Resolución de 9 de abril de 2024, de la Consejería de Hacienda y Fondos Europeos, por la que se dispone la ejecución de la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Asturias, en el recurso de apelación 137/2023, interpuesto por don F. J. L. F.

ENTE PÚBLICO DE SERVICIOS TRIBUTARIOS DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias ha dictado Sentencia de fecha 12 de diciembre de 2023, en el recurso de apelación n.º 137/2023, interpuesto contra la sentencia dictada en fecha 13 de marzo de 2023 por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo n.º 1 de Gijón en el P. O. n.º 350/2022, por la que se desestimó el recurso contencioso-administrativo interpuesto contra la resolución de la Consejería de Hacienda del Principado de Asturias, de fecha 22 de septiembre de 2022, desestimatoria de solicitud de declaración de nulidad de pleno derecho relativa a actos dictados por el Área de Recaudación.

La referida Sentencia ha adquirido firmeza y en orden a su ejecución han de seguirse los trámites establecidos en el artículo 26 del Decreto 20/1997, de 20 de marzo, por el que se regula la organización y funcionamiento del Servicio Jurídico del Principado de Asturias.

En consecuencia,

RESUELVO

Primero.—Ejecutar en sus propios términos el fallo de la sentencia de referencia, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:

"Por todo lo expuesto, en nombre del Rey y por la autoridad que le confiere la Constitución, esta Sala ha decidido: Desestimar el recurso de apelación formulado por la representación de don F. J. L. F. frente a la sentencia dictada el 13 de marzo de 2023 por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. Uno de Gijón por la que se desestimó el recurso contencioso-administrativo interpuesto contra la resolución de 22 de septiembre de 2022 dictada por la Consejería de Hacienda del Principado de Asturias (expediente RN 7/2018), desestimatoria de la solicitud de declaración de nulidad de pleno derecho.

Se imponen las costas al apelante con el límite máximo de 300 euros."

Segundo.—Ordenar la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.

Oviedo, a 9 de abril de 2024.—El Consejero de Hacienda y Fondos Europeos.—Cód. 2024-03184.

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