Extracto de la Resolución de 19 de marzo de 2024, de la Consejería de Ordenación de Territorio, Urbanismo, Vivienda y Derechos Ciudadanos, por la que se aprueba la convocatoria pública de concesión de subvenciones a asociaciones-secciones juveniles y entidades prestadoras de servicios a la juventud para la realización de acciones conducentes a la promoción de la emancipación juvenil (empleo y vivienda) durante 2024.

BDNS (Identif.): 751273.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/751273).

Primero.—Beneficiarios:

Podrán solicitar subvenciones objeto de la presente convocatoria las siguientes entidades de participación juvenil:

a) Asociaciones juveniles.

b) Secciones juveniles de las demás asociaciones, siempre que tengan reconocidos estatutariamente autonomía funcional, organización y gobierno propio para los asuntos específicamente juveniles.

c) Aquellas entidades que en sus estatutos tengan contemplados la prestación de servicios a la juventud, en el ámbito específico de las actividades juveniles, sin ánimo de lucro y no específicamente deportivas, que radiquen y desarrollen sus actividades en el Principado de Asturias.

Todas ellas deberán estar inscritas con anterioridad a la publicación del presente extracto en el Boletín Oficial del Principado de Asturias en el Registro de Entidades de Participación Juvenil del Principado de Asturias (REPJPA) creado por el artículo 25 de la Ley del Principado de Asturias 6/2019, de 29 de marzo, de Participación y Promoción Juvenil, y regulado en cuanto a su organización y funcionamiento por el Decreto 34/2021, de 2 de julio, BOPA núm. 13, de 13 de julio de 2021.

Segundo.—Objeto:

Se subvencionarán aquellos proyectos, hasta un máximo de un proyecto por entidad, que incluyan acciones dirigidas a personas jóvenes comprendidas entre 16 y 35 años que faciliten el acceso al empleo, ya sea por cuenta ajena o por cuenta propia, y a una vivienda en condiciones dignas y de calidad.

En materia de empleo, las actividades irán dirigidas a la atención, información, asesoramiento, monitoreo, acompañamiento y formación, ya sea por cuenta ajena o por cuenta propia, y en relación con sus derechos laborales. En materia de vivienda, se ofrecerá información y orientación para el acceso a la vivienda, así como asesoramiento económico, jurídico y constructivo para el acceso a la misma.

Tercero.—Bases reguladoras:

Bases reguladoras aprobadas por Resolución de 25 de abril de 2018, de la Consejería de Presidencia y Participación Ciudadana, BOPA n.º 107, de 10 de mayo de 2018.

Cuarto.—Importe:

El importe total de la convocatoria asciende a cuarenta y dos mil (42.000) euros, con un máximo de seis mil (6.000) euros por entidad beneficiaria.

Quinto.—Plazo de presentación de solicitudes:

Quince días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.

Sexto.—Otros datos:

En la sede electrónica del Principado de Asturias: http://sede.asturias.es está publicada la ficha de servicio correspondiente a la convocatoria, que se podrá localizar introduciendo el código: AYUD0096T01 en el buscador de la cabecera, situado en la parte superior derecha, en la que se encontrará toda la información sobre la misma y el formulario normalizado de solicitud.

Oviedo, a 19 de marzo de 2024.—El Consejero de Ordenación de Territorio, Urbanismo, Vivienda y Derechos Ciudadanos, Ovidio Zapico González.—Cód. 2024-02763.

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