personas admitidas en el procedimiento selectivo extraordinario de estabilización para el ingreso mediante concurso-oposición en el cuerpo de Maestros (0597) a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, que se incorpora como anexo I a la presente resolución conforme a la distribución de aspirantes por tribunal y al orden de actuación para la práctica de los ejercicios.
Segundo.—Aprobar la lista definitiva de personas excluidas, que se relacionan como anexo II a la presente resolución.
Tercero.—De conformidad con lo previsto en las bases de la convocatoria se convoca a las personas aspirantes para la realización de la parte A de la prueba de la fase de oposición, el 22 de junio de 2024 a las 10 horas, en las sedes fijadas por Resolución de 5 de abril de 2024, de la Consejería de Educación, por la que se aprueba la designación de los Tribunales que han de juzgar el procedimiento selectivo extraordinario de estabilización para el ingreso mediante concurso-oposición en el cuerpo de Maestros (0597) a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
Este acto pone fin a la vía administrativa y contra el mismo cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en cuya circunscripción tenga la persona recurrente su domicilio o esté la sede del órgano autor del acto originario impugnado, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación, sin perjuicio de la posibilidad de previa interposición del recurso potestativo de reposición ante el titular de la Consejería en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación, no pudiendo simultanearse ambos recursos, conforme a lo establecido en el artículo 28 de la Ley del Principado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre régimen jurídico de la Administración del Principado de Asturias, y en el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro que estimen oportuno.
En Oviedo, a 24 de abril de 2024.—El Director General de Personal Docente.—Cód. 2024-03801.