Acuerdo de 12 de abril de 2024, del Consejo de Gobierno, por el que se nombran notarias del Principado de Asturias.

Visto el expediente instruido por la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, dependiente del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, para la provisión de notarías vacantes por concurso ordinario, convocado por resolución de 19 de febrero de 2024 (BOE de 26 de febrero de 2024) y resuelto por resolución de 25 de marzo de 2024 (BOE de 2 de abril de 2024), de conformidad con lo establecido en el artículo 13 del Estatuto de Autonomía del Principado de Asturias y con lo dispuesto en los artículos 23, 88 y demás concordantes del vigente Reglamento Notarial, a propuesta del Consejero de Hacienda y Fondos Europeos, el Consejo de Gobierno,

ACUERDA

Primero.—Nombrar a las notarias que se señalan a continuación:

Notaría

Notaria

— Oviedo

Doña Elena García-Argüelles Farpón

— Siero

Doña Marina Navarro Martínez

Segundo.—Disponer la publicación del presente acuerdo en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.

Contra este Acuerdo que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su publicación. Todo ello sin perjuicio de la posibilidad de interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición, ante el mismo órgano que dictó el acto, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación, conforme a lo previsto en el artículo 28 de la Ley del Principado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias, en conexión con el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas, en cuyo caso no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo, y sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro que estimen oportuno.

Dado en Oviedo, a 4 de abril de 2024.—El Consejero de Hacienda y Fondos Europeos, Guillermo Peláez Álvarez.—Cód. 2024-03330.

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