Resolución de 1 de abril de 2024, de la Consejería de Ordenación de Territorio, Urbanismo, Vivienda y Derechos Ciudadanos, por la que se acuerda someter al trámite de información pública la propuesta de aprobación del Decreto por el que se regula el procedimiento de autorización de servicios de temporada para las playas del Principado de Asturias.

Analizada la documentación que obra en el expediente de referencia, tramitado al amparo de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, resultan los siguientes

Antecedentes de hecho

Iniciado mediante Resolución de 31 de marzo de 2022 de la Consejería de Medio Rural y Cohesión Territorial (que ostentaba las competencias sobre la materia en tal fecha), se dispuso el inicio del procedimiento para la modificación del Decreto 93/2013, de 30 de octubre, por el que se regula el procedimiento de autorización de servicios de temporada para las playas del Principado de Asturias.

Fundamentos de derecho

De conformidad con lo previsto en el artículo 33.2 de la Ley del Principado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración, y demás disposiciones de general aplicación

RESUELVO

Primero.—Someter a trámite de información pública, por plazo de veinte días hábiles, la Propuesta de aprobación del Decreto por el que se regula el procedimiento de autorización de servicios de temporada para las playas del Principado de Asturias.

El texto propuesto y la documentación de la que consta hasta la fecha el expediente pueden ser descargados desde el apartado de Iniciativas-Audiencias e informaciones públicas, del portal web www.asturiasparticipa.es, pudiendo ser presentadas por escrito y en la forma prevista en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, cuantas alegaciones se estimen convenientes en el plazo de 20 días hábiles a contar desde el siguiente a la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.

Dicha disposición, con códigos NORM 2022/46 y DECO 2022/10076, puede ser descargada desde el apartado de Iniciativas-Audiencias e informaciones públicas, del portal web www.asturiasparticipa.es

Segundo.—Las alegaciones que en su caso se formulen deberán dirigirse a la Consejería de Ordenación de Territorio, Urbanismo, Vivienda y Derechos Ciudadanos, con código DIR3 A03045125, y presentarse en la Oficina Central de asistencia en materia de registros de la Administración del Principado de Asturias (Edificio Administrativo de Servicios Múltiples, c/ Antonio Suárez Gutiérrez, n.º 2, Oviedo), o por cualesquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, utilizando a tal efecto el modelo normalizado para la presentación de alegaciones disponible en la Ficha de Servicio de DECO0065T01 —Solicitud genérica—, publicada en https://sede.asturias.es/

Oviedo, a 1 de abril de 2024.—El Consejero de Ordenación de Territorio, Urbanismo, Vivienda y Derechos Ciudadanos, Ovidio Zapico González.—Cód. 2024-02883.

Ficheros adjuntos

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