Anuncio. Nombramiento de Agente de Desarrollo Local en Bimenes, tras celebración del proceso selectivo en el marco de la estabilización de empleo temporal, conforme lo establecido en la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.
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Habiendo concluido el procedimiento selectivo para cubrir una plaza de Agente Desarrollo Local en Bimenes como personal laboral fijo de esta entidad, en el marco del proceso de Estabilización de empleo temporal, mediante Resolución de la Presidencia núm. 270/2024 de 18 de abril de 2024 se acordó nombrar a D. Daniel Cueli Canto para ocupar dicha plaza.
Conforme a lo establecido en la cláusula décima de las bases generales y de las específicas reguladoras de este proceso, se requiere a D. Daniel Cueli Canto para firmar el contrato laboral correspondiente dentro del plazo de un mes desde la presente publicación.
Asimismo, en base a lo establecido en la cláusula undécima de las bases generales y de las específicas de este proceso selectivo en la misma resolución de la Presidencia citada se procedió a constituir una bolsa de empleo temporal de Agente Desarrollo Local en Bimenes con los/as aspirantes admitidos/as no propuestos como personal laboral fijo, con el siguiente orden conforme a la puntuación obtenida:
1. García Fernández, Raquel (DNI ***6687**)
2. Inocencio Leite, Isaura María (DNI ***7475**)
3. Álvarez Santos, María Elena (DNI***6248**)
4. Dimitrova Mollova, Nikolina (DNI ***9504**)
5. Pardo Domínguez, María del Carmen (DNI***8216**)
6. Manzano Iglesias, Vanesa (DNI***0219**)
7. Rodríguez Fernández, María Oliva (DNI***6904**)
Régimen de recursos: Contra la resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien recurso contencioso-administrativo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.1.e) de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de dicha publicación, significándose que, en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer el contencioso-administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo, no pudiendo simultanearse ambos recursos. Todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro recurso que estimen oportuno.
En Paraes (Nava), a 19 de abril de 2024.—El Presidente.—Cód. 2024-03490.