Resolución de 9 de abril de 2024, de la Consejería de Hacienda y Fondos Europeos, por la que se dispone la ejecución de la sentencia dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 5 de Oviedo, en el procedimiento abreviado 82/2023, interpuesto por don J. C. S. G.

ENTE PÚBLICO DE SERVICIOS TRIBUTARIOS DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo n.º 5 de Oviedo ha dictado sentencia de fecha 23 de febrero de 2024, en el recurso contencioso-administrativo n.º 82/2023, interpuesto contra la Resolución de la Consejería de Hacienda del Principado de Asturias, de fecha 9 de enero de 2023, desestimatoria de la reclamación económico-administrativa interpuesta contra la resolución desestimatoria del recurso de reposición presentado contra providencia de apremio dictada por el Área de Recaudación por el concepto de "Multa Ley Seguridad Vial del Ayuntamiento de Oviedo".

La referida sentencia ha adquirido firmeza y en orden a su ejecución han de seguirse los trámites establecidos en el artículo 26 del Decreto 20/1997, de 20 de marzo, por el que se regula la organización y funcionamiento del Servicio Jurídico del Principado de Asturias.

En consecuencia, por la presente,

RESUELVO

Primero.—Ejecutar en sus propios términos el fallo de la sentencia de referencia, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:

"Que debo estimar y estimo el recurso contencioso-administrativo interpuesto por don J. C. S. G. contra la Resolución de la Consejería de Hacienda del Principado de Asturias de 9 de enero de 2023, desestimatoria de la reclamación económico-administrativa 2022/0340, interpuesta contra la resolución desestimatoria del recurso de reposición presentado contra la providencia de apremio dictada por el Área de Recaudación de los Servicios Tributarios del Principado de Asturias por el concepto de "Multa Ley Seguridad Vial del Ayuntamiento de Oviedo", expediente municipal 18640/2020, y la anulo por no ser ajustada a derecho, declarando el derecho del recurrente a ser reintegrado de la cantidad abonada por tal concepto, más el interés legal hasta su completa devolución.

Sin especial pronunciamiento sobre las costas."

Segundo.—Ordenar la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.

Oviedo, a 9 de abril de 2024.—El Consejero de Hacienda y Fondos Europeos.—Cód. 2024-03182.

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