Resolución de 2 de abril de 2024, de la Consejería de Presidencia, Reto Demográfico, Igualdad y Turismo, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias de la Secretaria General Técnica en diversos órganos de la Consejería y de la Presidencia del Principado de Asturias.

El artículo 18 de la Ley del Principado de Asturias 2/2023, de 15 de marzo, de Empleo Público establece que corresponden a los Secretarios Generales Técnicos, respecto al personal adscrito a la correspondiente Consejería, entre otras funciones, las relativas a conceder permisos, licencias, vacaciones y reducciones de jornada (letra b), y autorizar las comisiones de servicios para realizar cometidos fuera del centro de trabajo y elevar las propuestas de pago de las indemnizaciones que correspondan (letra c).

El Decreto 22/2023, de 31 de julio, del Presidente del Principado de Asturias, de reestructuración de las Consejerías que integran la Administración de la Comunidad Autónoma, dispone la organización de ésta en diversas Consejerías, entre las que se encuentra la Consejería de Presidencia, Reto Demográfico, Igualdad y Turismo, relacionando en su artículo 2 las competencias que corresponden a la misma y cuya titular ostenta la condición de Vicepresidenta del Consejo de Gobierno.

Mediante el Decreto 73/2023, de 18 de agosto, se establece la estructura orgánica básica de la Consejería de Presidencia, Reto Demográfico, Igualdad y Turismo, señalando el artículo 3.2 h) que corresponde a la Secretaría General Técnica, la gestión y administración, con carácter general, de los recursos humanos adscritos a la Consejería y a la Presidencia.

De conformidad con lo establecido en el artículo 9.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, los órganos de las diferentes Administraciones Públicas podrán delegar el ejercicio de las competencias que tengan atribuidas en otros órganos de la misma Administración, aun cuando no sean jerárquicamente dependientes, o en los Organismos públicos o Entidades de Derecho Público vinculados o dependientes de aquéllas.

En atención a lo expuesto, mediante Resolución de 4 de octubre de 2023, de la Consejería de Presidencia, Reto Demográfico, Igualdad y Turismo (BOPA de 25-X-2023), modificada por Resolución de 28 de diciembre de 2023 (BOPA de 12-I-2024), se delega el ejercicio de determinadas competencias de la Secretaria General Técnica en diversos órganos de la Consejería y de la Presidencia del Principado de Asturias.

El Decreto 22/2023, de 31 de julio, del Presidente del Principado de Asturias, se modificó por los Decretos 9/2024, de 26 de enero, y 10/2024, de 16 de febrero, en lo que supuso, entre otros cambios, la creación de la Consejería de Cultura, Política Llingüística y Deporte.

Asimismo, el Decreto 73/2023, de 18 de agosto, se modificó por Decreto 24/2024, de 15 de marzo, con la introducción de cambios en algunos de los Servicios integrantes de la Consejería.

Resulta necesario adaptar la delegación de competencias de la Secretaria General Técnica a los cambios descritos, con la eliminación de las delegaciones en los titulares de la extinta Viceconsejería de Cultura, Política Llingüística y Deporte y de las Direcciones Generales integrantes de la misma, y la supresión de la delegación en la persona titular del anterior Servicio de Apoyo Administrativo. Por último, se consigna la delegación a favor de la persona titular del Instituto Asturiano de Administración Pública "Adolfo Posada", órgano desconcentrado de la Consejería, de la competencia relativa a la concesión de permisos, licencias, vacaciones y reducciones de jornada del personal adscrito a ese Instituto.

Atendiendo a los cambios descritos, razones de seguridad jurídica justifican la aprobación de una nueva Resolución de delegación de competencias.

Por lo expuesto, concurriendo razones de urgencia y en aras de una mayor agilidad y eficacia, resulta necesario delegar en los titulares de los órganos centrales que integran la Consejería y la Presidencia del Principado de Asturias, así como en quien ostente la titularidad de la Jefatura del Servicio de Asuntos Generales, las competencias de la Secretaria General Técnica referidas en las letras b) y c) del artículo 18 de la Ley del Principado de Asturias 2/2023, de 15 de marzo.

En su virtud, por la presente,

RESUELVO

Primero.—Delegar en la persona titular del Servicio de Asuntos Generales de la Secretaría General Técnica, la competencia relativa a la concesión de permisos, licencias, vacaciones y reducciones de jornada del personal adscrito a la Consejería y a la Presidencia del Principado de Asturias, a excepción del adscrito al Instituto Asturiano de Administración Pública "Adolfo Posada", así como elevar las propuestas de pago de las indemnizaciones que correspondan.

Segundo.—Delegar en quienes sean titulares del Gabinete de la Presidencia y de la Oficina de Comunicación del Gobierno, la competencia relativa a la autorización de las comisiones de servicio que hayan de realizarse por el personal adscrito a estos órganos.

Tercero.—Delegar en quien sea titular del Instituto Asturiano de Administración Pública "Adolfo Posada", la competencia relativa a la concesión de permisos, licencias, vacaciones y reducciones de jornada del personal adscrito al Instituto, así como elevar las propuestas de pago de las indemnizaciones que correspondan.

Cuarto.—Delegar en quienes sean titulares de las Direcciones Generales que integran la Consejería, así como en quienes sean titulares de la Viceconsejería de Turismo y del Instituto Asturiano de Administración Pública "Adolfo Posada", la competencia relativa a la autorización de las comisiones de servicio que hayan de realizarse por el personal adscrito directamente a la Dirección o, en su caso, Viceconsejería o Instituto.

Quinto.—En caso de vacante, ausencia, enfermedad u otra causa legal, la persona titular del Servicio de Asuntos Generales de la Secretaría General Técnica, será sustituida por la persona titular del Servicio de Apoyo Administrativo y Seguimiento de Fondos Europeos.

Sexto.—La presente resolución deja sin efecto la Resolución de 4 de octubre de 2023, de la Consejería de Presidencia, Reto Demográfico, Igualdad y Turismo, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias de la Secretaria General Técnica en diversos órganos de la Consejería y de la Presidencia del Principado de Asturias (BOPA de 25-X-2023), modificada por Resolución de 28 de diciembre de 2023 (BOPA de 12-I-2024), así como cuantas otras disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en ella.

Séptimo.—Ordenar la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.

Oviedo, a 2 de abril de 2024.—La Secretaria General Técnica.—Cód. 2024-02918.

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