Extracto de la Resolución de 23 de marzo de 2024, de la Consejería de Transición Ecológica, Industria y Desarrollo Económico, por la que se autoriza la convocatoria de las subvenciones para la dinamización e incentivación del consumo en los comercios minoristas del Principado de Asturias a través del Bono Comercio Asturias.

BDNS (Identif.): 751274.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/751274).

Primero.—Beneficiarios:

Personas físicas mayores de edad y residentes en el Principado de Asturias que adquieran productos en los establecimientos comerciales minoristas adheridos al programa Bono Comercio Asturias a través de un único tipo de bono-descuento y no hayan recibido subvenciones con la misma finalidad.

Segundo.—Objeto:

Serán gasto y actividad subvencionable la adquisición de productos en los establecimientos comerciales minoristas adheridos al programa Bono Comercio Asturias, a través de un único tipo de bono-descuento.

Tercero.—Bases reguladoras:

Resolución de 26 de octubre de 2023, de la Consejería de Transición Ecológica, Industria y Desarrollo Económico, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones para la dinamización e incentivación del consumo en los comercios minoristas del Principado de Asturias a través del Bono Comercio Asturias (BOPA de 3 de noviembre de 2023).

Cuarto.—Cuantía:

La cuantía total de la convocatoria es de 2.000.000 € (dos millones de euros) con cargo a la aplicación presupuestaria 1706.622C.486.030.

Cada persona beneficiaria dispondrá de un máximo de 5 bonos, por valor de 10 € cada uno, que podrá ser usado en uno o varios de los comercios minoristas adheridos al programa.

Asimismo, los bonos-descuento podrán ser utilizados por cada consumidor en una única compra o varias compras.

Cada uno de los Bono Comercio Asturias tendrá la consideración de bono descuento por un valor de 10 euros sobre una compra mínima de 30 euros, IVA incluido, en los establecimientos adheridos.

Quinto.—Plazo de realización de las actuaciones:

Los bonos podrán canjearse en los establecimientos adheridos al programa desde el 1 de mayo al 30 de junio de 2024.

En el supuesto de que resulte procedente la apertura de un nuevo período de canje, los bonos podrán ser asimismo canjeados entre el 1 de octubre y el 20 de noviembre de 2024.

Sexto.—Plazo de presentación de solicitudes:

El plazo para la descarga de los bonos por las personas usuarias será de 15 días a contar desde el 1 de mayo de 2024, salvo que antes de expirado el mencionado plazo se hayan agotado las existencias de bonos por el importe de 2.000.000 €, o el importe ampliado, en su caso.

El plazo de adhesión de los establecimientos comerciales al programa será de quince días naturales desde el día siguiente a la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, sin perjuicio de su posible ampliación en los términos establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

En caso de que resulte procedente la apertura de un nuevo período de descarga, este se prolongará por 15 días a contar desde el 1 de octubre de 2024, salvo que antes de expirado el mencionado plazo se hayan agotado las existencias de bonos por el importe que se determine, que será el correspondiente a la cuantía de los bonos no utilizados en el anterior período de canje, o el importe ampliado, en su caso.

Séptimo.—Otros datos:

En la sede electrónica del Principado de Asturias (https://sede.asturias.es) está publicada la ficha de servicio que se podrá localizar introduciendo el código AYUD0492T01 en el buscador de cabecera (situado en la parte superior derecha de la página) en la que se encontrará el texto íntegro de la resolución e información complementaria.

La adhesión de los establecimientos comerciales minoristas al programa Bono Comercio Asturias y la descarga de los bonos por parte de las personas usuarias exigirá el registro previo en la plataforma web habilitada para la gestión y ejecución del programa: https://bonoscomercioasturias.com

Oviedo, a 23 de marzo de 2024.—La Consejera de Transición Ecológica, Industria y Desarrollo Económico, Nieves Roqueñí Gutiérrez.—Cód. 2024-02807.

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