Resolución de 1 de abril de 2024, de la Consejería de Transición Ecológica, Industria y Desarrollo Económico, por la que modifica la Resolución de 29 de julio de 2021 de la entonces Consejería de Industria, Empleo y Promoción Económica, por la que se procedió a la apertura del plazo de presentación de solicitudes de la convocatoria de subvenciones correspondientes a los programas de incentivos ligados a la movilidad eléctrica (MOVES III), financiada por la Unión Europea -NextGenerationEU- en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en el Principado de Asturias.

Antecedentes de hecho

Primero.—El Real Decreto 266/2021, de 13 de abril, por el que se aprueba la concesión directa a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla de ayudas para la ejecución de programas de incentivos ligados a la movilidad eléctrica (MOVES III) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia Europeo (BOE núm. 89 de 14 de abril de 2021), modificado por Real Decreto 36/2023, de 24 de enero, por Real Decreto 406/2023, de 29 de mayo y por Real Decreto 821/2023, de 14 de noviembre, tiene por objeto regular la concesión directa de ayudas a las comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla, así como aprobar, con el carácter de bases reguladoras, el programa para el fomento de la adquisición de vehículos eléctricos (Programa 1) y el programa de apoyo al despliegue de infraestructura de recarga (Programa 2).

Segundo.—Previo Acuerdo de Consejo de Gobierno en su reunión de 29 de julio de 2021 autorizando el gasto correspondiente, modificado por Acuerdos adoptados en sus reuniones de 19 de agosto de 2022 y de 7 de julio de 2023, por Resolución de 29 de julio de 2021, de la entonces Consejería de Industria, Empleo y Promoción Económica (Extractos publicados en Boletín Oficial del Principado de Asturias núm. 149 de 3 de agosto de 2021 y rectificación de errores en Boletín Oficial del Principado de Asturias núm. 153 de 9 de agosto de 2021), modificada por Resoluciones de 19 de julio de 2022 (BOPA núm. 149 de 3 de agosto de 2022) y de 14 de octubre de 2022 (BOPA núm. 205, de 25 de octubre de 2022),y por Resoluciones de la Consejería de Transición Ecológica, Industria y Desarrollo Económico de 13 de agosto de 2023 (BOPA núm. 161, de 22 de agosto de 2023) y de 26 de diciembre de 2023 (BOPA núm. 248, de 29 de diciembre de 2023), se procedió a la apertura del plazo de presentación de solicitudes a la convocatoria de subvenciones correspondientes a los programas de incentivos ligados a la movilidad eléctrica (MOVES III) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia Europeo en el Principado de Asturias.

El gasto autorizado para esta convocatoria tiene el importe y distribución plurianual que se indica a continuación:

Aplicación presupuestaria

Distribución plurianual (€)

2022

2023

2024

2025

Total

1303.741G.706.002 Programa MOVES

0,00

81.505,44

4.528,08

4.528,08

90.561,60

1303.741G.716.002 Programa MOVES

0,00

81.505,44

4.528,08

4.528,08

90.561,60

1303.741G.726.002 Programa MOVES

0,00

81.505,44

4.528,08

4.528,08

90.561,60

1303.741G.746.010 Programa MOVES

8.000,00

181.464,40

10.525,80

10.525,80

210.516,00

1303.741G.756.003 Programa MOVES

0,00

71.496,00

3.972,00

3.972,00

79.440,00

1303.741G.766.015 Programa MOVES

0,00

427.546,08

23.752,56

23.752,56

475.051,20

1303.741G.776.031 Programa MOVES

1.274.472,53

8.146.611,07

190.060,20

190.060,20

9.801.204,00

1303.741G.786.042 Programa MOVES

941.693,69

5.603.799,91

155.305,20

155.305,20

6.856.104,00

Total

2.224.166,22

14.675.433,78

397.200,00

397.200,00

17.694.000,00

Tercero.—Por Acuerdo de Consejo de Gobierno adoptado en su reunión celebrada el 8 de marzo de 2024 se autorizó la modificación de las anualidades de la convocatoria de subvenciones correspondientes a los programas de incentivos ligados a la movilidad eléctrica (MOVES III) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia Europeo en el Principado de Asturias.

Fundamentos de derecho

Primero.—La Consejera de Transición Ecológica, Industria y Desarrollo Económico, es la competente para dictar la presente Resolución, de acuerdo con lo establecido en el artículo 38 de la Ley del Principado de Asturias 6/1984, de 5 de julio, del Presidente y del Consejo de Gobierno, el Decreto 71/1992, de 29 de octubre, por el que se establece el régimen general de concesión de subvenciones en el ámbito del Principado de Asturias, el Decreto 22/2023, de 31 de julio, del Presidente del Principado de Asturias, de reestructuración de las Consejerías que integran la Administración de la Comunidad Autónoma y el Decreto 86/2023, de 18 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Consejería de Transición Ecológica, Industria y Desarrollo Económico.

Segundo.—El Real Decreto 266/2021, de 13 de abril, por el que se aprueba la concesión directa de ayudas a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla para la ejecución de programas de incentivos ligados a la movilidad eléctrica (MOVES III) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia Europeo.

Tercero.—De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 57, 58.4 y 58.5 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, la modificación de la distribución de anualidades inicialmente aprobada para la financiación de una convocatoria requerirá la tramitación del correspondiente expediente de reajuste de anualidades, no precisará de nueva convocatoria y se publicará en los mismos medios que esta, sin que tal publicidad implique la apertura de plazo para presentar nuevas solicitudes ni el inicio de nuevos cómputo para resolver.

Vistos los antecedentes de hecho y fundamentos de derecho de aplicación, por la presente

RESUELVO

Primero.—Dar publicidad al reajuste de las anualidades de la convocatoria de subvenciones correspondientes a los programas de incentivos ligados a la movilidad eléctrica (MOVES III), financiada por la Unión Europea -NextGenerationEU- en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en el Principado de Asturias, que queda como se indica a continuación:

Aplicación presupuestaria

2022

2023

2024

2025

Total

1702.741G.706.002 Programa MOVES

0,00

0,00

86.033,52

4.528,08

90.561,60

1702.741G.716.002 Programa MOVES

0,00

0,00

86.033,52

4.528,08

90.561,60

1702.741G.726.002 Programa MOVES

0,00

0,00

86.033,52

4.528,08

90.561,60

1702.741G.746.010 Programa MOVES

8.000,00

1.972,53

190.017,67

10.525,80

210.516,00

1702.741G.756.003 Programa MOVES

0,00

0,00

75.468,00

3.972,00

79.440,00

1702.741G.766.015 Programa MOVES

0,00

23.323,94

427.974,70

23.752,56

475.051,20

1702.741G.776.031 Programa MOVES

1.274.472,53

1.794.242,75

6.542.428,52

190.060,20

9.801.204,00

1702.741G.786.042 Programa MOVES

941.693,69

147.515,97

5.611.589,14

155.305,20

6.856.104,00

2.224.166,22

1.967.055,19

13.105.578,59

397.200,00

17.694.000,00

Segundo.—Modificar el punto primero del Resuelvo Cuarto de la Resolución de 29 de julio de 2021, de la entonces Consejería de Industria, Empleo y Promoción Económica, por la que se procede a la apertura del plazo de presentación de solicitudes a la convocatoria de subvenciones correspondientes a los programas de incentivos ligados a la movilidad eléctrica (MOVES III), financiada por la Unión Europea -NextGenerationEU- en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en el Principado de Asturias, que queda redactado como se indica a continuación:

1. Serán subvencionables, siempre que cumplan con lo establecido en el artículo 13 y en anexo I del Real Decreto 266/2021, de 13 de abril, las líneas y con la distribución de crédito e importe siguientes:

• Adquisición de vehículos eléctricos "enchufables" y de pila de combustible (Programa de incentivos 1: Programa para el fomento de adquisición de vehículos eléctricos).

Importe total: 6.413.600,00 €

Aplicación presupuestaria

Distribución plurianual (€)

TOTAL (€)

2022

2023

2024

2025

1702.741G.706.002 Programa MOVES

0,00

0,00

49.054,20

2.581,80

51.636,00

1702.741G.716.002 Programa MOVES

0,00

0,00

49.054,20

2.581,80

51.636,00

1702.741G.726.002 Programa MOVES

0,00

0,00

49.054,20

2.581,80

51.636,00

1702.741G.746.010 Programa MOVES

8.000,00

0,00

139.162,60

7.745,40

154.908,00

1702.741G.756.003 Programa MOVES

0,00

0,00

49.054,20

2.581,80

51.636,00

1702.741G.766.015 Programa MOVES

0,00

0,00

245.271,00

12.909,00

258.180,00

1702.741G.776.031 Programa MOVES

284.400,00

0,00

2.373.984,80

113.599,20

2.771.984,00

1702.741G.786.042 Programa MOVES

940.000,00

0,00

1.968.384,80

113.599,20

3.021.984,00

Total

1.232.400,00

0,00

4.923.020,00

258.180,00

6.413.600,00

• Implantación de infraestructura de recarga de vehículos eléctricos (Programa de incentivos 2: Programa de apoyo al despliegue de infraestructura de recarga).

Importe total: 11.280.400,00 €

Aplicación presupuestaria

Distribución plurianual (€)

TOTAL (€)

2022

2023

2024

2025

1702.741G.706.002 Programa MOVES

0,00

0,00

36.979,32

1.946,28

38.925,60

1702.741G.716.002 Programa MOVES

0,00

0,00

36.979,32

1.946,28

38.925,60

1702.741G.726.002 Programa MOVES

0,00

0,00

36.979,32

1.946,28

38.925,60

1702.741G.746.010 Programa MOVES

0,00

1.972,53

50.855,07

2.780,40

55.608,00

1702.741G.756.003 Programa MOVES

0,00

0,00

26.413,80

1.390,20

27.804,00

1702.741G.766.015 Programa MOVES

0,00

23.323,94

182.703,70

10.843,56

216.871,20

1702.741G.776.031 Programa MOVES

990.072,53 €

1.794.242,75

4.168.443,72

76.461,00

7.029.220,00

1702.741G.786.042 Programa MOVES

1.693,69 €

147.515,97

3.643.204,34

41.706,00

3.834.120,00

Total

991.766,22

1.967.055,19

8.182.558,59

139.020,00

11.280.400,00

La presente Resolución pone fin a la vía administrativa y contra la misma cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a su publicación en el BOPA, sin perjuicio de la posibilidad de previa interposición del recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la referida publicación, no pudiendo simultanearse ambos recursos, conforme a lo establecido en el artículo 28 de la Ley del Principado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre régimen jurídico de la Administración del Principado de Asturias, y en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro que estimen oportuno.

Oviedo, a 1 de abril de 2024.—La Consejera de Transición Ecológica, Industria y Desarrollo Económico, María Nieves Roqueñí Gutiérrez.—Cód. 2024-02876.

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