Extracto de la Resolución de 19 de marzo de 2024, de la Consejería de Ordenación de Territorio, Urbanismo, Vivienda y Derechos Ciudadanos, por la que se aprueba la convocatoria pública de concesión de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro para favorecer la no discriminación y la igualdad de trato del colectivo LGTBI durante 2024.

BDNS (Identif.): 750638.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/750638)

Primero.—Beneficiarios:

a) Ser una entidad privada sin ánimo de lucro y de carácter social, con personalidad jurídica propia, y con figura jurídica de asociación, federación, fundación o cualquiera similar que esté a favor de la atención, promoción o mejora de los derechos humanos y de la igualdad social de todas las personas.

b) Estar legalmente constituida e inscrita en el correspondiente registro administrativo, de conformidad con su personalidad jurídica.

c) Tener domicilio social o delegación autonómica en el territorio del Principado de Asturias.

d) Tener contemplados en sus estatutos, como objetivos, fines o principios, el compromiso con la igualdad de derechos y la no discriminación por motivos de identidad sexual y orientación sexual.

e) Asociaciones y entidades radicadas en el Principado de Asturias y sin ánimo de lucro, que, no cumpliendo el requisito d), realicen alguna actividad dentro del objeto comprendido en las bases que rigen la presente convocatoria.

Segundo.—Objeto:

Se subvencionarán aquellos proyectos que incluyan acciones que tengan como finalidad fomentar el pleno ejercicio del derecho a la igualdad de trato, el respeto de la dignidad de las personas, la protección contra cualquier forma de discriminación, acto o conducta intolerante, que sensibilicen al conjunto de la población contra toda conducta discriminatoria basada por la orientación sexual y/o la identidad sexual, así como la atención individual o grupal e información dirigidas de manera específica a personas del colectivo LGTBI, sus familias, los profesionales que trabajan con ellos y al conjunto de la población.

Las acciones irán dirigidas a la atención, información, sensibilización, asesoramiento, monitoreo, acompañamiento, formación, etc., con vistas a fomentar la igualdad y prevenir y actuar contra la violencia LGTBI.

Tercero.—Bases reguladoras:

Bases reguladoras aprobadas por Resolución de 27 de septiembre de 2021, de la Consejería de Presidencia (BOPA n.º 191, de 4 de octubre de 2021).

Cuarto.—Importe:

El Importe total de la convocatoria asciende a setenta mil euros (70.000,00 €), con un máximo de diez mil euros (10.000,00 euros) por proyecto.

Asimismo, la subvención no podrá superar los porcentajes que se indican:

Presupuesto subvencionable del proyecto, subvención máxima.

Hasta 3.000 €, 100%.

De 3.001 € a 4.000 €, 90%.

De 4.001 € en adelante, 80%.

Quinto.—Plazo de presentación de solicitudes:

Quince días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.

Sexto.—Otros datos:

En la sede electrónica del Principado de Asturias: http://sede.asturias.es está publicada la ficha de servicio correspondiente a la convocatoria, que se podrá localizar introduciendo el código: AYUD0315T01 en el buscador de la cabecera (situado en la parte superior derecha de la página) en la que se encontrará el texto íntegro de la resolución, información complementaria, el formulario normalizado de solicitud y la posibilidad de iniciar electrónicamente la solicitud.

Oviedo, a 19 de marzo de 2024.—El Consejero de Ordenación de Territorio, Urbanismo, Vivienda y Derechos Ciudadanos, Ovidio Zapico González.—Cód. 2024-02870.

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