Resolución de 23 de abril de 2024, de la Consejería de Transición Ecológica, Industria y Desarrollo Económico, por la que se aprueba el programa anual de objetivos y se convoca para su provisión por el sistema de libre designación, la Subdirección General de Cambio Climático y Economía Circular.

Vacante la Subdirección General de Cambio Climático y Economía Circular, y resultando necesario proceder a su provisión, por el procedimiento de libre designación, de acuerdo con lo previsto en los artículos 10.6 y 65.2.a) de la Ley del Principado de Asturias 2/2023, de 15 de marzo, de Empleo Público y el artículo 4 del Reglamento de Personal Directivo de la Administración del Principado de Asturias, aprobado por el Decreto 9/2024, de 2 de febrero,

RESUELVO

Primero.—Aprobar el programa anual de objetivos de la Subdirección General de Cambio Climático y Economía Circular en los términos descritos en el anexo I.

Segundo.—Convocar para su provisión por el sistema de libre designación la Subdirección General de Cambio Climático y Economía Circular que se describe en el anexo II, de acuerdo con la configuración que consta en la relación de puestos directivos, y con arreglo a las bases que se detallan en el anexo III.

Tercero.—Este acto pone fin a la vía administrativa y contra el mismo cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Oviedo, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación, sin perjuicio de la posibilidad de previa interposición del recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación, no pudiendo simultanearse ambos recursos, conforme a lo establecido en el artículo 28 de la Ley del Principado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias, y en el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro que estimen oportuno.

En Oviedo, 23 de abril de 2024.—La Consejera de Transición Ecológica, Industria y Desarrollo Económico, Nieves Roqueñí Gutiérrez.—Cód. 2024-03582.

Anexo I

PROGRAMA ANUAL DE OBJETIVOS

Conforme a lo previsto en el artículo 15 del Decreto 86/2023, de 18 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Consejería de Transición Ecológica, Industria y Desarrollo Económico, corresponde a la Subdirección General de Cambio Climático y Economía Circular, que dependerá directamente de la persona titular de la Consejería, la dirección, desarrollo e implantación de las políticas de acción por el clima y de economía circular en el marco de las estrategias del gobierno, incluido el desarrollo de proyectos innovadores en estas materias. Asimismo le corresponderá dirigir e implantar la planificación estratégica y el desarrollo normativo en relación con el cambio climático, la calidad del aire, los residuos y la economía circular en la Comunidad Autónoma.

Igualmente llevará a cabo actuaciones para mejorar el conocimiento sobre el cambio climático, su prevención, mitigación y la adaptación al mismo, y su coordinación con las políticas sectoriales relacionadas, en el marco de la Comisión de Coordinación de Acción por el Clima del Principado de Asturias.

La Subdirección General de Cambio Climático y Economía Circular se encargará de ejecutar proyectos y actividades para fomentar la información ambiental y el acceso a la misma, y promover actuaciones de sensibilización y concienciación en materia ambiental y de transición hacia una economía más ecológica y baja en carbono.

La Subdirección ejecutará los planes, proyectos y objetivos establecidos por el titular de la Consejería, definidos por las notas de especialidad, responsabilidad y confianza e impulsará las decisiones adoptadas en este ámbito, coordinando y promoviendo todas aquellas iniciativas orientadas a la adaptación y lucha contra el cambio climático y planificación y desarrollo de la economía circular.

En atención a dichas previsiones del Decreto 86/2023, el Programa Anual de Objetivos correspondiente a la primera anualidad de la Subdirección General de Cambio Climático y Economía Circular es el siguiente:

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Anexo II

CARACTERÍSTICAS ESENCIALES DE LA SUBDIRECCIÓN GENERAL

— Dependencia orgánica: persona titular de la Consejería de Transición Ecológica, Industria y Desarrollo Económico.

— Denominación: Subdirección General de Cambio Climático y Economía Circular.

— Requisitos para su desempeño: La singularidad de las funciones a desarrollar exigen una especial cualificación y exceden del ámbito reservado al personal funcionario, lo que, unido a su carácter contingente y temporal, justifican la exención de la obligación de que la presente Subdirección sea cubierta por personal funcionario.

— Titulación: ingeniería de minas o máster universitario en una titulación que habilite para el ejercicio de la profesión de ingeniería de minas, o ingeniería industrial o máster universitario en una titulación que habilite para el ejercicio de la profesión de ingeniería industrial.

— Nivel de complemento de destino: 30.

— Complemento específico: tipo C.

— Sector: 6 Medio ambiente.

— Subsectores: 15 Gestión medioambiental.

— Funciones: Dirección, desarrollo e implantación de las políticas de acción por el clima y de economía circular en el marco de las estrategias del gobierno, incluido el desarrollo de proyectos innovadores en estas materias. Asimismo le corresponderá dirigir e implantar la planificación estratégica y el desarrollo normativo en relación con el cambio climático, la calidad del aire, los residuos y la economía circular en la Comunidad Autónoma. Igualmente llevará a cabo actuaciones para mejorar el conocimiento sobre el cambio climático, su prevención, mitigación y la adaptación al mismo, y su coordinación con las políticas sectoriales relacionadas, en el marco de la Comisión de Coordinación de Acción por el Clima del Principado de Asturias. Se encargará de ejecutar proyectos y actividades para fomentar la información ambiental y el acceso a la misma, y promover actuaciones de sensibilización y concienciación en materia ambiental y de transición hacia una economía más ecológica y baja en carbono. Ejecutará los planes, proyectos y objetivos establecidos por el titular de la Consejería, definidos por las notas de especialidad, responsabilidad y confianza e impulsará las decisiones adoptadas en este ámbito, coordinando y promoviendo todas aquellas iniciativas orientadas a la adaptación y lucha contra el cambio climático y planificación y desarrollo de la economía circular.

— Vigencia temporal: cuatro años desde el nombramiento del titular (artículo 15.3 del Decreto 26/2023, de 18 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Consejería de Transición Ecológica, Industria y Desarrollo Económico).

— Acuerdo del Consejo de Gobierno de 8 de marzo de 2024 por el que se aprueba la relación de puestos directivos (BOPA del 11 de marzo de 2024).

— Régimen jurídico sustantivo de aplicación: la regulación del personal directivo y de las subdirecciones generales prevista en la Ley del Principado de Asturias 2/2023, de 15 de marzo, de Empleo Público; la Ley del Principado de Asturias 8/1991, de 30 de julio, de Organización; el Reglamento de Personal Directivo de la Administración del Principado de Asturias, aprobado por el Decreto 9/2024, de 2 de febrero.

Anexo III

BASES

Primera.—Condiciones de participación.

Podrá participar en la presente convocatoria las personas que reúna los requisitos de participación exigidos para el puesto derivados de su configuración., tal como vienen recogidos en la relación de puestos directivos y el anexo II.

Segunda.—Solicitudes y plazos.

1. Las solicitudes se dirigirán a la persona titular de la Consejería de Transición Ecológica, Industria y Desarrollo Económico, mediante instancia conforme al modelo normalizado disponible en la sede electrónica de la Administración del Principado de Asturias https://sede.asturias.es, que se podrá obtener introduciendo el código correspondiente en el buscador de la cabecera (situado en la parte superior derecha de la página):

— Provisión de puesto de Subdirector/a General de Cambio Climático y Economía Circular: código RRHH0029T03

2. El plazo de presentación de la instancia, junto con los documentos que la deban acompañar, será de quince días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, y se efectuará dicha presentación en el Registro General del Principado de Asturias o en la forma prevista en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas

Tercera.—Valoración de los criterios de idoneidad.

Los criterios que se tendrán en cuenta para la valoración del mérito, la capacidad y la idoneidad de las personas aspirantes, serán los siguientes:

• Experiencia en el desempeño de funciones directivas. A los efectos de su valoración en este apartado, se tendrá en cuenta la experiencia adquirida por el ejercicio de las siguientes responsabilidades:

a) Todas aquellas, debidamente acreditadas, destinadas a la planificación, la organización, la coordinación y el control de los recursos humanos y materiales y actividades de una organización.

b) En el caso de que dichas funciones directivas hayan sido ejercidas en el marco de una Administración Pública, se considerarán todas aquellas ejercidas en niveles 30, y aquellas de niveles superiores con funciones atribuidas de dirección, programación, coordinación, impulso y evaluación de la actuación administrativa.

c) Vocalías o presidencias de juntas directivas, juntas asesoras o consejos de administración de empresas u organismos públicos y privados.

• Formación específica. Además de la titulación específica (Ingeniería Superior de Minas o Industriales), se valorarán las titulaciones oficiales de máster universitario o doctorado en materias medioambientales relacionadas con el cambio climático, la calidad del aire y la economía circular.

• Conocimiento del sector público. Se valorará la experiencia como empleado público del Cuerpo Superior de Ingenieros de Minas o del Cuerpos Superior de Ingenieros Industriales del Estado, del Cuerpo de Técnicos/as Superiores, Escala de Ingenieros/as Superiores de Minas del Principado de Asturias, o cualquier equivalente de otra administración en departamentos competentes en materia de cambio climático, calidad del aire y economía circular en ámbitos internacionales, nacionales o regionales.

• Se valorará la experiencia en la coordinación y gestión de asuntos y procesos internacionales de carácter europeo y global relacionados con los objetivos y materias de la plaza.

A los efectos de su valoración, la persona aspirante deberá justificar la concreta experiencia que se alega, con referencia al ámbito funcional de la Subdirección General.

Cuarta.—Acreditación de requisitos y méritos.

1. La fecha de referencia para el cumplimiento de los requisitos exigidos será la de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del Principado de Asturias y deberán mantenerse hasta la resolución del procedimiento de provisión. Los datos declarados en la instancia serán objeto de comprobación. A tal fin, se incorporará de oficio al expediente la certificación de los datos disponibles en el Registro de Personal de la Administración del Principado de Asturias.

2. La persona aspirante aportará junto a la instancia:

a) Memoria relacionada con el cumplimiento del programa anual de objetivos y con las funciones del puesto. Se incluirá una memoria consistente en un estudio elaborado por la persona aspirante relacionado con el contenido funcional del puesto, sus características, los planes y programas objeto del puesto, las acciones propuestas para el cumplimiento del programa anual de objetivos y evaluación, y todas aquellas otras cuestiones que la persona aspirante considere de interés o importancia, incluida su adecuación a los requisitos establecidos para su desempeño. La extensión de la memoria no podrá exceder de 10 folios tamaño A4 por una sola cara, formato de letra Times New Roman 12 e interlineado sencillo.

b) Currículum vítae, con expresión de los méritos alegados, especialmente en relación con los criterios de idoneidad expuestos en la base tercera. Los méritos alegados deberán ser explicados en la medida que la persona aspirante considera necesario para su valoración, y justificados documentalmente para su toma en consideración. No tendrán que ser aportados aquellos méritos que ya obren en poder de la Administración y la persona aspirante solicite que sean incorporados de oficio.

3. Sin perjuicio de lo dispuesto en los apartados precedentes, el órgano competente se reserva la facultad de solicitar cuanta documentación y aclaraciones estime necesarias, incluida la celebración de entrevistas personales con las personas aspirantes, para constatar la certidumbre de los méritos alegados.

Quinta.—Nombramiento, publicación y toma de posesión.

1. Tras verificar que las personas aspirantes reúnen los requisitos exigidos en la convocatoria, la persona titular de la Consejería de Transición Ecológica, Industria y Desarrollo Económico resolverá el nombramiento, valorando el mérito, la capacidad y la idoneidad de cada uno de ellos.

2. El nombramiento habrá de realizarse o, en su caso, declararse la convocatoria desierta, de forma motivada por referencia a los criterios de idoneidad y el resto de aspectos que sean susceptibles de valoración de acuerdo con la convocatoria.

3. La convocatoria finalizará mediante Resolución de la Consejera de Transición Ecológica, Industria y Desarrollo Económico, que se publicará en el Boletín Oficial del Principado de Asturias y en el Portal de Transparencia de la Administración del Principado de Asturias, en la que figurará la identificación de la persona nombrada o la declaración de convocatoria desierta, refiriendo que la motivación de la decisión adoptada forma parte del expediente administrativo.

El plazo máximo para la resolución será de dos meses desde la publicación de la convocatoria.

4. El plazo para la toma de posesión en el nuevo puesto será de dos días hábiles desde su publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.

El cómputo de los plazos posesorios se iniciará cuando finalicen los permisos o licencias que en su caso hubieran sido concedidos al interesado con anterioridad a la resolución de la convocatoria.

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