Extracto de la Resolución de 19 de marzo de 2024, de la Consejería de Ordenación de Territorio, Urbanismo, Vivienda y Derechos Ciudadanos, por la que se aprueba la convocatoria pública de concesión de subvenciones a asociaciones-secciones juveniles y entidades prestadoras de servicios a la juventud para la realización de diversos programas durante 2024.

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BDNS (Identif.): 751272.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/751272).

Primero.—Beneficiarios:

Podrán solicitar subvenciones objeto de la presente convocatoria las siguientes entidades de participación juvenil:

a) Asociaciones juveniles.

b) Secciones juveniles de las demás asociaciones, siempre que tengan reconocidos estatutariamente autonomía funcional, organización y gobierno propio para los asuntos específicamente juveniles.

c) Aquellas entidades que en sus estatutos tengan contemplados la prestación de servicios a la juventud, en el ámbito específico de las actividades juveniles, sin ánimo de lucro y no específicamente deportivas, que radiquen y desarrollen sus actividades en el Principado de Asturias.

Todas ellas deberán estar inscritas con anterioridad a la publicación del presente extracto en el Boletín Oficial del Principado de Asturias en el Registro de Entidades de Participación Juvenil del Principado de Asturias (REPJPA) creado por el artículo 25 de la Ley del Principado de Asturias 6/2019, de 29 de marzo, de Participación y Promoción Juvenil y regulado en cuanto a su organización y funcionamiento por el Decreto 34/2021, de 2 de julio, BOPA NÚM. 13, de 13 de julio de 2021.

Segundo.—Objeto:

a) La realización de actividades, servicios a los jóvenes y, en el caso exclusivo de asociaciones juveniles, sufragar sus gastos de funcionamiento interno, hasta un máximo de dos proyectos por entidad de participación juvenil.

b) La contratación de jóvenes menores de 30 años en situación de desempleo que realicen tareas en asociaciones-secciones juveniles y entidades prestadoras de servicios a la juventud, hasta un máximo de un proyecto por entidad de participación juvenil.

Tercero.—Bases reguladoras:

Bases reguladoras aprobadas por Resolución de 25 de abril de 2018, de la Consejería de Presidencia y Participación Ciudadana, BOPA n.º 107 de 10 de mayo de 2018.

Cuarto.—Importe:

El Importe total de la convocatoria asciende a ochenta y cuatro mil (84.000) euros, de los que:

a) Cuarenta y dos mil (42.000) euros están destinados para la realización de actividades, servicios a los jóvenes y funcionamiento interno, con un máximo de tres mil (3.000) euros por entidad beneficiaria.

b) Cuarenta y dos mil (42.000) euros están destinados para la contratación de jóvenes menores de 30 años en situación de desempleo, con un máximo de seis mil (6.000) euros por entidad beneficiaria.

Quinto.—Plazo de presentación de solicitudes:

Quince días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación del presente extracto en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.

Sexto.—Otros datos:

En la sede electrónica del Principado de Asturias: http://sede.asturias.es está publicada la ficha de servicio correspondiente a la convocatoria que se podrá localizar introduciendo el código: AYUD0115T01 en el buscador de la cabecera situado en la parte superior derecha, en la que se encontrará toda la información sobre la misma y el formulario normalizado de solicitud.

Oviedo, a 19 de marzo de 2024.—El Consejero de Ordenación de Territorio, Urbanismo, Vivienda y Derechos Ciudadanos, Ovidio Zapico González.—Cód. 2024-02762.

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