Resolución de 10 de abril de 2024, de la Consejería de Presidencia, Reto Demográfico, Igualdad y Turismo, por la que se convoca para su provisión por el sistema de libre designación un puesto de trabajo de Secretario/a de Despacho del Instituto Asturiano de Administración Pública "Adolfo Posada".

Vacante el puesto de Secretario/a de Despacho I. A. A. P. " Adolfo Posada" y siendo necesaria su provisión, por la presente y de conformidad con lo previsto en los artículos 16 y 65 de la Ley del Principado de Asturias 2/2023, de 15 de marzo, de Empleo Público, y en los artículos 3 y 21 del Reglamento de Provisión de Puestos de Trabajo, Promoción Profesional y Promoción Interna de los Funcionarios de la Administración del Principado de Asturias, aprobado por Decreto 22/1993, de 29 de abril

RESUELVO

Primero.—Convocar para su provisión por el sistema de libre designación el puesto de trabajo de Secretario/a de Despacho I. A. A. P. "Adolfo Posada", cuya configuración y funciones se describen en el anexo I de la presente resolución, de acuerdo con lo previsto en la vigente relación de puestos de trabajo.

Segundo.—Aprobar las siguientes reglas que han de regir la convocatoria, complementarias de lo dispuesto en la Ley 2/2023, de 15 de marzo, y en el Decreto 22/1993, de 29 de abril, anteriormente mencionados:

1. Condiciones de participación.

Podrán formular solicitudes quienes se hallen vinculados a la Administración del Principado de Asturias por una relación de empleo funcionarial de carácter permanente y pertenezcan al Subgrupo C1 o al Subgrupo C2 y que reúnan todos y cada uno de los requisitos de participación exigidos para el puesto, tal como vienen recogidos en el anexo I.

2. Solicitudes y plazos.

2.1. Las solicitudes se dirigirán a la titular de la Dirección del Instituto Asturiano de Administración Pública "Adolfo Posada", mediante instancia en la que se harán constar los datos personales del solicitante, la plaza de la que sea titular en la Administración del Principado de Asturias u otra, el destino actual del solicitante y el puesto al que opta.

2.2. A la instancia los interesados deberán adjuntar un breve historial académico y profesional en el que se harán constar títulos académicos, estudios y cursos realizados, puestos desempeñados en la Administración Pública, así como cualquier otro mérito que se considere oportuno poner de manifiesto.

2.3. El plazo de presentación de la instancia junto con los documentos, en original o copia auténtica, que la deban acompañar será de veinte días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Principado de Asturias (BOPA) y se efectuará en el Registro General del Principado de Asturias o en la forma prevista en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, según el modelo que se adjunta en el anexo II. En el caso de que se opte por presentar la solicitud en una oficina de Correos, se hará en sobre abierto para que la solicitud sea fechada y sellada por el personal de Correos antes de ser certificada.

3. Acreditación de requisitos y méritos.

3.1. La fecha de referencia para el cumplimiento de los requisitos exigidos y de los méritos alegados será la de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del Principado de Asturias y deberán mantenerse hasta la resolución del procedimiento de provisión.

Los datos declarados en la instancia así como los referidos a la pertenencia a un cuerpo o escala y demás requisitos de acceso al puesto convocado serán objeto de comprobación con carácter previo a que se eleve la propuesta de nombramiento al titular del órgano competente para resolver.

3.2. Los méritos alegados deberán ser justificados documentalmente para su toma en consideración.

3.3. Sin perjuicio de lo dispuesto en los apartados precedentes, el órgano competente se reserva la facultad de solicitar cuanta documentación y aclaraciones estime necesarias, incluida la celebración de entrevistas personales con los aspirantes, para constatar la certidumbre de los méritos alegados en el historial académico y profesional.

4. Valoración de méritos.

Para la adjudicación del puesto se valorarán las experiencias, conocimientos profesionales, competencias o habilidades adecuadas a las funciones que corresponden al puesto de trabajo y que se detallan en el anexo I.

5. Resolución y publicación.

5.1. La presente convocatoria finalizará mediante resolución de la Ilma. Sra. Consejera de Presidencia, Reto Demográfico, Igualdad y Turismo del Principado de Asturias, que habrá de ser motivada y se publicará en el BOPA y en la que figurará la identificación del adjudicatario/a y el puesto adjudicado o bien la declaración de convocatoria desierta.

El plazo máximo para la resolución y notificación de la convocatoria será de dos meses, contados desde el día siguiente al de la finalización de presentación de instancias.

La publicación servirá de notificación a los interesados y a partir de la misma empezarán a contarse los plazos establecidos para que los órganos afectados realicen las actuaciones administrativas procedentes.

5.2. La publicación en el BOPA conllevará el cese automático en el anterior puesto de trabajo.

6. Toma de posesión.

6.1. El plazo para la toma de posesión en el nuevo puesto será de tres días hábiles si radica en la misma localidad donde anteriormente se hallaba destinado el funcionario/a o si reingresa al servicio activo, y de siete días hábiles si radica en localidad distinta. No se considerará que hay cambio de localidad cuando el puesto adjudicado se encuentre en la misma localidad que el puesto que viniese ocupando en comisión de servicios o en adscripción provisional a puesto reservado. Si el último día hábil coincidiera en sábado el plazo se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente. A todos los efectos el plazo posesorio se considerará como de servicio activo en el nuevo puesto salvo en el caso de los reingresos.

6.2. Los plazos de cese y toma de posesión podrán ampliarse en la forma y con los efectos previstos en el artículo 18 del Reglamento de Provisión de Puestos de Trabajo, Promoción Profesional y Promoción Interna de los funcionarios de la Administración del Principado de Asturias, aprobado por Decreto 22/1993, de 29 de abril.

Este acto pone fin a la vía administrativa y contra el mismo cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en los términos que prevé el artículo 8.2 a) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación, sin perjuicio de la posibilidad de previa interposición del recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación, no pudiendo simultanearse ambos recursos, conforme a lo establecido en el artículo 28 de la Ley 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias, y en el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro que estimen oportuno.

Oviedo, 10 de abril de 2024.—La Consejera de Presidencia, Reto Demográfico, Igualdad y Turismo, Gimena Llamedo González.—Cód. 2024-03269.

Anexo I

Denominación del puesto: Secretario/a de Despacho I. A. A. P "Adolfo Posada" (CG 799).

Nivel del complemento de destino: 16.

Complemento específico: C.

Tipo puesto: Singularizado.

Forma de provisión: Libre designación.

Adscripción a Administraciones Públicas: AP (Administración del Principado de Asturias).

Adscripción a grupo: Subgrupos C1 y C2.

Adscripción a cuerpos y escalas: EX01 (excluye todos los Cuerpos de Administración Especial).

Concejo: ES/33/044 (Oviedo).

Funciones: Realizar tareas de secretaría y asistencia al órgano administrativo en el ejercicio de sus funciones.

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