Resolución de 11 de abril de 2024, de la Consejería de Ordenación de Territorio, Urbanismo, Vivienda y Derechos Ciudadanos, por la que se aprueba el Plan Anual de Contratación de la Consejería del año 2024.

La Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, dispone en su artículo 28.4 que "las entidades del sector público programarán la actividad de contratación pública, que desarrollarán en un ejercicio presupuestario o períodos plurianuales y darán a conocer su plan de contratación anticipadamente mediante un anuncio de información previa previsto en el artículo 134 que al menos recoja aquellos contratos que quedarán sujetos a una regulación armonizada".

El Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), establece como gestión del mismo, entre otros, la planificación estratégica y la transparencia. Es por tanto que en el plan se recogen las actuaciones que se van a desarrollar en ejecución del citado Plan, aprobado por la Comisión Europea para su financiación a través de los fondos NextGeneration EU en el ámbito de la Consejería de Ordenación de Territorio, Urbanismo, Vivienda y Derechos Ciudadanos.

En cumplimiento de lo dispuesto en la normativa señalada, el Plan Anual de Contratación recoge las propuestas y necesidades de contratación de obras, servicios y suministros, con independencia de que estén sujetos o no a regulación armonizada, de los diferentes Servicios de la Consejería. El anuncio de licitación o anuncio previo de licitación relativo a los mismos se deberá publicar hasta el 31 de diciembre de 2024, independientemente de que la ejecución de la actividad de la contratación pública se vaya a desarrollar en el ejercicio presupuestario 2024 o en un período plurianual.

El Decreto 22/2023, de 31 de julio, del Presidente del Principado de Asturias, de reestructuración de las Consejerías que integran la Administración de la Comunidad Autónoma, crea la Consejería de Ordenación de Territorio, Urbanismo, Vivienda y Derechos Ciudadanos. La entrada en vigor del Decreto 75/2023, de 18 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Consejería de Ordenación de Territorio, Urbanismo, Vivienda y Derechos Ciudadanos, supone el inicio de actividad de un nuevo órgano de contratación, y requiere la adaptación de la planificación de su actividad contractual, toda vez que anteriormente estaba residenciada en otras Consejerías.

Es por ello que, en aras a una garantía efectiva de los principios de libertad de acceso a las licitaciones, publicidad y transparencia de los procedimientos, no discriminación e igualdad de trato entre licitadores, así como a la consecución -en conexión con el objetivo de estabilidad presupuestaria y control de gasto, y el principio de integridad-, de una eficiente utilización de los fondos destinados a la realización de obras, la adquisición de bienes y la contratación de servicios, y una mayor predictibilidad de la actividad de compra pública, se diseña el presente Plan de Contratación de la Consejería de Ordenación de Territorio, Urbanismo, Vivienda y Derechos Ciudadanos, comprensivo de todos los contratos de obras, servicios, suministros, y concesiones de servicios, con independencia de que estén o no sujetos a regulación armonizada, cuyo anuncio de licitación o anuncio previo de licitación está previsto publicar hasta el 31 de diciembre de 2024, independientemente de que su ejecución se vaya a desarrollar en el citado ejercicio presupuestario o en un período plurianual.

También, se entiende imprescindible conectar este plan con la concreta asignación de recursos reflejada en el tomo 9: anexo de Inversiones, que acompaña al texto articulado del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Principado de Asturias para 2024, en cuanto que reflejo económico de los objetivos del Gobierno. Por consiguiente, en él también se incluyen aquellos procedimientos de contratación sujetos al derecho privado, como son las licitaciones para la constitución de derechos de superficie en propiedades de la administración autonómica para la ejecución de viviendas y usos complementarios.

El Plan Anual no es vinculante para el órgano de contratación, sino un instrumento informativo, pues no obliga a licitar todos los contratos que se recogen en el mismo, o hacerlo con las condiciones concretas señaladas.

Una vez aprobado por el órgano de contratación se procederá a su publicación, tanto en el perfil del contratante como en el Portal de la Transparencia de la Administración del Principado de Asturias, de acuerdo con los principios establecidos en la Ley del Principado de Asturias 8/2018, de 14 de septiembre, de Transparencia, Buen Gobierno y Grupos de Interés.

La Secretaría General Técnica de esta Consejería a través del Servicio de Apoyo Técnico, Contratación y Tramitación Presupuestaria, elaborará un informe anual sobre el desarrollo y ejecución del Plan durante el primer trimestre del año 2025.

En base a las previsiones efectuadas por los órganos centrales de esta Consejería, en uso de las competencias atribuidas como órgano de contratación de acuerdo con el artículo 37 de la Ley 2/1995, de 13 de marzo, sobre régimen jurídico de la Administración del Principado de Asturias, por la presente,

RESUELVO

Primero.—Aprobar el Plan Anual de Contratación de la Consejería de Ordenación de Territorio, Urbanismo, Vivienda y Derechos Ciudadanos que se incorpora como anexo a la presente resolución.

Segundo.—Disponer su publicación en el perfil del contratante de este órgano (Plataforma de Contratación del Sector Público) y en el portal de la transparencia de la Administración del Principado de Asturias.

Oviedo, a 11 de abril de 2024.—El Consejero de Ordenación de Territorio, Urbanismo, Vivienda y Derechos Ciudadanos.—Cód. 2024-03263.

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