Resolución de 15 de abril de 2024, de la Consejería de Ciencia, Empresas, Formación y Empleo, por la que se ordena la inscripción del acuerdo de adhesión de la empresa Atox Sistemas de Almacenaje, S. A., al convenio colectivo para la Industria del Metal del Principado de Asturias, en el Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad dependiente de la Dirección General de Empleo y Asuntos Laborales.

Vista la solicitud de inscripción del Acuerdo de Adhesión de la empresa Atox Sistemas de Almacenaje, S. A., expediente AD-001/2024 (Código 33100062022024) al convenio colectivo para la Industria del Metal del Principado de Asturias, código 33000695011979, a través de medios electrónicos ante el Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad del Principado de Asturias, el de 11 de abril de 2024, y de conformidad con lo dispuesto en el art. 92 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad, en uso de las facultades conferidas por Resolución de 3 de octubre de 2023, por la que se delegan competencias del titular de la Consejería de Ciencia, Empresas, Formación y Empleo en la persona titular de la Dirección General de Empleo y Asuntos Laborales, por la presente,

RESUELVO

Ordenar su inscripción en el Registro de convenios y acuerdos colectivos y planes de igualdad de trabajo del Principado de Asturias, con funcionamiento a través de medios electrónicos, dependiente de la Dirección General de Empleo y Asuntos Laborales, así como su depósito y notificación a la Comisión Negociadora.

Oviedo, a 15 de abril de 2024.—La Directora General de Empleo y Asuntos Laborales (P. D. autorizada en Resolución de 3 de octubre de 2023, publicada en el BOPA núm. 195, de 10-X-2023).—Cód. 2024-03326.

ACTA DE LA REUNIÓN FINAL

COMITÉ DE EMPRESA-DIRECCIÓN ATOX SISTEMAS DE ALMACENAJE, S. A.

Gijón, a 15 de diciembre de 2023.

Por la empresa, asisten las siguientes personas:

Fernando Sáez Negrillo, Consejero delegado de Atox Sistemas de Almacenaje, S. A.

Ana Álvarez Campo, Directora financiera de Atox Sistemas de Almacenaje, S. A.

Juan García Martín, Director de Operaciones de Sistemas de Almacenaje, S. A.

Alejandro Díaz Rico, Técnico de RR. HH. de Atox Sistemas de Almacenaje, S. A.

Oscar Almanza Álvarez, Asesor externo de Atox Sistemas de Almacenaje, S. A.

Por la parte social, los presentes son:

Gonzalo Martínez Fuentes, Sindicato USO.

Adrián Funes González, Sindicato USO.

Adrián Morán Herrero, Sindicato UGT.

Macarena Torres Coro, Asesora Externa por el Sindicato USO.

Siendo las 10:20 horas, se da comienzo a la última reunión del período de negociaciones para tratar la adhesión al Convenio Colectivo para la Industria del Metal del Principado de Asturias, determinando que sea Óscar Almanza Álvarez la persona que elabore el acta de ésta.

Que las partes han alcanzado los acuerdos que a continuación se transcriben:

1. Migración al Convenio Colectivo para la Industria del Metal del Principado de Asturias.

Ambas partes acuerdan que en lo sucesivo resulte de aplicación el Convenio Colectivo para la Industria del Metal del Principado de Asturias, y se comprometen a adaptar la estructura salarial y las retribuciones actuales a dicho Convenio.

Que la migración al Convenio referido surtirá efectos a partir del próximo día 1 de enero de 2024, quedando sin efecto el Convenio de Empresa que venía siendo de aplicación con efectos al día 31 de diciembre de 2023.

2. Mejoras con respecto al convenio aplicable.

Para aquellos trabajadores que perciban retribuciones superiores a las de las tablas salariales del convenio al que se migra, y cuya retribución haya venido vinculada a la tabla salarial del Convenio Colectivo de Empresa, se establecerá un complemento personal, de cuantía fija, equivalente al importe de la diferencia entre la retribución establecida para el año 2023 en el Convenio de Metal del Principado de Asturias, y la que venía percibiendo según la retribución especificada para el año 2023 en el Convenio de Empresa.

Dicho complemento no será absorbible ni compensable por futuros incrementos salariales y se devengará por primera vez en el mes de enero de 2024.

3. Flexibilidad horaria.

Se acuerda que, para los puestos englobados en el Departamento de Oficina, la empresa fomentará la flexibilidad horaria, que será negociada a petición del trabajador que lo solicite.

4. Descanso en jornada de trabajo.

El descanso de quince minutos de aquellos trabajadores que prestan servicios en jornada continuada se incluye como parte de la jornada efectiva de trabajo —salvo para la prima de productividad—, y habrá de ser disfrutado dentro de la franja horaria que se determine en cada departamento, y siempre antes de la sexta hora de trabajo.

5. Vacaciones.

El período de vacaciones será disfrutado según Convenio, y principalmente en dos períodos, una quincena a determinar por la empresa (que podría coincidir con la segunda quincena de agosto, en que cierra habitualmente para mantenimiento), y otra quincena a determinación del trabajador, que podrá ser distribuida en dos períodos.

6. Permisos no retribuidos.

Se pactan dos días más de los establecidos en el actual texto del Convenio Colectivo de Metal del Principado de Asturias, y para su disfrute se habrá de preavisar con al menos quince días de antelación, salvo situaciones imprevistas.

7. Pago de salarios. Anticipos.

El pago de los salarios se llevará a efecto, a lo sumo, el último día de cada mes.

El trabajador que lo solicite antes del día 15 de cada mes tendrá derecho a percibir un anticipo del salario devengado en el mes, y que la empresa deberá hacer efectivo mediante transferencia bancaria el día 17. Se establece un máximo de un único anticipo mensual por trabajador.

La empresa se reserva el derecho a denegar las solicitudes de anticipos cuando, por acumulación de peticiones, su aprobación y abono pudiera suponer un problema de tesorería para la mercantil.

8. Categorías profesionales.

Se llevará a cabo la adaptación de las categorías y/o niveles profesionales a las definidas en el Convenio Colectivo de Metal del Principado de Asturias.

Se establecerán unos parámetros para llevar a cabo, a principios de año, la revisión de las categorías y niveles profesionales que procedan.

9. Plantilla.

La empresa adecuará la plantilla a las necesidades reales, conformando una plantilla estable, valorando contrataciones directas.

Con la ratificación de los pactos previamente transcritos se dan por finalizadas las negociaciones, dando la reunión por finalizada a las 12:45 horas.

Fdo. Fernando Sáez Negrillo

Fdo. Gonzalo Martínez Fuentes

Fdo. Ana Álvarez Campo

Fdo. Adrián Morán Herrero

Fdo. Juan García Martín

Fdo. Adrián Funes González

Fdo. Alejandro Díaz Rico

Fdo. Macarena Torres Coro

Fdo. Óscar Almanza Álvarez

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