Anuncio. Delegación de competencias para celebración de matrimonio civil.
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Vista la solicitud en el marco del expediente municipal núm. 389/2024, de celebración de matrimonio civil el próximo día 12 de octubre de 2024, a las 13.30 horas.
Visto lo señalado sobre la celebración del matrimonio civil por los Ayuntamientos en el artículo 57 del Código Civil.
En uso de las facultades que me atribuye la legislación vigente, en especial en el artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, y lo señalado en materia de delegaciones en el artículo 21.3 de la citada Ley y en los artículos 43 y 45 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.
RESUELVO
Primero.—Delegar en la Concejal D.ª M.ª José Miranda Fernández, las competencias para celebración del matrimonio civil que tendrá lugar el día 12 de octubre de 2024, a las 13.30 horas, correspondiente al expediente n.º 389/2024.
Segundo.—Dar traslado de esta resolución a los que figuren como interesados en el expediente, a la Concejal y al Pleno en la primera sesión que se celebre.
Tercero.—Ordenar la publicación de la delegación en el BOPA.
Grado, 11 de abril de 2024.—El Alcalde.—Cód. 2024-03239.