Resolución de 2 de abril de 2024, de la Consejería de Ciencia, Empresas, Formación y Empleo, por la que se prorroga el régimen de ayudas para la concesión de subvenciones dirigidas a empresas para el desarrollo de proyectos de I+D+i, en el marco de la Estrategia Asturias RIS3 (Programa RIS3-Empresa).

Antecedentes de hecho

Primero.—Mediante Resolución de 5 de junio de 2017, corregida mediante Resoluciones de fecha 9 de marzo y 26 de julio ambas de 2018, de la entonces Consejería de Empleo, Industria y Turismo, se aprobaron las bases reguladoras para la concesión de subvenciones dirigidas a empresas para el desarrollo de proyectos de I+D+i (Programa RIS3-Empresa), como Consejería a la que correspondía el diseño y gestión de las políticas de investigación y desarrollo tecnológico e innovación (I+D+i). Dicho régimen fue comunicado a la Comisión, quedando registradas con la referencia SA.48615.

Segundo.—El citado régimen de ayudas se encuentra acogido al Reglamento n.º 651/2014 de la Comisión de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado, cuya vigencia conforme a lo previsto en el mismo se establecía hasta el 31 de diciembre de 2020.

Tercero.—El Reglamento (UE)2020/972 de 2 de julio de 2020, por el que se modifica el Reglamento (UE) n.º 1407/2013 en lo que respecta a su prórroga y el Reglamento (UE) n.º 651/2014 en lo que respecta a su prórroga y los ajustes pertinentes, amplió su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2023.

Cuarto.—Por Resolución de 20 de octubre de 2020, corregida por otra de 4 de noviembre de 2020, de la entonces Consejería de Industria, Empleo y Promoción Económica se procedió a prorrogar la vigencia del régimen de ayudas citado en el antecedente primero hasta el 31 de diciembre de 2023. Comunicada la prórroga del citado régimen a la Unión Europea, el mismo quedó nuevamente registrado con referencia SA.59663.

Quinto.—El Reglamento (UE) 2023/1315 de 23 de junio de la Comisión por el que se modifica el Reglamento (UE) n.º 651/2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado, ha ampliado nuevamente su período de vigencia hasta el 31 de diciembre de 2026.

Fundamentos de derecho

Primero.—El órgano competente es el Consejero de Ciencia, Empresas, Formación y Empleo, de acuerdo con el Decreto 22/2023 de 31 de julio del Presidente del Principado de Asturias, de reestructuración de las Consejerías que integran la Administración de la Comunidad Autónoma, que establece en su artículo 5, apartado b) que corresponde a la Consejería de Ciencia, Empresas, Formación y Empleo, la competencia relativa a Investigación, desarrollo tecnológico e innovación.

Segundo.—En virtud del Decreto 23/2023, de 31 de julio, del Presidente del Principado de Asturias, se procedió al nombramiento de don Borja Sánchez García, como Consejero de Ciencia, Empresas, Formación y Empleo.

Tercero.—El Reglamento (UE) 2023/1315 de 23 de junio de la Comisión por el que se modifican el Reglamento (UE) n.º 651/2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado, y el Reglamento (UE) 2022/2473, por el que se declaran determinadas categorías de ayuda a las empresas dedicadas a la producción, transformación y comercialización de productos de la pesca y de la acuicultura compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado, ha ampliado su período de vigencia hasta el 31 de diciembre de 2026.

Cuarto.—De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento (UE) 651/2014, de 17 de junio, cuando un Estado miembro prevea prorrogar medidas acogidas al régimen de exención regulado en el citado reglamento, ese Estado miembro actualizará dicha información resumida en lo relativo a la prórroga de tales medidas y comunicará esa actualización a la Comisión en un plazo de 20 días hábiles a partir de la entrada en vigor del acto por el que el Estado miembro prorrogue la medida respectiva.

Vistos los antecedentes de hecho y fundamentos de derecho de aplicación, por la presente

RESUELVO

Primero.—Prorrogar la vigencia del régimen de ayudas para la concesión de subvenciones dirigidas a empresas para el desarrollo de proyectos de I+D+i, en el marco de la Estrategia Asturias RIS3 (Programa RIS3-Empresa), cuyas bases reguladoras fueron aprobadas por Resolución de 5 de junio de 2017, de la Consejería de Empleo, Industria y Turismo (BOPA n.º 136, de 14-VI-2017) (corrección de publicación en BOPA n.º 140, de 19-VI-2017) y rectificadas por Resoluciones de 9 de marzo y de 26 de julio de 2018, de la Consejería de Empleo, Industria y Turismo (BOPA n.º 64, de 17-III-2018 y n.º 178 de 1-VIII-2018) hasta el 31 de diciembre de 2026.

Segundo.—Proceder a la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Principado de Asturias y a la comunicación a la Unión Europea.

Oviedo, a 2 de abril de 2024.—El Consejero de Ciencia, Empresas, Formación y Empleo, Borja Sánchez García.—Cód. 2024-02977.

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