Resolución de 22 de marzo de 2024, de la Consejería de Cultura, Política Llingüística y Deporte, por la que se reconoce la formación deportiva promovida por la Federación de Kárate y Disciplinas Asociadas del Principado de Asturias.

Analizada la documentación que obra en el expediente de referencia, resultan los siguientes

Antecedentes de hecho

Primero.—En fecha 27 de julio de 2023 se dicta Resolución de la Consejería de Cultura, Política Llingüística y Turismo por la que se reconoce la formación deportiva promovida por la Federación de Kárate y Disciplinas Asociadas del Principado de Asturias. Expte. DR-70/22 (BOPA núm. 153, de 9-VIII-2023).

Segundo.—Revisada la citada resolución se ha advertido un error material en el punto segundo de los antecedentes de hecho.

Fundamentos de derecho

Primero.—De conformidad a lo dispuesto en el artículo único del Decreto 10/2024, de 16 de febrero, del Presidente del Principado de Asturias, de segunda modificación del Decreto 22/2023, de 31 de julio, del Presidente del Principado de Asturias, de reestructuración de las Consejerías que integran la Administración de la Comunidad Autónoma (BOPA de 16 de febrero de 2024), corresponde a la Consejería de Cultura, Política Llingüística y Deporte las competencias relativas a la materia de deporte.

Asimismo, el artículo 15 apartado i) del Decreto 25/2024, de 15 de marzo, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Consejería de Cultura, Política Llingüística y Deporte (BOPA de 19 de marzo de 2024), atribuye al Servicio de Normativa y Regulación Deportiva la función de seguimiento, inspección y control de procesos formativos federativos, expedición de títulos y remisión al Consejo Superior de Deportes.

Segundo.—De conformidad con el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, éstas podrán rectificar en cualquier momento, de oficio o instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos, existentes en sus actos.

En su virtud,

RESUELVO

Primero.—Rectificar el error material producido en el antecedente de hecho segundo de la Resolución de 27 de julio de 2023 de la Consejería de Cultura, Política Llingüística y Turismo por la que se reconoce la formación deportiva promovida por la Federación de Kárate y Disciplinas Asociadas del Principado de Asturias, expte. DR-70/22, del modo que a continuación se determina:

Donde dice:

"La Federación de Kárate y Disciplinas Asociadas del Principado de Asturias presentó los documentos de registro de la evaluación conforme a la cual 15 alumnos acreditaron la superación de la formación deportiva referenciada en el antecedente que precede, estando los 15 alumnos en situación de obtener el citado Diploma al amparo del artículo 24 de la Orden EDC/158/2014 de 5 de febrero".

Debe decir:

"La Federación de Kárate y Disciplinas Asociadas del Principado de Asturias presentó los documentos de registro de la evaluación conforme a la cual 14 alumnos acreditaron la superación de la formación deportiva referenciada en el antecedente que precede, estando los 14 alumnos en situación de obtener el citado Diploma al amparo del artículo 24 de la Orden EDC/158/2014 de 5 de febrero".

Segundo.—Notificar la presente Resolución a la entidad interesada.

Tercero.—Publicar en el Boletín Oficial del Principado de Asturias la corrección del error descrito en esta Resolución.

En Oviedo, a 22 de marzo de 2024.—La Consejera de Cultura, Política Llingüística y Deporte, Ana Vanesa Gutiérrez González.—Cód. 2024-02729.

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