Resolución de 2 de abril de 2024, de la Consejería de Ciencia, Empresas, Formación y Empleo, por la que se prorroga el régimen de ayudas a proyectos de inversión empresarial en el ámbito del Principado de Asturias.

Antecedentes de hecho

Primero.—Mediante Resolución de 12 de mayo de 2017, de la Consejería de Empleo, Industria y Turismo, se aprueban las bases reguladoras para las ayudas a proyectos de inversión empresarial en el ámbito del Principado de Asturias (BOPA n.º 120, de 26/05/2017). Dicho régimen fue comunicado a la Comisión, quedando registradas con la referencia SA.41992. Por Resolución de 30 de junio de 2020, de la Consejería de Industria, Empleo y Promoción Económica, se aprueba la primera modificación de la Resolución de 12 de mayo de 2017, de la Consejería de Empleo, Industria y Turismo, por la que se aprueban las bases reguladoras para las ayudas a proyectos de inversión empresarial en el ámbito del Principado de Asturias (BOPA n.º 136, de 15/07/2020). Por Resolución de 12 de abril de 2022, de la Consejería de Industria, Empleo y Promoción Económica, se adaptan determinados regímenes de ayudas correspondientes a las subvenciones cofinanciadas por la Unión Europea a través del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) en régimen de concurrencia competitiva, concedidas por la Consejería de Industria, Empleo y Promoción Económica a través del Instituto de Desarrollo Económico del Principado de Asturias al nuevo mapa de ayudas regionales de España para el período comprendido entre el 1 de enero de 2022 y el 31 de diciembre de 2027 (BOPA n.º 80, de 27/04/2022).

Segundo.—El citado régimen de ayudas se encuentra acogido al Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la Comisión de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado, cuya vigencia conforme a lo previsto en el mismo se establecía hasta el 31 de diciembre de 2020.

Tercero.—El Reglamento (UE) n.º 2020/972 de 2 de julio de 2020, por el que se modifica el Reglamento (UE) n.º 1407/2013 en lo que respecta a su prórroga y el Reglamento (UE) n.º 651/2014 en lo que respecta a su prórroga y los ajustes pertinentes, amplió su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2023.

Cuarto.—Por Resolución de 20 de octubre de 2020, corregida por otra de 4 de noviembre de 2020, de la entonces Consejería de Industria, Empleo y Promoción Económica se procedió a prorrogar la vigencia del régimen de ayudas citado en el antecedente primero hasta el 31 de diciembre de 2023 (BOPA n.º 215, de 06/11/2020, rectificada en el BOPA n.º 2019, de 12/11/2020). Comunicada la prórroga del citado régimen a la Unión Europea, el mismo quedó nuevamente registrado con referencia SA.59728.

Quinto.—El Reglamento (UE) n.º 2023/1315 de 23 de junio de la Comisión por el que se modifica el Reglamento (UE) n.º 651/2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado, ha ampliado nuevamente su período de vigencia hasta el 31 de diciembre de 2026.

Fundamentos de derecho

Primero.—El órgano competente es el Consejero de Ciencia, Empresas, Formación y Empleo, de acuerdo con el Decreto 22/2023, de 31 de julio, del Presidente del Principado de Asturias, de reestructuración de las Consejerías que integran la Administración de la Comunidad Autónoma, que establece en su artículo 5, apartado b) que corresponde a la Consejería de Ciencia, Empresas, Formación y Empleo, la competencia relativa a investigación, desarrollo tecnológico e innovación.

Segundo.—En virtud del Decreto 23/2023, de 31 de julio, del Presidente del Principado de Asturias, se procedió al nombramiento de don Borja Sánchez García, como Consejero de Ciencia, Empresas, Formación y Empleo.

Tercero.—El Reglamento (UE) n.º 2023/1315 de 23 de junio de la Comisión por el que se modifican el Reglamento (UE) n.º 651/2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado, y el Reglamento (UE) n.º 2022/2473, por el que se declaran determinadas categorías de ayuda a las empresas dedicadas a la producción, transformación y comercialización de productos de la pesca y de la acuicultura compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado, ha ampliado su período de vigencia hasta el 31 de diciembre de 2026.

Cuarto.—De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento (UE) n.º 651/2014, de 17 de junio, cuando un Estado miembro prevea prorrogar medidas acogidas al régimen de exención regulado en el citado reglamento, ese Estado miembro actualizará dicha información resumida en lo relativo a la prórroga de tales medidas y comunicará esa actualización a la Comisión en un plazo de 20 días hábiles a partir de la entrada en vigor del acto por el que el Estado miembro prorrogue la medida respectiva.

Vistos los antecedentes de hecho y fundamentos de derecho de aplicación, por la presente

RESUELVO

Primero.—Prorrogar la vigencia del régimen de ayudas para las ayudas a Proyectos de Inversión Empresarial en el ámbito del Principado de Asturias cuyas bases reguladoras fueron aprobadas por Resolución de 12 de mayo de 2017, de la Consejería de Empleo, Industria y Turismo, hasta el 31 de diciembre de 2026.

Segundo.—Proceder a la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Principado de Asturias y a la comunicación a la Unión Europea.

En Oviedo, a 2 de abril de 2024.—El Consejero de Ciencia, Empresas, Formación y Empleo, Borja Sánchez García.—Cód. 2024-02976.

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